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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 402492
Resolución de la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa de 19 de julio de 2022 por la que se somete a información pública el Proyecto de Decreto por el cual se regula la prestación del servicio de transporte escolar en los centros docentes públicos y en los centros de educación especial sostenidos con fondos públicos de las Illes Balears

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 1 de junio de 2022, se firmó la mem`oria justificativa en la que se analizó la necesidad de iniciar un procedimiento para la elaboración de un Proyecto de decreto para regular la prestación del servicio de transporte escolar en los centros docentes públicos y en los centros de educación especial sostenidos con fondos públicos de las Illes Balears.

2. Por resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de dia 2 de junio de 2022, se ordenó el inicio del procedimiento para elaborar el Proyecto de decreto indicado.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. El artículo 58.1.e) de la Ley 1/2019, de 31 de enero del Gobierno de las Illes Balears.

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, del régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Someter el borrador del Proyecto de decreto por el cual se regula la prestación del servicio de transporte escolar en los centros docentes públicos y en los centros de educación especial sostenidos con fondos públicos de las Illes Balears, y ponerlo a disposición de las personas interesadas en la Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa de la Consejería de Educación y Formación Profesional, ubicada en la calle del Ter, número 16, 2ª planta, en el apartado Transporte Escolar de su página web http://dgpice.caib.es, y en el portal de Participación Ciudadana http://participaciociutadana.caib.es del Gobierno de las Illes Balears.

2. Fijar el plazo de información pública de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Disponer que las alegaciones deberán presentarse en la sede de la Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa, calle del Ter, 16, 2ª planta, 07009 Palma, o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y deben ir dirigidas a la Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa.

4. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos mediante el apartado «Participación en la elaboración de normativa» de la página web Participación Ciudadana http://participaciociutadana.caib.es del Gobierno de las Illes Balears, dentro del plazo establecido en el apartado 2 anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o entidad que las hace, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A tal efecto, el funcionario del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que la reciba electrónicamente emitirá una diligencia de las alegaciones presentadas.

 

5. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 19 de julio de 2022

La directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa Amanda Fernández Rubí