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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 382872
Extracto convocatoria para las ayudas económicas a las asociaciones de comerciantes del término para promover el desarrollo socioeconómico del municipio

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Aprobada por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada día 01 de julio de 2022 las Bases reguladoras y convocatoria para la concesión, en el municipio de Andratx, de subvenciones a las asociaciones del término para llevar a cabo actuaciones de interés público, social o comercial que promuevan el desarrollo socioeconómico del municipio, se hace público el extracto publicado a ala Base de datos Nacional de Subvenciones:

«Extracto convocatoria para las ayudas económicas a las asociaciones de comerciantes del término para promover el desarrollo socioeconómico del municipio»

Código de la Convocatoria: 637350.

En conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003. de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.

Pueden ser entidades beneficiarias las asociaciones incluidas dentro del ámbito empresarial, comercial o de la restauración, sin finalidad de lucro, con domicilio social en el municipio de Andratx antes de la publicación de la convocatoria y que desarrollan su actividad en el municipio de Andratx; constituidas antes de la publicación de las bases.

Segundo. Objeto y finalidad de la convocatoria.

La finalidad de esta convocatoria es regular las condiciones y el procedimiento para la concesión, por parte del Ayuntamiento de Andratx, de subvenciones a las asociaciones empresariales del municipio de Andratx para llevar a cabo actuaciones de interés público, social o comercial que promuevan el desarrollo socioeconómico del municipio de Andratx.

Tercero. Bases reguladoras

Por todos los casos no previstos en esta convocatoria será aplicable:

  • Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el cual se regula la Base de datos Nacionales de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y otras ayudas públicas.
  • Ley 7/1985, 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOIB 276, de 18 de noviembre, de 2003).
  • Real Decreto 887/2006, por el cual se aprueba el reglamento que desarrolla la Ley general de subvenciones (BOIB176 de 25 de julio de 2006).
  • Ley 39/2015, de día 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOIB 236 de 2 de octubre de 2015).
  • Ordenanza general de subvenciones de Andratx 2017 (BOIB nº47 de 20 de abril de 2017).
  • Bases de ejecución del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2022.

Cuarto. Cuantía y crédito presupuestario

Las ayudas económicas reguladas en estas bases se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria número 430.48901 ('Área de Promoción Económica y Comercio) del presupuesto general del Ayuntamiento de Andratx aprobado definitivamente en fecha 27 de enero de 2022 y publicado al BOIB número 035 de 10 de marzo de 2022, por cuantía máxima de 30.000€.

El importe de la subvención para cada uno de los beneficiarios dependerá de la orden de entrada con un máximo por solicitante de 10.000 €. En el supuesto de que no se agote el crédito, el órgano competente podrá repartir la cuantía sobrante entre las asociaciones beneficiarías dividiendo la cuantía total sobrando entre el número de asociaciones que han obtenido la subvención otorgando la misma cuantía a todas, siempre que se justifique el gasto mediante la aportación de la documentación establecida en el artículo 7 de estas bases; de acuerdo con aquello previsto en el artículo 22.1.

Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes

1. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contadores a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

2. Las solicitudes se podrán presentar, de acuerdo con el que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Andratx (https://andratx.sedelectronica.es/).

Lo cual se hace público para su general conocimiento.

 

(Firmado electrónicamente: 8 de julio de 2022

La alcaldesa Estefania Gonzalvo Guirado)