Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE PORRERES

Núm. 363252
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos núm. 5/2022 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de Crédito extraordinario financiado con cargo al Remanente líquido de tesorería

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Porreres, en sesión ordinaria de 23 de mayo de 2022, aprobó inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 5/2022 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de Crédito extraordinario financiado con cargo al Remanente líquido de tesorería. Durante el trámite de información pública por el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio al BOIB n.º 70 de 31 de mayo de 22, no se han presentado alegaciones.

Por todo esto, queda aprobado definitivamente el expediente de Crédito extraordinario n.º 5/2022 financiado con cargo al Remanente líquido de tesorería, el que se publica a efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Descripción aplicación presupuesto de gastos

Importe

Alta Partida gastos

Instalación deportiva / Campo  de futbol: césped

18.748,83€

342 / 61900

Instalación deportiva / Pabellón: pavimento

1.543,04€

342 / 61901

TOTAL

20.291,87€

 

 

Descripción aplicación presupuesto ingresos

Importe

Alta Partida Ingresos

Remanente de tesorería para gastos generales

20.291,87€

87000

Contra el presente Acuerdo, en virtud del que se dispone en el artículo 171 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de esto, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

 

(Firmado electrónicamente: 29 de junio de 2022)

La alcaldesa Francisca Mora Veny