Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE FONDOS EUROPEOS, UNIVERSIDAD Y CULTURA
Núm. 362247
Resolución del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura en relación con las solicitudes presentadas en la convocatoria de subvenciones para posibilitar el acceso del alumnado de los centros docentes privados, privados concertados, escuelas infantiles municipales y escuelas infantiles de los consejos insulares, que estén autorizados, en las actividades del programa «Viu la cultura» en el curso 2021-2022
Hechos
1.El 9 de junio de 2022, se publicó en la página web de la Dirección General de Cultura la Propuesta de resolución de la directora general de Cultura al amparo de la Resolución del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura, en fecha de 11 de 2022, por la que se convocan subvenciones para posibilitar el acceso del alumnado de los centros docentes privados, privados concertados, escuelas infantiles municipales y escuelas infantiles de los consejos insulares, que estén autorizados, a las actividades del programa «Viu la cultura» en el curso 2021-2022.
2. No se ha presentado ninguna alegación en la Propuesta de resolución mencionada en el apartado 1 anterior.
3. Las personas y entidades solicitantes han hecho constar en la Declaración responsable que conocen y no están incursos en ninguno de los supuestos de prohibición e incompatibilidad por ser beneficiarios de los que prevé el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
4. El objeto de esta convocatoria es posibilitar el acceso de el alumnado de los centros docentes privados, privados concertados, escuelas infantiles municipales y escuelas infantiles de los consejos insulares, que estén autorizados, a las actividades del programa «Viu la cultura» en el curso 2021-2022, durante el período comprendido entre el 30 de septiembre de 2021 y el 23 de junio de 2022, de acuerdo con el anexo 1 de la convocatoria.
5. Las personas y las entidades que figuran en el anexo 1 de esta propuesta han presentado a la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura una solicitud de subvención por posibilitar el acceso de el alumnado de los centros docentes privados, privados concertados, escuelas infantiles municipales y escuelas infantiles de los consejos insulares, que estén autorizados, a las actividades del programa «Viu la cultura» en el curso 2021-2022.
6. El personal de la Dirección General de Cultura ha examinado las solicitudes presentadas y está conforme en los siguientes puntos:
7. Los criterios de orden de prelación para conceder la subvención están establecidos en el artículo 11 de la resolución del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura por la que se convocan subvenciones para posibilitar el acceso del alumnado de los centros docentes privados, privados concertados, escuelas infantiles municipales y escuelas infantiles de los consejos insulares, que estén autorizados, a las actividades del programa «Viu la cultura» en el curso 2021-2022.
8. La subvención debe justificarse mediante la presentación en el registro, en los términos que se indica en el apartado 10.3 y 10.4 de la convocatoria, de la cuenta justificativa a través del modelo normalizado (anexo 6-formulario y anexo 6 -hoja de cálculo ) suscrita por la persona o entidad beneficiaria o por quien la represente, firmados electrónicamente, a los que debe adjuntarse:
9. La persona o la entidad beneficiaria tiene que presentar la cuenta justificativa en el plazo máximo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución de concesión en el Boletín Oficial de las Islas Baleares o, si la fecha de la última función o taller que se haya llevado a cabo fuera posterior a esta publicación, en un plazo máximo de 15 días hábiles después de haber realizado esta última función o taller.
Asimismo, se puede entregar la cuenta justificativa y la documentación justificativa de los gastos subvencionables en el momento de presentar la solicitud, en caso de que se haya llevado a cabo la actividad antes de publicarse la resolución de la convocatoria.
Transcurrido el plazo, sin que se haya presentado la cuenta justificativa, se requerirá a la persona beneficiaria para que, en el plazo improrrogable de 15 días, la presente.
10. Una vez publicada la resolución de concesión de la subvención en el Boletín Oficial de las Illes Balears se tramitará el pago que se llevará a cabo mediante transferencia bancaria, una vez que se haya llevado a cabo la actividad para la que se ha solicitado la subvención y que se haya justificado previamente, en los términos establecidos en la convocatoria.
El pago de las ayudas se realizará, con carácter general, en un único pago, que se hará efectivo una vez justificada la subvención concedida en los términos de esta convocatoria.
El pago de la subvención debe realizarse, en el plazo máximo de seis meses, a contar desde la fecha de entrada de la cuenta justificativa.
11. La subvención se distribuye en las cuantías especificadas en el anexo 1, por beneficiario, existiendo crédito adecuado y suficiente en las partidas 21401.455A01.46001 00, 21401.455A01.46101 00, 21401.455A01.00.4. 48000 00 de los presupuestos generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2022
12. El importe máximo por a esta convocatoria que se puede conceder por persona o entidad beneficiaria es de 2.500 euros.
13. Las ayudas percibidas en virtud de esta convocatoria están sujetas a tributación de IRPF cuando el beneficiario final sea una persona física y no pueda acogerse a exención alguna de las previstas en el artículo 7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto de la renta de las personas físicas.
