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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 384905
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 11 de julio de 2022 por el que se aprueban los modelos tipo de pliegos de cláusulas administrativas particulares para la adjudicación, por el procedimiento abierto simplificado, de contratos de obras, suministros y servicios cofinanciados en el marco del instrumento de financiación Next Generation EU

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Texto

Por acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de enero de 2022 se aprobaron los modelos tipo de pliegos de cláusulas administrativas particulares del procedimiento abierto para la contratación de obras, servicios y suministros cofinanciados con el instrumento de financiación Next Generation EU (BOIB núm. 7, de 11 de enero).

Por otro lado, por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de marzo de 2022 por el que se aprueban modelos tipo de cláusulas administrativas particulares (BOIB núm. 43, de 29 de marzo), se aprobaron los modelos de pliegos de obras, suministros y servicios que se tengan que tramitar por procedimiento abierto simplificado, entre otros. Así mismo, y en cuanto a contratos cofinanciados con fondos Next Generation EU, se aprobaron los pliegos de los contratos de servicios y de suministros mediante el procedimiento de licitación con negociación.

Ahora, teniendo en cuenta las especialidades relativas al procedimiento abierto simplificado, se han elaborado los pliegos tipo de cláusulas administrativas particulares para la adjudicación, por el procedimiento abierto simplificado, de contratos de obras, suministros y servicios cofinanciados en el marco del instrumento de financiación Next Generation EU.

La Ley 4/2021, de 17 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que deben financiarse con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el artículo 18 establece que el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, debe aprobar unos modelos tipos de cláusulas o de pliegos de cláusulas administrativas, con el fin de agilizar y homogeneizar los procedimientos de contratación.

El artículo 122.5 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), de carácter no básico, establece que la aprobación de los pliegos de cláusulas administrativas particulares corresponderá al órgano de contratación, que también podrá aprobar modelos de pliegos particulares para determinadas categorías de contratos de naturaleza análoga. El artículo 122.7 del mismo texto legal establece que, en el ámbito de la Administración General del Estado, la aprobación de los modelos de pliegos requerirá el informe previo del servicio jurídico.

El artículo 2 a) del texto consolidado del Decreto 3/2016, de 29 de enero, por el que se crean la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el Registro de Contratos y el Registro de Contratistas, modificado por el Decreto 36/2017, de 21 de julio, establece que corresponde a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears emitir un informe preceptivo, entre otros, sobre los modelos tipo de pliegos de cláusulas administrativas particulares.

La Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el día 21 de junio de 2022, y la Comisión Permanente de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, el día 1 de julio de 2022, han informado favorablemente sobre los modelos tipo de pliegos de cláusulas administrativas particulares que son objeto de aprobación mediante este acuerdo.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, en la sesión del día 11 de julio de 2022, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Aprobar los siguientes modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares que tienen que usar los órganos de contratación del sector público autonómico que tengan la consideración de administración pública:

a) Contrato de obras mediante procedimiento abierto simplificado en el marco del instrumento de financiación Next Generation EU (anexo 1).

b) Contrato de servicios mediante procedimiento abierto simplificado en el marco del instrumento de financiación Next Generation EU (anexo 2).

c) Contrato de suministros mediante procedimiento abierto simplificado en el marco del instrumento de financiación Next Generation EU (anexo 3).

 

Segundo. Autorizar a los órganos de contratación para que modifiquen el modelo de oferta económica de los modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares para adaptarlo al sistema de determinación del precio de cada contrato.

Tercero. Facultar a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores para aprobar las modificaciones de los modelos de pliegos que sean necesarias para adaptarlos a la normativa vigente.

Cuarto. Publicar este acuerdo, sin sus anexos, en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Quinto. Publicar este acuerdo y sus anexos en la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (http://www.caib.es/), concretamente en la página web de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (http://jcca.caib.es/).

 

Palma, 11 de julio de 2022

La secretaria del Consejo de Gobierno Mercedes Garrido Rodríguez