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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 375799
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, por la cual se deniegan ayudas de transporte, en el marco de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB, de 28 de diciembre de 2020 (BOIB nº 216, de 31 de diciembre)

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Texto

Hechos

1. Las personas que constan en el anexo de esta Resolución como alumnas de una acción formativa financiadas por el SOIB o impartidas por centros propios en el periodo 2021-2022 dirigida prioritariamente a trabajadores parados han presentado solicitudes de concesión de ayudas para transporte público manutención, conciliación, así como las becas para personas con discapacidad, en el marco de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB, de 28 de diciembre de 2020 (BOIB nº 216, de 31de diciembre).

2. Una vez examinadas estas solicitudes, se ha considerado que se tienen que denegar por los motivos que se exponen en el anexo de esta Resolución.

Fundamentos de derecho

1.Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB, de 28 de diciembre de 2020 (BOIB nº 216, de 31 de diciembre), por la cual se aprobó la convocatoria informativa para solicitar becas y ayudas dirigida a los alumnos trabajadores parados de acciones formativas financiadas por el SOIB o impartidas por los centros propios, para el periodo 2021-2022 correspondientes a ayudas de transporte, manutención, alojamiento y manutención, conciliación, así como las becas para personas con discapacidad y mujeres víctimas de violencia de género.

2.El artículo 2.2 del Decreto22/2020, de 24 de julio, de aprobación de los Estatutos de Servicio de Empleo de las Illes Balears ‎establece que el SOIB, para cumplir sus fines, puede llevar a cabo, entre otros, las funciones necesarias para gestionar las políticas activas de ocupación; gestionar el conjunto de programas y medidas de orientación, ocupación, formación y formación con alternancia con la ocupación, que tienen por objeto mejorar las posibilidades de acceso a la colocación de las personas desocupadas en el mercado de trabajo, por cuenta propia o ajena; adaptar la formación y la recalificación para la ocupación de los trabajadores, así como las otras acciones destinadas a fomentar el espíritu empresarial, la economía social y mejorar las condiciones de los trabajadores.

3.De acuerdo con los apartados g) y y) del artículo 9.4 del Decreto 22/2020, de 24 de julio, de aprobación de los estatutos de Servicio de Empleo de las Illes Balears (BOIB nº 131, de 25 de julio), es función del presidente del SOIB autorizar gastos, contraer obligaciones y proponer pagos del servicio, así como conceder ayudas y subvenciones.

4.La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre, y suplemento en catalán del BOE nº 23, de 24 de noviembre), tiene por objeto regular el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las administraciones públicas.

5.El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones la gestión de las cuales corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears o a las entidades públicas dependientes.

6.De acuerdo con el artículo 39.7 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, las subvenciones que se conceden en consideración a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor no requieren ninguna otra justificación que la acreditación de esta situación, previamente a la concesión, por cualquier medio admisible en derecho, sin perjuicio de los controles que se puedan establecer para verificar la existencia.

7.El Real decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el cual se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos de la ocupación y la formación profesional ocupacional (BOE nº 83, de 7 de abril, y suplemento en catalán del BOE nº 9, de 17 de abril).

8.La Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la cual se desarrolla el Real decreto 694/2017, de 3 de julio, por el cual se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la cual se regula el Sistema de Formación Profesional para la Ocupación en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación (BOE nº 78, de 1 de abril de 2019).

9.De acuerdo con el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, (BOIB nº 21, de 15 de febrero), el SOIB está adscrito en la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1.Denegar una subvención en concepto de ayuda para transporte, manutención, alojamiento y manutención, conciliación, así como las becas para personas con discapacidad, para los trabajadores parados, en el marco de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB, de 28 de diciembre de 2020 (BOIB nº 216, de 31 de diciembre), a las personas que figuran en el anexo de esta Resolución y por los motivos que se exponen.

2.Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y la página web del Servicio de Empleo de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente de Servicio de Empleo de las Illes Balears, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico del Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, la fecha de la firma electrónica (10 de mayo de 2022)

El director general de Modelo Económico y Ocupación Llorenç Pou Garcias Por delegación de competencias del presidente del SOIB (Resolución de 09/07/2019, BOIB nº 94, de11 de julio)

 

ANEXO I

DNI/NIE

CURSO

MOTIVO

AYUDA

X9651407D

664/18

EL CURSO NO TIENE HORARIO DE MAÑANA Y TARDE

MANUT

Y6923995C

36/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

43126613A

48/19

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

41611981J

725/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

41499483P

777/10

BECA INCOMPATIBLE

TR

41500390H

785/19

NO CONVIVE CON EL DEPENDIENTE

CC

18237418M

885/19.886/19.887/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

49773685Y

885/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

43172764Q

888/19.889/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

43203081L

999/19

MISMO MUNICIPIO

MANUT

24546095N

1090/19

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

43100045T

1098/19

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

43113870W

1100/19

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

43149277N

1130/19

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

41512130M

46/20.47/20.48/20

CURSO SIN DERECHO A BECA

TR

49779850H

105/20

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

49779850H

105/20

MENOR DE 30 KM DE DISTANCIA

MANUT

44321101D

154/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

43049551Z

155/20

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

Y0775577P

173/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

43483040E

197/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

47872553P

197/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

43483040E

198/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

45184351T

198/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

431X1456Q

221/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

S7814909S

221/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

43203008S

221/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

X4378397W

231/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

43166311A

231/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

41574725V

232/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

41523192G

232/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

Y1145282B

233/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

70898929A

294/20.295/20.296/20.297/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

47254297S

307/20.308/20.309/20,

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

53450315V

308/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

43129318V

2/21.5/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

43144883C

17/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

44325016Z

19/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

37337545N

21/21.26/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

42378626E

26/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

41536581F

26/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

43170927L

28/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

77328711C

28/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

Y1682501L

35/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

43171720F

35/21

NO TIENE HIJOS < DE 12 AÑOS

CC

78204467M

35/21

NO FINALIZA EL CURSO

TR

41574187P

46/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

X3203969T

56/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

49481419R

62/21,63/21,64/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

41620445J

62/21,63/2164/21,64/24

NO ESTA INSCRITA EN ESTA CONDICION AL INICIO DEL CURSO

DIS

41621353R

63/21

NO ESTA INSCRITA EN ESTA CONDICION AL INICIO DEL CURSO

DIS

X7719641J

72/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

Y6314231D

89/21,91/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

42312755T

91/21

NO TIENE HIJOS < DE 12 AÑOS

CC

37335160L

93/21,94/21,101/21,103/21,105/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

41583027Q

93/21,94/21,101/21,103/21,105/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

182224525S

93/21,94/21,101/21,103/21,105/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

41621277V

93/21

NO FINALIZA EL CURSO

TR

X6590194G

93/21,94/21,99/21,101/21,103/21,105/21,108/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

41583027Q

99/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

41571495F

102/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

41585271Y

103/21

NO ESTA INSCRITA EN ESTA CONDICION AL INICIO DEL CURSO

DIS

41571495F

104/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

78549830T

178/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

10907469H

222/21223/21,226/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

Y6747453A

240/21

EL CURSO NO TIENE HORARIO DE MAÑANA Y TARDE

MANUT