Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 388958
Aprobación inicial de la Revisión del Plan General del municipio de Calvià
El pleno del Ayuntamiento de Calvià, en sesión de 30 de junio de 2022, adoptó el siguiente Acuerdo:
“PRIMERO.- Aprobar inicialmente la Revisión del Plan General del municipio de Calvià, formulada en dos documentos plenamente diferenciados, según se establece a la Disposición Transitoria Segunda de la LUIB: El Plan General y el Plan de Ordenación Detallada, junto con los estudios complementarios que los acompañan.
SEGUNDO.- Someter el expediente, comprensivo del Plan General, del de Ordenación Detallada y los Estudios Complementarios, a información pública por plazo de sesenta (60) días mediante anuncio en el tablón de anuncios, publicación de la parte resolutiva del Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en uno de los diarios de mayor circulación en Mallorca, y a la sede electrónica del Ayuntamiento de Calvià, en la cual hay de constar la documentación completa que integra el instrumento. La publicación del anuncio de información pública en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hará constar el localizador uniforme de recursos de la sede electrónica para acceder a toda la documentación: http://www.calvia.com/pg2022
Durante este periodo quedará el expediente de manifiesto en la Sala que se habilite expresamente al efecto, en horario de atención al público, de lunes a viernes, de 9 a 14:00 horas. En este plazo, igualmente los interesados podrán formular las alegaciones que tengan por conveniente para la defensa de sus derechos e intereses.
TERCERO.- Suspender la tramitación y aprobación de planes de desarrollo, instrumentos de gestión y el otorgamiento de autorizaciones y licencias urbanísticas, o presentación de comunicaciones previas para todo el municipio de Calvià, según establece el artículo 51 de la *LUIB y, por lo tanto, siempre que las nuevas determinaciones supongan modificación del régimen urbanístico vigente. Si los proyectos acreditan el cumplimiento de las nuevas y antiguas determinaciones, se levantará la suspensión automáticamente y se podrá otorgar licencia. La duración de la suspensión comprende el plazo de 2 años desde la publicación del acuerdo de aprobación inicial, o hasta la aprobación provisional.
QUART.-Señalar como áreas principalmente afectadas por la suspensión las siguientes:
QUINTO.- La suspensión de licencias en el Núcleo Rural de Son Font se mantendrá, en conformidad con la Modificación Puntual aprobada definitivamente por el Pleno municipal, en sesión de 31 de mayo de 2018, corregida por Acuerdo de Pleno de 14 de junio 2018 (BOIB n.º 76, de 21 de junio 2018) hasta la aprobación del Plan Especial que actualmente se encuentra en fase de redacción por la Entidad de Conservación de Son Font.
SEXTO.- Extender los efectos de la interrupción del procedimiento de otorgamiento de las referidas licencias a quienes tuvieran presentadas solicitudes de licencia con 3 meses de antelación a la fecha de publicación de este Acuerdo.
SÉPTIMO.- Requerir los informes, dictámenes u otro tipo de pronunciamientos de los órganos y entidades administrativas gestoras de intereses públicos afectados y contemplados en el apartado 5 de esta propuesta, que tendrán que ser emitidos en esta fase de tramitación del Plan General y en los plazos que establezca la legislación sectorial correspondiente.
OCTAVO.- Ordenar la implementación de las observaciones formuladas por el Consejo Insular de Mallorca en en cuanto al cumplimiento de la Modificación Tercera del PTIM, en los términos del informe emitido por el Servicio de Ordenación del Territorio en fecha 14 de junio de 2022.”
(Firmado electrónicamente: 12 de julio de 2022)
El teniente de alcalde delegado de Urbanismo, Comercio y Actividades (Por delegación de 17 de junio de 2019) Marc López Expósito