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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MOVILIDAD Y VIVIENDA
Núm. 351228
Extracto de la convocatoria de ayudas para el sector del transporte público por carretera de mercancías para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas del incremento del precio de la energía
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. b) y 20.8. a ) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de esta convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero Beneficiarios
1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas jurídicas con domicilio en las Illes Balears, que sean titulares de autorización de transporte público de mercancías, MDP o MDL, y que hayan incrementado los costes de combustible como mínimo en un 5 %, el primer trimestre del año 2022 en comparación al primer trimestre del año 2021.
2. Los beneficiarios, en el momento de presentar la solicitud, deberán cumplir todos los requisitos previstos en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
Segundo Finalidad
Estas ayudas tienen por finalidad afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas del incremento del precio de la energía.
Tercero Bases reguladoras
El día 3 de agosto de 2021 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 103 la Orden del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de transporte público por carretera de viajeros y mercancías. Estas bases prevén que el inicio del procedimiento, mediante la resolución de convocatoria de la subvención, corresponderá al consejero de Movilidad y Vivienda.
Esta convocatoria incorpora la Orden del consejero de Movilidad y Vivienda por la que se modifican las bases reguladoras de 29 de julio de 2021.
Cuarto Importe
El importe de la convocatoria es de 2.500.000 € para el año 2022, que se tienen que distribuir por autorización MDP o MDL según el tonelaje y con los máximos y mínimos que a continuación se indican, hasta el límite máximo establecido en el Marco temporal aprobado por la Comisión Europea en la Comunicación 2022/C 131 1/01:
— Hasta 3,5 toneladas de MMA: entre 800 y 1.000 € por vehículo
— Más de 3,5 y hasta 7,5 toneladas de MMA: entre 1.000 y 1.200 € por vehículo
— Más de 7,5 y hasta 12 toneladas de MMA: entre 1.400 y 1.600 € por vehículo
— Más de 12 toneladas de MMA: entre 1.800 y 2.000 € por vehículo
Quinto Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (22 de junio de 2022)
El consejero de Movilidad y Vivienda Josep Marí i Ribas