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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR

Núm. 367190
Rectificación de errores materiales en las bases de la convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo de policía local

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Texto

Mediante el presente anuncio se hace público el Decreto de Alcaldía núm. 2022/354 de fecha 1 de julio de 2022, de Rectificación de error advertidos en las bases de la convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo para proveer, con personal funcionario interino, necesidades urgentes existentes en la Policía local del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar, cuyo tenor literal dispone:

Visto que en sesión de fecha 16 de junio de 2022, la Junta de Gobierno acordó la aprobación de las bases y convocatoria para proveer, mediante concurso, las pruebas selectivas para la creación de una bolsa extraordinaria de personal funcionario interino de la categoría policía local de la escala Administración especial, subescala servicios especiales, clase policía local del grupo C, subgrupo C1 para posteriores nombramientos como personal funcionario interino; y ordenar su publicación en el BOIB y en el tablón de anuncios de la página web del Ayuntamiento.

Visto que en fecha 18 de junio de 2022, se publicaron en el Boib núm 79, las bases que regirán el procedimiento selectivo para la creación de una bolsa extraordinaria de personal funcionario interino de la categoría policía local de la escala Administración especial, subescala servicios especiales, clase policía local del grupo C, subgrupo C1 para posteriores nombramientos como personal funcionario interino.

Detectado error material en las bases del procedimiento selectivo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas establece que los errores materiales, de hechos o aritméticos detectados en los actos administrativos podrán ser rectificados en cualquier momento,

RESUELVO

Primero. Rectificar el error material detectado en las bases del procedimiento selectivo para la creación de una bolsa extraordinaria de personal funcionario interino de la categoría policía local de la escala Administración especial, subescala servicios especiales, clase policía local del grupo C, subgrupo C1 para posteriores nombramientos como personal funcionario interino, en el siguiente sentido:

Donde dice:

“Primera.- Objeto, procedimiento de selección y normativa

4. Los nombramientos..(...).

a) La existencia de plazas vacantes cuando no sea posible cubrirlas por personal funcionario de carrera incluidas en la oferta pública de empleo del mismo año o la del siguiente año. La vigencia máxima del nombramiento será de tres años improrrogables, cuyo transcurso determina, en todo caso, el cese del funcionario interino.

b) La sustitución transitoria de las personas titulares.

c) Cuando sea necesario el nombramiento de un funcionario interino por carencia de efectivos.

Debe decir:

“Primera.- Objeto, procedimiento de selección y normativa

4. Los nombramientos.. ..(...).

a) La existencia de plazas vacantes cuando no sea posible cubrirlas por personal funcionario de carrera incluidas en la oferta pública de empleo del mismo año o la del siguiente año. La vigencia máxima del nombramiento será de tres años improrrogables, cuyo transcurso determina, en todo caso, el cese del funcionario interino.

b) La sustitución transitoria de las personas titulares.

Segundo. Rectificar el error material detectado en las bases del procedimiento selectivo para la creación de una bolsa extraordinaria de personal funcionario interino de la categoría policía local de la escala Administración especial, subescala servicios especiales, clase policía local del grupo C, subgrupo C1 para posteriores nombramientos como personal funcionario interino, en el siguiente sentido:

Donde dice:

“Séptima. Funcionamiento de la bolsa

Al haber una vacante, si hace falta proveerla, de acuerdo con el artículo 41 de la Ley 4/2013, modificada por la Ley 11/2017 y el Decreto Ley 6/2021, se puede nombrar a una persona funcionaria interina.

Debe decir:

“Séptima. Funcionamiento de la bolsa

Al existir una vacante, si hace falta proveerla, de acuerdo con el artículo 41 de la Ley 4/2013 modificada por el Decreto ley 6/2022, se puede nombrar a una persona funcionaria interina.

Tercero. Publicar esta resolución en el BOIB y en el tablón de anuncio de la página web del Ayuntamiento.

 

Sant Llorenç des Cardassar, en fecha de la firma (1 de julio de 2022)

El alcalde Pep Jaume Umbert