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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 386563
Información pública de la aprobación inicial de la modificación de la red viaria por cesión al Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia de la carretera EI-800B (tramo de la antigua carretera PM-801, de Eivissa al aeropuerto) llamada travesía de Sant Jordi

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace público que en el Pleno ordinario del Consejo Insular de Eivissa, del día 24 de junio de 2022, se ha adoptado el siguiente acuerdo:

“En fecha 24 de mayo de 1990, el Parlamento de las Islas Baleares aprobó la Ley 5/1990, de carreteras (BOIB, nº.77, de 26/06/1990) [en lo sucesivo LCIB]. El artículo 5.1 de esta Ley determina que las carreteras de las Islas Baleares se integran dentro de las siguientes redes: - red primaria: por donde discurren los tráficos de interés general de la Comunidad... - red secundaria: aquellas carreteras que sirven de comunicación intercomarcal en cada isla, o cumplen una función que supera el ámbito municipal distribuyendo el tráfico por todo el ámbito insular. - red local y rural: carreteras cuya función se limita a dar solución al transporte viario preferentemente en el ámbito propio del término municipal.

El segundo y tercer párrafo de este mismo artículo 5, [modificado por la Ley 16/2001, de 14 de diciembre, de atribución de competencias a los Consejos Insulares en materia de carreteras y caminos, disposición adicional sexta (BOIB, nº.153, de 22/12/2001] añaden que la titularidad, (y la administración y gestión) de las redes primaria y secundaria corresponde a los Consejos Insulares, mientras que la titularidad, la administración y la gestión de la red local y rural corresponde al Ayuntamiento respectivo.

Así mismo, el artículo 7 de esta misma LCIB dispone que:

«1. El Plan Sectorial de Carreteras definirá las redes primaria y secundaria, las previsiones de construcción de nuevas carreteras y mejora de las existentes, así como las determinaciones básicas de las redes locales y rurales.

1.1. Las determinaciones contenidas en el Plan Director Sectorial de Carreteras, así como los estudios definidos en los artículos 9 y siguientes, serán incorporadas a los Planes de Ordenación Urbana, Planes Parciales y otros instrumentos de ordenación urbanística municipales.

2. La modificación de las redes puede producirse de la manera siguiente:

  • 2.1. Por cambio de titularidad de las carreteras existentes, en virtud de transferencias o acuerdo mutuo entre las Administraciones públicas interesadas.
  • 2.2. Por la integración de carreteras de nueva construcción.
  • 2.3. Por la desafección de tramos de carreteras.».

Por su parte, el artículo 8 de la normativa del Plan Director Sectorial de Carreteras de Eivissa (en lo sucesivo PDSCE), aprobado definitivamente por acuerdo del Pleno del Consejo Insular, en fecha 29/04/2016, (BOIB n.º 69, de 02/06/2016), dispone literalmente que: «Cambios de titularidad en la red y realización de obras sobre tramos cuya titularidad no corresponda al Consejo Insular de Eivissa.

Los cambios de titularidad en la red de carreteras, derivados de la nueva jerarquización viaria, se efectuarán mediante acuerdos puntuales, relativos a tramos concretos, entre los Organismos afectados. »

Por otro lado, mediante oficio, con RGE nº.2021012083, de fecha 16/04/2021, el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia remitió a este Consejo Insular un testimonio del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria de fecha 28/01/2021, relativo a la Propuesta para trasladar al Consejo Insular «la petición formal del Plenario del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia al Consejo Insular de Eivissa para iniciar la tramitación pertinente para la cesión de la carretera del Aeropuerto al Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.».

En fecha 14/02/2022, el consejero ejecutivo que suscribe dictó una Providencia en la cual  disponía que se iniciasen las actuaciones administrativas que resultaran oportunas para llegar a formalizar la mencionada cesión.

En fecha 23/03/2022, se ha emitido el correspondiente informe jurídico favorable y relativo al procedimiento a seguir para la cesión al Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia del tramo de referencia de la red viaria.

