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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 352138
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 6 de junio de 2022, relativo a la aprobación de las bases que rigen las ayudas a la gente joven que necesita apoyo para adquirir equipos informáticos, financiar permisos de conducción y participar en actividades formativas, para realizar su proyecto de vida y la convocatoria para el año 2022 (Exp. 5227-2022-000002)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 633977

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b i 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/633977):

Primero. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarias de la solicitud de ayuda las personas jóvenes que cumplan los requisitos siguientes:

a) Tener, el año de la convocatoria, entre 18 y 30 años.

b) Estar empadronadas en Menorca como mínimo los 6 meses anteriores a la fecha final del plazo de presentación de solicitudes.

c) Haber realizado las actividades subvencionables desde el inicio del año académico actual hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

d) Cumplir los requisitos económicos previstos en las bases de la convocatoria.

Segundo. Objeto

El objeto de las bases de esta convocatoria es conceder ayudas a la adquisición de equipos informáticos, a la formación no reglada y a la obtención de permisos de conducción para la gente joven de entre 18 y 30 años, ambos incluidos, y que sufre una situación de vulnerabilidad económica y social, para paliar los efectos económicos y sociales de carácter negativo producidos en los y las jóvenes de Menorca a consecuencia de la crisis económica que les afecta y que se ha visto agraviada por la situación sanitaria derivada de la covid-19 y la posterior crisis de la energía en un contexto de doble insularidad.

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se rige por las bases aprobadas por acuerdo del Consejo Ejecutivo en la sesión de carácter ordinario de 6 de junio de 2022.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 75.000 € (setanta y cinco mil euros), con el siguiente desglose:

  • Línea 1. Adquisición de equipos informáticos: quince mil euros (15.000,00 €).
  • Línea 2a. Formación no reglada: permisos de conducción: treinta mil euros (30.000,00€).
  • Línea 2b. Formación no reglada: actividades formativas no regladas artísticas, culturales, de ocio y deportivas: treinta mil euros (30.000,00€).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a estas ayudas empieza el día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears y finaliza el 31 de julio de 2022.

Sexto. Otros datos.

Los importes máximos que pueden recibir los distintos beneficiarios serán los siguientes:

En la línea 1: El importe máximo que se puede conceder para la línea 1 es de 500 €/persona beneficiaria por gastos de compra de ordenadores, tabletas, impresoras, routers, repetidores y otros con funcionalidades equivalentes.

En la línea 2a: El importe máximo que se puede conceder por la línea 2a es el 50% por persona beneficiaria del coste de carné, licencia y curso de formación para obtener la calificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera de mercancías o de viajeros (CAP). Este importe no puede superar los 1.000 € e incluye

  • Gastos de matrícula y clases teóricas y prácticas en autoescuelas.
  • Gastos de tramitación o gestión del expediente por parte de las autoescuelas.
  • Gastos de tasas de examen por obtención de permisos de conducción de cualquier clase de vehículo y del certificado de aptitud profesional (CAP).

En la línea 2b: El importe máximo que se puede conceder por la línea 2b es de 300 €/persona beneficiaria, por gastos de matrícula y de las cuotas por participar en actividades artísticas, culturales, de ocio y deportivas.

 

Maó, a 20 de junio de 2022

El secretario del Consejo Ejecutivo Por delegación de la presidenta (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019) Octavio Pons Castejón