Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 351884
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores por la que se modifica la Resolución de 6 de agosto de 2019 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 6 de agosto de 2019, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 110, de 10 de agosto, se delegaron determinadas competencias, así como la firma de algunos documentos, en determinados órganos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y se fijó el régimen de suplencias de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores.

2. Esta resolución ha sido objeto de diferentes modificaciones, por medio de las resoluciones de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 23 de octubre de 2019 (BOIB nº 146, de 26 de octubre), de 2 de enero de 2020 (BOIB nº 2, de 4 de enero), de 15 de marzo de 2021 (BOIB nº 37, 18 de marzo) y de 27 de abril de 2022 (BOIB nº 58, de 3 de mayo). Asimismo, la citada resolución ha sido objeto de las correcciones de errores que resultan de las resoluciones de 19 de agosto de 2019 (BOIB nº 116, de 24 de agosto), de 2 de septiembre de 2019 (BOIB nº 123, de 7 de septiembre) y de 18 de mayo de 2022 (BOIB nº 67, de 24 de mayo).

3. Como consecuencia de las modificaciones y rectificaciones citadas, se ha advertido que el contenido del apartado 3 de la Resolución, relativo a la delegación de competencias en el antiguo director general de Cooperación Local y Patrimonio de determinadas funciones en materia de patrimonio, no tiene ningún objeto; no solo porque la citada dirección general ha sido sustituida por la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, sino también porque las funciones mencionadas ya forman parte de la delegación de competencias a favor de la actual directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio a que se refieren las letras e), f), g) y h) del apartado 2 de la Resolución, en virtud de la modificación de esta efectuada por la Resolución de 18 de marzo de 2021.

4. Asimismo, se considera adecuado ampliar el alcance de las competencias delegadas en la secretaria general en materia de contratación administrativa y en materia de hacienda pública. Por un lado, con la finalidad de que abarque también las actuaciones de contratación (originarias, pues, de la consejera) en el ámbito de los acuerdos marco, de los sistemas dinámicos de adquisición y de los contratos centralizados, reservando en todo caso a la consejera la resolución de inicio de los expedientes, en la medida en que estos son procedimientos absolutamente reglados. Y, por otro, para incluir la resolución de los procedimientos de compensación de deuda de importe superior a 500.000 euros solo en los supuestos en que se trate de entes del sector público autonómico, en atención a la escasa relevancia que tienen para la hacienda pública, considerada en su conjunto, al tratarse de créditos y deudas entre la Administración de la Comunidad Autónoma y sus propias entidades instrumentales.

5. Además de ello, y también por razones de agilidad administrativa, se considera adecuado delegar en el Servicio de Salud de las Illes Balears la función originaria de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores correspondiente a la emisión de los informes jurídicos relativos a los contratos de factoraje o análogos a que se refiere el artículo 17 de la Orden del consejero de Hacienda y Presupuestos de 18 de junio de 2001 de regulación del procedimiento para el pago de obligaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, siempre que se trate de cesiones globales de crédito que únicamente afecten a deudas del Servicio de Salud de las Illes Balears de acuerdo con el alcance de las notificaciones de este tipo de cesiones que realicen los acreedores interesados, en el marco del artículo 17 de la Orden mencionada y del artículo 200 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

2. Los artículos 25, 26 y 42 c) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en el que se nombra a la señora Rosario Sánchez Grau consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.

5. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Illes Balears.

6. El Decreto 63/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio de Salud de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar la letra a) y el primer punto de la letra d) del apartado 1 de la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 6 de agosto de 2019 de delegación de competencias y de la delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, que pasa a tener la siguiente redacción:

a) En materia de contratación, el ejercicio de todas las facultades y actuaciones previstas en la legislación de contratos del sector público, tales como, en particular, y entre otras, la designación de los miembros de las mesas de contratación, la adjudicación y la formalización de los contratos —incluidos los contratos centralizados y los acuerdos marco—, así como la implantación de sistemas dinámicos de adquisición y la adjudicación y la formalización de los contratos basados en estos acuerdos marco y en los sistemas dinámicos de adquisición; todo ello con excepción únicamente de las resoluciones de inicio de los correspondientes expedientes.

[...]

d) [...]

1º. La resolución de los procedimientos relativos a compensación de deudas a favor de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a que se refiere el artículo 17 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, salvo los expedientes de cuantía superior a 500.000 euros, siempre que, en este último caso, la compensación no se limite únicamente a deudas de entidades instrumentales de la Administración de la Comunidad Autónoma.

2. Dejar sin contenido el apartado 3 de la citada resolución.

3. Añadir un segundo párrafo en el apartado 8 de la citada resolución, con el siguiente contenido:

Asimismo, se delega en la directora del Área de Coordinación Administrativa de los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Illes Balears la función de emitir los informes jurídicos relativos a contratos de factoraje o análogos a los que se refiere el artículo 17 de la Orden del consejero de Hacienda y Presupuestos de 18 de junio de 2001 de regulación del procedimiento para el pago de obligaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, cuando se trate de cesiones globales de crédito que únicamente afecten a deudas del Servicio de Salud de las Illes Balears de acuerdo con el alcance de las notificaciones de este tipo de cesiones que realicen los acreedores interesados, en el marco del artículo 17 de la citada orden y del artículo 200 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma (22 de junio de 2022)

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores Rosario Sánchez Grau