Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL
Núm. 398031
Decreto de la Presidenta del Consell Insular de Mallorca relativo al recurso de alzada interpuesto por una artesana por la exclusión tácita de la resolución de la convocatoria de subvenciones para el fomento de la competitividad en materia de artesanía de Mallorca del año 2022
BDNS (Identif.): 616205 (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)
La Presidenta del Consell Insular de Mallorca, el 15 de julio de 2022, dictó el Decreto siguiente:
“Antecedentes
1. El Plan Estratégico de Subvenciones del Consejo de Mallorca para el ejercicio 2022 aprobado por el Consejo ejecutivo de 23 de febrero de 2022, prevé que el Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local lleve a cabo una convocatoria de subvenciones con los objetivos principales de contribuir a la preservación, mejora y potenciación de los oficios artesanos, como patrimonio inmaterial de Mallorca y para fomentar la competitividad del sector de la artesanía, como actividad económica.
2. La directora insular de Comercio y Artesanía ha emitido un informe justificativo sobre la necesidad y la idoneidad de llevar a cabo la indicada convocatoria pública de subvenciones de fomento de la competitividad de la artesanía, dado que se ajusta plenamente a las finalidades y funciones del departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local, y permitirá conseguir los objetivos definidos al Plan Estratégico de Subvenciones y al presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca para el 2022.
3. El consejero ejecutivo Promoción Económica y Desarrollo Local dictó resolución de inicio del expediente de la convocatoria de subvenciones de fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca para el año 2022.
4. El consejero ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local el 21 de marzo de 2022 dictó la resolución por el cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca para el año 2022 (art. 2/2022).
5. El extracto de la convocatoria se publicó en el BOIB nº. 44 de 31 de marzo de 2022, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, por lo cual, y de acuerdo con el punto 9º de la convocatoria, el plazo para presentar solicitudes eran quince días hábiles contadores a partir de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, que finalizaban el día 26 de abril de 2022 (incluido).
6. El BOIB nº. 75 de 9 de junio de 2022 publicaba el extracto de la resolución del consejero ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local de fecha 6 de junio de 2022 de concesión de laso subvenciones de fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca para el año 2022, que incorporaba al anexo I la relación de beneficiarios, al anexo II la relación de excluidos y en el anexo III las renuncias.
La publicación de la resolución facultaba, en el apartado 9, a la presentación de recurso de alzada.
7. El día 15 de junio de 2022, la Sra. Catalina Mestre Quetglas presentó en el Registro recurso de alzada a lo que indicaba:
“TERCERO.- El día 25 de abril de 2022, presenté también al registro público del Ayuntamiento de Maria de la Salut otra solicitud de subvención para la Línea 2 denominado “Participación en el festival de artes contemporaneas de Glaston Bury”.
Acompaño al presente escrito justificante de presentación de la documentación facilidada al registro.
QUART.- Por motivos que me son desconocidos, y a pesar de haber presentado 2 solicitudes de subvención para la convocatoria de FOMENTO del año 2022 en días consecutivos, al extracto publicado en el BOIB sólo aparece únicamente la “segunda solicitud”, no haciendo la resolución publicada ninguna referencia en la “primera solicitud” presentada el 25 de abril de 2022 para la Línea 2 por el proyecto denominado “Participación en el festival de artes contemporaneas de Glaston Bury”.
De acuerdo con estas consideraciones, solicitaba:
“1.- Que el Consejo de Mallorca localice la documentación que presenté el día 25 de abril de 2022 en el registro público del Ayuntamiento de Maria de la Salut para solicitar subvención para la Línea 2 denominado “Participación en el festival de artes contemporaneas de Glaston Bury”.
2.- Que tenga a bien considerar la solicitud presentada el día 25 de abril de 2022 en el registro público del Ayuntamiento de Maria de la Salut para ser beneficiaria de una subvención para la Línea 2 para el proyecto denominado “Participación en el festival de artes contemporaneas de Glaston Bury” y entienda la documentación completa para ser valorada.
3.- Que el Consell Insular de Mallorca dicte una nueva resolución a la que me conceda subvención para la Línea 2 para el proyecto denominado “Participación en el festival de artes contemporaneas de Glaston Bury” dentro de la convocatoria de subvenciones de fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca 2022”.
8. Efectivamente, la documentación presentada por la peticionaría Sra. Catalina Mestre Quetglas en el Registro del Ayuntamiento de Maria de la Salut el 25 de abril de 2022, no llegó a la Sección de Artesanía para ser considerada por la Comisión de Evaluación reunida el 23 de mayo de 2022, y consecuentemente la resolución de 6 de junio de 2022 del Consejero Ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo local de aprobación de la concesión de las subvenciones de fomento la competitividad de la artesanía de Mallorca, para el año 2022.
