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AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
Núm. 394097
Extracto de la resolución del día 26 de mayo de 2022 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Eivissa, por la que se convocan subvenciones en materia de ayudas para estudiantes de estudios superiores del municipio de Eivissa curso 2021/2022
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/632700)
Primero. Personas beneficiarias
Pueden ser personas beneficiarias de estas ayudas las y los estudiantes que cumplan los requisitos siguientes:
1. Estar empadronado o empadronada en el municipio de Eivissa con una antigüedad mínima de 2 años continuados a contar del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB.
2. No haber cumplido los 31 años a contar del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB.
3. Estar matriculado o matriculada en el curso 2021/2022 de los estudios establecidos en el artículo segundo, con los siguientes mínimos:
a) Estudios universitarios de grado y enseñanzas artísticas superiores: 50 créditos. Cuando se trate del resto de créditos para conseguir la titulación, se exigirá estar matriculado o matriculada de un mínimo de 24 créditos.
b) Ciclos formativos de grado superior: el 100 % del curso.
4. Haber aprobado, en el curso 2021/2022, los siguientes mínimos:
a) Estudios universitarios de grado y enseñanzas artísticas superiores: el 80 % de los créditos matriculados.
b) Ciclos formativos de grado superior: le 100 % del curso.
Segundo. Objeto
El objeto de esta convocatoria es la concesión por parte del Ayuntamiento de Eivissa de ayudas para estudiantes de educación superior del municipio de Eivissa para el curso 2021/2022.
Los estudios objeto de estas ayudas tienen que ser títulos oficiales cursados en centros de toda España y con validez en todo el Estado español. En concreto, son objeto de ayudas:
a) Estudios presenciales y no presenciales cursados en Eivissa o fuera de la isla.
1. Estudios universitarios de grado.
2. Enseñanzas artísticas superiores (título superior).
3. Ciclos formativos de grado superior.
Los estudios no presenciales y semipresenciales se considerarán siempre como cursados en Eivissa.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases específicas reguladoras de las ayudas para estudiantes de estudios superiores del municipio de Eivissa están publicadas en el BOIB nº 54 de fecha 24 de abril de 2021, en la página web municipal (http://www.eivissa.es) y en la sede electrónica (https://eivissa.sedelectronica.es).
Cuarto. Importe
Para las ayudas objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 80.000,00 € con cargo a la partida 33700 48101 del ejercicio presupuestario 2022.
Las o los estudiantes que realicen los estudios en Eivissa podrán recibir una ayuda de 500 €. Las o los estudiantes que realicen los estudios fuera de la isla de Eivissa podrán recibir una ayuda de 1.000 €.
Se otorgarán las ayudas siguiendo el orden descendente de la nota media del expediente académico hasta llegar a la cantidad máxima señalada, teniendo en cuenta si las o los estudiantes hacen los estudios en Eivissa o fuera de la isla de Eivissa.
En caso de que resten 500 € de los 80.000 € y la siguiente persona según el orden descendente realice los estudios fuera de la isla de Eivissa, podrá recibir solo los 500 € restantes.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOIB.
Eivissa, documento firmado electrónicamente (8 de julio de 2022)
El concejal delegado
Ricardo Cliville Vila