Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SA POBLA
Núm. 385077
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza de circulación del Ayuntamiento de sa Pobla
No habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la Ordenanza municipal de circulación el texto íntegro del cual se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Introduciendo en el artículo 37 el siguiente añadido:
«El tiempo máximo de permanencia en las plazas de estacionamiento reservadas por las operaciones del servicio de recarga eléctrica por los vehículos que hagan uso de dicha operación de recarga será de dos horas. La superación de este tiempo se considerará como una infracción leve a la presente ordenanza ».
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente en la publicación del presente anuncio, en conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sa Pobla, a fecha de firma electrónica:(11 de julio de 2022)
El alcalde
Llorenç Gelabert i Crespí