9. Desde la sección de Artesanía se solicitó a la técnica jurídica de la Oficina de transparencia informe jurídico “en lo referente a las entradas de registro de 25 y 26 de abril por Línea 2 y Línea 4 de subvenciones FOMENTO artesanía”.
9. En fecha 20 de junio de 2022 la técnica jurídica de la Oficina de transparencia emitió informe jurídico favorable sobre la admisión de la solicitud de la Sra. Catalina Mestre Quetglas en la convocatoria de subvenciones por fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca para el año 2022, al considerar que se presentaron en tiempo y forma de acuerdo con el arte. 16 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, de procedimiento administrativo común:
“Informe relativo a las entradas de registro REGAGE22e00015397816 y REGAGE22e00015396197 de la Sra. Catalina Francisca Mestre Quetglas.
El día 25 de abril de 2022 el Ayuntamiento de Maria de la Salut registra a nombre de la Sra. Catalina Francisca Mestre Quetglas documentación dirigida al servicio de artesanía del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local del Consejo de Mallorca. Este registro incluye como documentación adjunta, el justificante de registro del Ayuntamiento de Maria de la Salut (2022-E-RC-533) y un archivo que incluye la documentación relativa a la solicitud de subvención para la convocatoria de subvenciones para el Fomento de la competitividad en materia de artesanía por el año 2022, Línea 2.
El día 26 de abril de 2022 el Ayuntamiento de Maria de la Salut registra a nombre de la Sra. Catalina Francisca Mestre Quetglas documentación dirigida al servicio de artesanía del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local del Consejo de Mallorca. Este registro incluye como documentación adjunta, el justificante de registro del Ayuntamiento de Maria de la Salut (2022-ERC-538) y un archivo que incluye la documentación relativa a la solicitud de subvención para la convocatoria de subvenciones para el Fomento de la competitividad en materia de artesanía por el año 2022, Línea 4.
El día 28 de abril de 2022, el registro general del Consejo de Mallorca confirma ambos registros electrónicos y se incorpora la documentación al registro del Consejo de Mallorca (SERES) vinculado al gestor de expedientes electrónicos (SEGEX). Los números de registros asignados son el 21.768 y 21773.
Una vez revisada la documentación anexa a los registros de entrada número 21.768 y 21.773 se constata que se ha duplicado el archivo de la solicitud correspondiente a la solicitud de la subvención para el fomento de la competitividad en materia de artesanía por el año 2022, Línea 4 y por lo tanto, no se ha tenido en cuenta la solicitud de la Línea 2.
Se trata por lo tanto, de un error material o de hecho regulado en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común y lo que corresponde se rectificado el error material o de hecho existente y tener para presentada la solicitud correspondiente a la Línea 2 de la subvención para el fomento de la competitividad en materia de artesanía por el año 2022”.
10. Efectivamente, la Sra. Catalina Francisca Mestre Quetglas registra el día 25 de abril de 2022 en el Ayuntamiento de Maria de la Salut registra solicitud dirigida al servicio de artesanía del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local del Consejo de Mallorca. Este registro incluye como documentación adjunta, el justificante de registro del Ayuntamiento de Maria de la Salut (2022-E-RC-533) y un archivo que incluye la documentación relativa a la solicitud de subvención para la convocatoria de subvenciones para el Fomento de la competitividad en materia de artesanía por el año 2022, Línea 2.
11. En sesión extraordinaria de fecha 21 de junio de 2022, la Comisión Evaluadora de los proyectos presentados a la convocatoria pública de subvenciones de fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca para el año 2022, acordó admitir la solicitud del Sra. Catalina Francisca Mestre Quetglas con DNI 37336678 L para el proyecto “Participación en el festival de artes contemporaneas de Glaston Bury” con importe de la subvención de 3.000€.
12. En el presupuesto del Consejo Insular de Mallorca para el año 2022 se ha previsto el crédito adecuado y suficiente para hacer frente al gasto que se deriva de la solicitud presentada, por un importe de 3.000 €, que se distribuye la siguiente manera con cargo a las aplicación presupuestaria siguiente:
Aplicación presupuestaria |
Denominación |
Importe |
65.43900.47900 |
Otras transferencias a empresas artesanía |
3.000€ |
13. En el presupuesto de gastos del Consell de Mallorca del 2022 hay crédito adecuado y suficiente para conceder y disponer la subvención indicada, y se dispone del correspondiente documento contable AD en provisional nº. 920220009474, a cargo de la aplicación 65 43900 47900.
Fundamentos de derecho
Aspectos formales:
1. La Sra. Catalina Francisca Mestre Quetglas tiene la condición de interesada de acuerdo con el arte. 4 de la mencionada Ley 39/2015.
2. Desde el punto de vista jurídico formal, el recurso ha sido interpuesto dentro del plazo y en la forma apropiada correcta de acuerdo con lo que se establece a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº. 236 de 2 de octubre de 2015).
