Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE MARIA DE LA SALUT
Núm. 381898
Resolución de Alcaldía núm. 175, de fecha 7 de julio de 2022, de corrección de los errores apreciados en el decreto de Alcaldía núm. 161, de fecha 23 de junio de 2022, por el cual se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria para la constitución de una Bolsa de Trabajo para Policía Local
Expediente núm.: 439/2022
Procedimiento: selección de personal y provisión de puestos de trabajo
Asunto: corrección de errores apreciados en la redacción de las bases reguladoras de la convocatoria para la constitución de una Bolsa de Trabajo para Policía Local
Documento firmado por: el Sr. Alcalde
Resolución de Alcaldía núm. 175, de fecha 7 de julio de 2022, de corrección de los errores apreciados en el decreto de Alcaldía núm. 161, de fecha 23 de junio de 2022, por el cual se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria para la constitución de una Bolsa de Trabajo para Policía Local.
«Dado que, en virtud del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de les Administraciones Públicas, la Corporación municipal puede rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Observado un error en el decreto de Alcaldía núm. 161, de 23 de junio de 2022, por el cual se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria para la constitución de una Bolsa de Trabajo para Policía Local. En particular, en la Base primera, apartado cuarto in fine, dada la modificación del artículo 41 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de les Policías de les Illes Balears, por la Disposición final undécima del Decreto Ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en la ocupación públicas de las Illes Balears.
Visto que, en aplicación supletoria del artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, la rectificación de los errores materiales, aritméticos i de hecho en actos o disposiciones administrativas corresponde al órgano que hubiera dictado el acto o la disposición.
El Sr. Bernat Quetglas Jordà, en su condición de Alcalde Presidente de la Corporación Local,
RESUELVE
Primero.- Corregir el error apreciado en la redacción de la Base primera, apartado cuarto in fine, suprimiéndose la letra c) «Cuando sea necesario el nombramiento de Funcionario por falta de efectivos».
En Maria de la Salut, a 7 de julio de 2022. El Sr. Alcalde, firmado y sellado electrónicamente».
INTERPOSICIÓN DE RECURSOS
De conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, a contar des del día siguiente al de la publicación de la presente resolución.
También se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, a contar des del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo que se dispone en los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.
Maria de la Salut, 7 de julio de 2022
(El alcalde Bernat Quetglas Jordà)