Fundamentos de derecho
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Aprobar y conceder las subvenciones, por importe total de 5.780,78 euros, a favor de los beneficiarios que figuran en el anexo 1 por el importe individual que se señala.
2. Notificar esta Resolución a las personas y entidades interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura en el plazo de un mes, a contar desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 10.1a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica: (28 de junio de 2022)
La directora general Por delegación de competencia del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura (BOIB 57/2021) Catalina Solivellas Rotger
ANEXO 1 BENEFICIARIOS PROPUESTOS PARA OTORGAR LA SUBVENCIÓN VIU 2022
Nº. expediente |
Fecha de entrada |
Persona o entidad solicitante |
Objeto de la solicitud |
Importe solicitado |
Importe concedido |
---|---|---|---|---|---|
VIU 9/2022 |
25/02/2022 |
FUNDACIÓ ESCOLA CATÒLICA DE LES ILLES BALEARS |
Subvenciones para posibilitar el acceso del alumnado de los centros docentes privados, privados concertados, escuelas infantiles municipales y escuelas infantiles de los consejos insulares, que estén autorizados, a las actividades del programa «Viu la cultura» en el curso 2021-2022. ( CC VERGE DE MONTISION) |
315,00 € |
315,00 € |
VIU 15/2022 |
09/03/2022 |
FUNDACIÓ ESCOLA CATÒLICA DE LES ILLES BALEARS |
Subvenciones para posibilitar el acceso del alumnado de los centros docentes privados, privados concertados, escuelas infantiles municipales y escuelas infantiles de los consejos insulares, que estén autorizados, a las actividades del programa «Viu la cultura» en el curso 2021-2022. (CC SANT VICENÇ DE PAUL – Sôller) |
803,03€ |
803,03€ |
VIU 24/2022 |
11/03/2022 |
ESCUELA INFANTIL POPEYE SL. |
Subvenciones para posibilitar el acceso del alumnado de los centros docentes privados, privados concertados, escuelas infantiles municipales y escuelas infantiles de los consejos insulares, que estén autorizados, a las actividades del programa «Viu la cultura» en el curso 2021-2022. |
146,25€ |
146,25€ |
VIU 25/2022 |
14/03/2022 |
ES LICEU S COOP |
Subvenciones para posibilitar el acceso del alumnado de los centros docentes privados, privados concertados, escuelas infantiles municipales y escuelas infantiles de los consejos insulares, que estén autorizados, a las actividades del programa «Viu la cultura» en el curso 2021-2022. |
1.472,85€ |
1.472,85€ |
VIU 32/2022 |
14/03/2022 |
FUNDACIÓ ESCOLA CATÒLICA DE LES ILLES BALEARS |
Subvenciones para posibilitar el acceso del alumnado de los centros docentes privados, privados concertados, escuelas infantiles municipales y escuelas infantiles de los consejos insulares, que estén autorizados, a las actividades del programa «Viu la cultura» en el curso 2021-2022. (CC SAGRAT COR) |
918,45€ |
918,45€ |
VIU 36/2022 |
14/03/2022 |
FUNDACIÓN EDUCATIVA SANTISIMA TRINIDAD |
Subvenciones para posibilitar el acceso del alumnado de los centros docentes privados, privados concertados, escuelas infantiles municipales y escuelas infantiles de los consejos insulares, que estén autorizados, a las actividades del programa «Viu la cultura» en el curso 2021-2022. (FEST EL TEMPLE) |
670,00€ |
531,75€ |
VIU 39/2022 |
15/03/2022 |
COOP D’ESCOLES INFANTILS DE MAO S. COOP |
Subvenciones para posibilitar el acceso del alumnado de los centros docentes privados, privados concertados, escuelas infantiles municipales y escuelas infantiles de los consejos insulares, que estén autorizados, a las actividades del programa «Viu la cultura» en el curso 2021-2022. (ESCOLA INFANTIL SANT CLIMENT) |
75,00€ |
75,00€ |
VIU 43/2022 |
14/03/2022 |
FUNDACIÓ ESCOLA CATÒLICA DE LES ILLES BALEARS |
Subvenciones para posibilitar el acceso del alumnado de los centros docentes privados, privados concertados, escuelas infantiles municipales y escuelas infantiles de los consejos insulares, que estén autorizados, a las actividades del programa «Viu la cultura» en el curso 2021-2022. (CC L’ASSUMPCIÓ) |
570,00€ |
570,00€ |
VIU 49/2022 |
15/03/2022 |
JOLIVER ASSOCIATS, CB |
Subvenciones para posibilitar el acceso del alumnado de los centros docentes privados, privados concertados, escuelas infantiles municipales y escuelas infantiles de los consejos insulares, que estén autorizados, a las actividades del programa «Viu la cultura» en el curso 2021-2022. (CEI KOALA) |
1,210,00€ |
948,45€ |