En fecha 23/03/2022, se ha emitido informe técnico favorable desde el Servicio de Infraestructuras Viarias en relación al traspaso de la titularidad, al Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, de la travesía de San Jorge, concretando que ésta corresponde al tramo de la antigua carretera PM-801 entre los PKs 3+300 y 4+200 (tramo hoy llamado EI-800B). En este informe técnico, con CSV 14161355305273512265, se incorporan los siguientes planos:

  • Plano 21 del PDSCE: Propuesta de jerarquía viaria.
  • Plano de situación y emplazamiento, en el qué se ha marcado el tramo de carretera a ceder.

Así mismo, en este informe técnico se hace una valoración del tramo de la carretera objeto de cesión por un importe de 374.400 euros (año 2022); considerando, además, que la infraestructura no ha perdido valor debido a las obras de mantenimiento realizadas hasta el momento.

Visto el informe propuesta del Jefe del Servicio de Infraestructuras Viarias de fecha 16/06/2022 que consta en el expediente.

Además, en fecha 07/06/2022, se ha emitido un nuevo informe jurídico, complementario del anterior de fecha 23/03/2022, en virtud del cual se incorpora el texto del acuerdo puntual que, en su día, se tendrá que formalizar entre ambas administraciones interesadas.

Sobre la base de todo lo anterior, el consejero ejecutivo que suscribe, al amparo de lo previsto en el Decreto de Presidencia n.º 2019000484, de fecha 16/07/2019, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consejo Insular de Eivissa (BOIB n.º 98 EXT., de 17/07/2019; modificaciones en el BOIB n.º 175, de 31/12/2019, BOIB n.º 101, de 04/06/2020 y en el BOIB n.º 153, de 05/09/2020) y en el artículo 72, letra d, del Reglamento orgánico de este Consejo Insular (BOIB núm.136, de fecha 18/09/2010, rectificación de errores en el BOIB n.º 148, de 14/10/2010, y modificación en el BOIB n.º 48, de fecha 16/04/2016) propone al Pleno de la Corporación (órgano competente en virtud del artículo 33.2. letra g, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y del artículo 8.1 letra q, de la Ley 8/2000, de 27 de octubre) la adopción de la siguiente

PROPUESTA

PRIMERO.- Aprobar inicialmente la modificación puntual de la red viaria por cambio de titularidad en virtud de mutación demanial intersubjetiva, en el sentido de traspasar la titularidad, al Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, de la travesía de Sant Jordi, que corresponde al tramo de la antigua carretera PM-801 entre los PKs 3+300 y 4+200 (tramo hoy llamado EI-800B), según plano de situación y emplazamiento con CSV 14161355305273512265. La valoración del tramo de carretera objeto de cesión es de 374.400 euros (año 2022); considerándose, además, que la infraestructura no ha perdido valor debido a las obras de mantenimiento realizadas hasta el momento.

SEGUNDO.- Someter el expediente a información pública durante el plazo de un mes, mediante anuncio publicado al Boletín Oficial de las Illes Balears, en el tablón de anuncios del portal web y en el tablón de anuncios y edictos electrónicos de la sede electrónica de este Consejo Insular, para que los interesados formulen alegaciones o sugerencias, todo ello de conformidad con el artículo 8 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio.”

El expediente permanecerá en exposición pública en el Servicio de Infraestructuras Viarias del Departamento de Gestión del Territorio, Infraestructuras Viarias, Ordenación Turística y Lucha contra el Intrusismo de este Consejo Insular (Avda. de España, n.º 49, ciudad de Eivissa) durante el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación en el BOIB del presente anuncio; todo ello de conformidad con el artículo 8 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio.

Así mismo, el presente anuncio de información pública se publicará en el tablón de anuncios del portal web y en el tablón de anuncios y edictos electrónicos de la sede electrónica de este Consejo Insular, www.conselldeivissa.es.

 

Eivissa, 11 de julio de 2022

El jefe del Servicio de Infraestructuras Viarias Antonio Marí Noguera