Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 374644
Constitución bolsa de trabajo directores/nada de tiempo libre mediante concurso de méritos por el procedimiento abreviado, para el Ayuntamiento de Manacor publicada en el BOIB n.º 68 de 26 de mayo de 2022 y en el BOIB n.º 79 de 18 de junio de 2022
Por decreto de Alcaldía de fecha 1 de julio de 2022, se ha dictado la siguiente resolución:
Antecedentes
El 30 de junio de 2022 la comisión de valoración de la convocatoria de selección de personal para crear una bolsa de de trabajo de directores/ras de tiempo libre mediante concurso de méritos por el procedimiento abreviado para el Ayuntamiento de Manacor, convocatorias publicadas en el BOIB n.º 68 de 26 de mayo de 2022 y en el BOIB n.º 79 de 18 de junio de 2022, propuso a la Alcaldía la constitución definitiva de la mencionada bolsa de trabajo.
Fundamentos de derecho
1- Resolución de Alcaldía n.º 2022-2252 de 24 de mayo de 2022 de aprobación de las bases de la convocatoria para la selección de personal laboral no permanente de duración determinada, mediante concurso, para crear una bolsa de trabajo extraordinario de directores/ras de tiempo libre, a efectos de cubrir directores/ras de tiempo libre con destino a una de las escuelas de verano municipales de s'Illot y la de Son Macià-Calas de Mallorca de 2022, o de las actividades de tiempo libre que puedan sobrevenir por la acción del Ayuntamiento de Manacor en esta materia y publicada en el BOIB n.º 68 de 26 de mayo de 2022.
2.- Resolución de Alcaldía n.º 2022-2673 de 17 de junio de 2022 de aprobación de una nueva convocatoria, debido a que la anterior convocatoria ha dado un resultado de candidatos insuficientes para abordar las dos escuelas de verano programadas y ante la necesidad urgente de encontrar nuevos candidatos para la selección de personal laboral no permanente de duración determinada, mediante concurso, para crear una bolsa de trabajo extraordinario de directores/ras de tiempo libre, y publicada en el BOIB n.º 79 de 18 de junio de 2022.
3.- Artículo 11 del RD Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado público.
Vistos los antecedentes y fundamentos jurídicos mencionados, y visto el informe emitido en fecha 30 de junio de 2022 por la jefa TAG de recursos humanos
RESUELVO
1- Aprobar la propuesta definitiva efectuada por la Comisión de Valoración Tribunal Calificador nombrado al efecto, de la composición final de la bolsa de trabajo de directores/ras de tiempo libre mediante concurso de méritos por el procedimiento abreviado, para el Ayuntamiento de Manacor, convocatorias publicadas en el BOIB n.º 68 de 26 de mayo de 2022 y BOIB n.º 79 de 18 de junio de 2022.
NÚM |
NÚM DNI |
PRIMER LLINATGE |
SEGON LLINATGE |
NOM |
PUNTUACIÓ |
---|---|---|---|---|---|
1 |
****6489F |
NEBOT |
HOMAR |
TONI LLUIS |
3,600 |
2 |
****6969G |
RIUTORT |
LLUIS |
ALBA |
3,557 |
3 |
****6188M |
VENY |
MIRO |
ANDREU GABRIEL |
2,500 |
2. Publicar esta bolsa en el BOIB y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Manacor.
3. Esta bolsa extraordinaria tendrá una vigencia máxima de 3 años desde que se publique la resolución de constitución al BOIB. Una vez haya transcurrido este periodo de tiempo la bolsa pierde la vigencia y no se puede reactivar.
Contra esta resolución, en conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se puede interponer, alternativamente, recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la publicación, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar del día siguiente de la publicación
Si se opta por interponer el recurso de reposición potestativo, no se puede interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o haya transcurrido un mes de su interposición en que se entendería desestimado por silencio. El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso-administrativo, si se ha optado por interponer el recurso de reposición potestativo, será de dos meses contados del día siguiente a la notificación de la resolución exprés del recurso de reposición. Si no hubiera resolución expresa el plazo será de seis meses a contar de la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición.
Todo esto sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se considere oportuno.
(Firmado electrónicamente: 4 de julio de 2022)
El regidor delegado especial de Promoción Económica Joan Gaià y Mascaró