Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA
Núm. 404226
Anuncio de la elevación automática a definitivo del acuerdo de aprobación inicial de la modificación de los precios públicos de la escuela de verano
Primer. Cumplido el plazo de exposición pública del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Bunyola, en sesión extraordinaria, de fecha 2 de junio de 2022 relativo a la aprobación inicial de la modificación de los precios públicos para la prestación del servicio de la escuela de verano municipal de Bunyola, y no habiéndose presentado reclamaciones, se eleva a definitivo dicho acuerdo conforme lo dispuesto en el artículo 17.3 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Segundo. El texto íntegro de la Ordenanza se publicará en el BOIB, conforme lo establecido en el artículo 17.4 del RDL 2/2004.
Tercero. Contra el presente acuerdo definitivo, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el BOIB.
ACUERDO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LA ESCUELA DE VERANO MUNICIPAL.
Artículo 1 Fundamento y naturaleza
Esta Entidad Local, en el uso de las facultades contenidas en los artículos 41 a 47 i 127 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado en virtud del Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo establece el presente precio público para la prestación del servicio de escuela de verano municipal y de conformidad con las normas contenidas en el presente Acuerdo de las que son parte integrante.
Artículo 2 Hecho imponible
Constituye el hecho imponible la efectiva prestación del servicio o la realización de la actividad por parte de la Administración municipal.
Artículo 3 Obligados al pago
Están obligados al pago del precio público regulado en este Acuerdo, los beneficiarios de los servicios y actividades prestados o realizados por parte del Ayuntamiento al que se refiere el artículo primero del presente Acuerdo.
Artículo 4 Responsables
Responderán solidariamente del pago de los precios públicos las personas físicas o jurídicas o los entes sin personalidad que soliciten los servicios o las actividades per los cuales deban de satisfacerse aquellos.
Serán responsables subsidiarios los usuarios de los que estén obligados a satisfacer precios públicos por razón de los servicios o actividades que les beneficien o afecten.
Artículo 5 Cuota tributaria
La cuantía del precio público regulado en el presente Acuerdo conformará la cantidad establecida en la siguiente tabla de tarifas:
1. TARIFA GENERAL
A) ACTIVIDAD DE LA ESCUELA DE VERANO
a. Inscripción a la escuela de verano: |
|
- Mes completo |
200€ (por asistencia 2º hermano/a: 180€) |
- Por Quincenas |
120€ (por asistencia 2º hermano/a: 100€) |
- Por Semanas |
75€ (por asistencia 2º hermano/a: 65€) |
b. Mañanera de 7.30 a 9.00h: |
|
- De 1 a 15 días |
15€ |
- Más de 15 días |
30€ |
c. Guardería de 15.00 a 17.00h: |
|
- De 1 a 15 días |
15€ |
- Más de 15 días |
30€ |
d. Comedor |
|
- Precio menú diario |
7€ |
B) ACTIVIDAD ADICIONAL: CURSILLO DE NATACIÓN
Inscripción al cursillo de natación: |
|
- Meses de julio i agosto |
150€ (por asistencia 2º hermano/a: 145€) |
- Mes de julio |
80€ (por asistencia 2º hermano/a: 75€) |
- Mes de agosto |
80€ (por asistencia 2º hermano/a: 75€) |
2. PRECIOS FAMILIAS MONOPARENTALES Y NUMEROSAS
A) ACTIVIDAD DE LA ESCUELA DE VERANO
a) Inscripción a la escuela de verano: |
|
- Mes completo |
165€ |
- Por Quincenas |
85€ |
- Por Semanas |
55€ |
B) ACTIVITAT ADDICIONAL: CURSET DE NATACIÓ
Inscripción al cursillo de natación: |
|
- Meses de julio i agosto |
135€ |
- Mes de julio |
65€ |
- Mes de agosto |
65€ |
Artículo 6 Devengo, normas de gestión y pago
1. El devengo y la obligación del pago del precio público nacen en el momento en que se solicita la prestación de cualesquiera de los servicios que se regulan en el presente Acuerdo. La prestación del servicio o la solicitud del ingreso de los niños/as en la Escuela de Verano se debe realizar presentando la correspondiente hoja de inscripción.
2. El pago del precio público de la inscripción a la escuela de verano y al cursillo de natación se realizará por adelantado en el momento de la presentación de la solicitud de inscripción. El pago del servicio de la escuela mañanera, guardería de tarde y comedor, se efectuará por mensualidades vencidas, dentro del período de los cinco primeros días del mes siguiente.
Artículo 7 Infracciones i sanciones
Las deudas de los precios públicos aquí regulados podrán exigirse mediante el procedimiento administrativo de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y la norma de recaudación que le sea de aplicación.
DISPOSICIÓ FINAL
El presente Acuerdo regulador, entrará en vigor y se aplicará a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y estará en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
(Firmado electrónicamente: 20 de julio de 2022
El alcalde-presidente Andreu Bujosa Bestard)