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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE BÚGER

Núm. 390446
Aprobación definitiva transferencia de créditos entre aplicaciones de diferentes áreas de gasto

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Texto

Visto que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 169.1 por remisión del 179.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, no se ha presentado ninguna reclamación contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de día 26 de mayo de 2022, publicado en el BOIB n.º 72 de fecha 02 de junio de 2022, por el cual se aprueba inicialmente el expediente 1/2022 de transferencia de créditos entre aplicaciones de diferentes áreas de gasto, se entiende el mismo elevado a definitivo:

“1. Modificar el presupuesto de gastos del presente ejercicio incrementando las siguientes aplicaciones:

Descripción

Cred.Inicial

Incremento

Cred. Definitvo

432.62908 Otras inversions

0,00 €

2.151,38 €

2.151,38 €

161.61910 Canalitzación agua potable

0,00 €

9.205,28 €

9.205,28 €

1532.61911 Canalización telecomunicaciones

0,00 €

6.641,40 €

6.641,40 €

 

 

17.998,06 €

17.998,06 €

TOTAL INCREMENTO: 17.998,06 €

La financiación de estos incrementos se hará mediante transferencias de otras aplicaciones con diferente vinculación jurídica, que quedan disminuidas como continuación se indica:

Aplicación

Cred.Inicial

Disminución

Cred. Definitivos

133.61908-01 Pilones

5.000,00 €

5.000,00 €

0,00 €

133.61908-02 Obra Civil Pilones

3.000,00 €

3.000,00 €

0,00 €

1621.63401 Moto Brigada

3.000,00 €

3.000,00 €

0,00 €

170.62911 Sistema acceso electrónico.

2.000,00 €

2.000,00 €

0,00 €

454.60000 Expropiación de terrenos anexos a caminos vecinales

1.000,00 €

1.000,00 €

0,00 €

162.63501 Composteras

865,00 €

865,00 €

0,00 €

162.63502 Papeleras

2.541,00 €

2.541,00 €

0,00 €

1532.61909 Reductor velocidad

9.000 €

592,06 €

8.407,94 €

TOTAL DISMINUCIÓN: 17.998,06 €

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 171 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de esta Jurisdicción.

Sin perjuicio de esto, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

 

Búger, 13 de julio de 2022

El alcalde Pere Torrens Escalas