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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 360653
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, a propuesta de la directora gerente de la Escuela Balear de Administración Pública, de corrección del error observado en la resolución de 28 de diciembre de 2021 por la que se aprueba la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, del concurso para constituir una bolsa de personal laboral no permamente de la categoría profesional de personal de limpieza de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para llevar a cabo trabajos ocasionales o urgentes, o bien para cubrir puestos de trabajo de interinidad en las islas de Mallorca, Menorca, Eivissa y Formentera

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Texto

La directora gerente de la Escuela Balear de Administración Pública ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Antecedentes

1. Con fecha de 13 de julio de 2021, se publicó en el BOIB (núm. 93) la Resolució de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 9 de julio de 2021, a propuesta de la directora gerente de la Escuela Balear de Administración Pública, por la que se convoca un concurso para constituir una bolsa de personal laboral no permanente de la categoríala resolución de día 9 de julio de 2021 por la que se convocaba un concurso para constituir una bolsa de personal laboral no permanent de la categoría profesional de personal de limpieza de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para llevar a cabo trabajos ocasionales o urgentes, o bien para cubrir puestos de trabajo de interinidad, en las islas de Mallorca, Menorca, Eivissa y Formentera.

2. Mediante la Resolución de 12 de noviembre de 2021 se aprobaron las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en el concurso mencionado, con indicación de las causas de exclusión. Esta resolución se publicó en fecha 15 de noviembre de 2021. En la mencionada lista la Sra. Eulalia Oliver Soler aparece como excluida por dos motivos, no adjuntar certificado negativo del Registro Central de Delinqüentes Sexuales o autorización consulta y por no acreditar los conocimientos de Lengua catalana requeridos.

3. En fecha 1 de enero de 2022, se publicaron en el BOIB (núm.1) las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de la exclusión del concurso para constituir una bolsa de personal laboral no permanente de la categoría profesional de personal de limpieza de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, para llevar a cabo trabajos ocasionales o urgentes, o bien para cubrir puestos de trabajo por interinidad, en las islas de Mallorca, Menorca, Eivissa y Formentera. En la mencionada lista la Sra. Eulalia Oliver Soler aparece como admitida.

4. Revisada de oficio la documentación aportada por la Sra. Eulalia Oliver Soler se comprueba que aportó la autorización para la consulta telemática en el Registro Central de Delincuentes Sexuales y un certificado de los resultados provisionales publicado el 22 de octubre de 2021 de aptitud del nivel B1 de lengua catalana de fecha 5 de noviembre de 2022.

5. En fecha 7 de junio de 2022 se emitió notificación a la persona interesada relativa al trámite de audiencia de fecha 7 de mayo de 2022, por el que se otorgaba un plazo de 10 días hábiles para subsanar la deficiencia detectada en la solicitud y que aportara la documentación acreditativa de disponer del certificado de nivel de lengua catalana en fecha de finalización de presentación de sol.licitudes, exigido en la convocatoria de la bolsa mencionada.

6. En fecha 8 de junio de 2022 la Sra. Oliver presentó escrito de respuesta a la notificación, a pesar de esto, la persona interesada, no ha acreditado el cumplimiento del requisito de nivel de lengua catalana exigido en la convocatoria de la bolsa mencionada, en fecha de finalización de presentación de solicitudes ( 03/08/2022).

Fundamentos de derecho

1. El Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

2. La Resolución de la consejera Presidencia, Función Pública e Igualdad de 13 de julio de 2021, a propuesta de la directora gerente de la Escuela Balear de Administración Pública, por la que se convoca un concurso para constituir una bolsa de personal laboral no permanente de la categoría profesional de personal de limpieza de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para llevar a cabo trabajos ocasionales o urgentes, o bien para cubrir puestos de trabajo por interinidad, en las islas de Mallorca, Menorca, Eivissa y Formentera.

3. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que dice “Las administraciones públicas pueden rectificar, así mismo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

4. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Propuesta de Resolución

Propongo a la Consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Corregir el error advertido en la Resolución de 28 de diciembre de 2021 por la que se aprueban las listas provisionales y definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, del concurso para constituir una bolsa de personal laboral no permanente de la categoría profesional de personal de limpieza de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, para llevar a cabo trabajos ocasionales o urgentes, o bien para cubrir puestos de trabajo por interinidad, en las islas de Mallorca, Menorca, Eivissa y Formentera , y añadir al anexo 2 (lista definitiva de personas excluidas) una persona que constaba admitida y que se declara definitivamente excluida.

3. Eliminar del anexo 1 (lista definitiva de personas aspirantes admitidas) la Sra.Eulalia Oliver Soler.

4. Publicar la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y en el web <http://oposicions.caib.es>.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 i 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

(Firmado electrónicamente: 23 de junio de 2022)

  La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad
La directora gerente de la EBAP Mercedes Garrido Rodríguez
Maria del Carmen Iglesias Manjón  

 

ANEXO 1 Corrección de error advertido

Lista definitiva de personas excluidas

1.  Se añade a la lista definitiva de personas excluidas, la persona siguiente:

Nombre

DNI

Motivo de exclusión

OLIVER SOLER, EULALIA

***1040*

NO ACREDITA LOS CONOCIMIENTOS DE LENGUA CATALANA REQUERIDOS

 

ANEXO 2

Lista definitiva de personas aspirantes admitidas

2.  Se elimina de la lista definitiva de personas aspirantes admitidas, la persona indicada en el punto anterior.