Aspectos materiales
1. El Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local tiene atribuidas las competencias en materia de artesanía, y específicamente, fomentar la competitividad, la capacitación y el desarrollo de las empresas artesanas y crear canales para comercializar la artesanía, de acuerdo con lo que dispone el artículo 9 apartado m) del Decreto de la Presidencia del Consejo de día 9 de diciembre de 2019 por el cual se determina la organización del Consejo Insular de Mallorca (BOIB nº. 167 de 12 de diciembre de 2019).
2. El consejero ejecutivo es el órgano competente para aprobar y resolver subvenciones de cuantía igual o inferior a doscientos cincuenta mil euros (250.000€) de acuerdo con lo que dispone el artículo 28 del vigente Reglamento orgánico del Consejo Insular de Mallorca, en concordancia con la base 23.5 de las Bases de ejecución del Presupuesto del Consejo Insular de Mallorca 2020 y 2021.
3. El artículo 1 letra k) del vigente Decreto de organización del Consejo de Mallorca (BOIB nº. 167 de día 12 de diciembre de 2019) establece que el consejeros ejecutivos tienen las facultades que dimanan de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común sobre inicio y ordenación del procedimiento, facultades que, en particular, se concretan en las siguientes: ampliar plazos para resolver, aplicar la tramitación de urgencia, hacer requerimientos de enmienda y mejora de la solicitud de iniciación y señalar trámites que se tienen que llevar a cabo.
4. Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017) modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96 de 04 de agosto 2018).
5. La convocatoria se adecua a las bases 33 y 34 de las Bases de Ejecución del Presupuesto del Consejo Insular de Mallorca por el año 2022 relativas a la regulación de la percepción de las subvenciones.
6. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el reglamento de la Ley general de Subvenciones.
7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
8. El art. 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, en lo referente a la avocación de competencias.
9. El día 8 de julio de 2022 la Intervención Delegada (Centre La Misericòrdia), ha intervenido de conformidad la presente propuesta.
Por todo el anterior, la Presidenta del Consejo de Mallorca dicta el siguiente:
DECRETO
Primero. Estimar el recurso de alzada interpuesto para la Sra. Catalina Francisca Mestre Quetglas contra la resolución de 6 de junio de 2022 del Consejero Ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo local de aprobación de la concesión de las subvenciones de fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca, para el año 2022 (BOIB nº. 75, de 9 de junio de 2022), y admitir la solicitud de subvención presentada el 25 de abril de 2022 en el Registro del Ayuntamiento de Maria de la Salut.
Segundo. Avocar puntualmente la competencia delegada al Consejero Ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo local en favor de la Presidenta, por la adopción de los acuerdos que dimanan de la estimación del recurso presentado, en razón de la conveniencia de las circunstancias técnicas y jurídicas del expediente y para garantizar los principios de eficiencia, eficacia y celeridad.
Tercero. Autorizar un gasto por un importe total de 3.000 € del presupuesto de 2022 que se destina a la convocatoria de subvenciones de fomento de la competitividad en materia de artesanía de Mallorca para el año 2022, cuantía que se distribuirá de la manera siguiente:
Aplicación presupuestaria |
Denominación |
Importe |
65.43900.47900 |
Otras transferencias a empresas artesanía |
3.000€ |
Quart. Conceder y disponer la subvención económica fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca para el año 2022, para el siguiente proyecto y por el importe que consta:
Nº EXP |
IMPORTE SUBVENCIÓN |
PRESUPUESTO |
EMPRESA/NOMBRE |
LINAJES |
DNI/CIF |
DESCRIPCIÓN ACT SUBVENCIONADA |
ART.2 65 BIS/2022 |
3.000,00 |
3.000,00 |
Catalina |
Maestro Quetglas |
37336678L |
Participación en el festival de artes contemporaneas de Glaston Bury |
TOTAL CONCEDIDO |
3.000,00 |
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y documento contable AD en provisional nº. 920220009474, a favor de CATALINA MAESTRO QUETGLAS, con DNI nº. 37336678L con domicilio en el C/Ses Corbatas, 24. 07519 – Maria de la Salut, en concepto de subvención concedida para llevar a cabo el proyecto “Participación en el festival de artes contemporaneas de Glaston Bury”, correspondiente a la Línea 2 de ART2-65 bis/2022 de la convocatoria de subvenciones de fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca, para el año 2022.
Quinto. Ordenar la publicación de este Acuerdo en el BOIB y que se remita la información en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Sexto. Notificar esta resolución a la persona beneficiaria y a la Intervención Delegada centro La Misericòrdia”.
Palma, 18 de julio de 2022
La secretaria técnica de Promoción Económica y Desarrollo Local (Por delegación del consejero de Promoción Económica y Desarrollo Local. Resolución de 22/07/2019. BOIB núm. 103, de 27/07/2019) Rosa Mª Cañameras Bernaldo