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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 346430
Resolución conjunta del director general de Planificación, Ordenación y Centros y de la directora general de Personal Docente de 20 de junio de 2022 de corrección del error observado en el anexo 2 de la Resolución conjunta del director general de Planificación, Ordenación y Centros y de la directora general de Personal Docente de día 26 de abril de 2022 por la que se aprueba la convocatoria pública para cubrir, en comisión de servicios, plazas de profesor del Instituto de Enseñanzas a Distancia de las Illes Balears ( IEDIB)

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Texto

Hechos

1. En fecha 28 de abril de 2022 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears la Resolución conjunta del director general de Planificación, Ordenación y Centros y de la directora general de Personal Docente de 26 de abril de 2022 por la cual se aprueba la convocatoria pública para cubrir, en comisión de servicios, plazas de profesor del Instituto de Enseñanzas a Distancia de las Islas Baleares (IEDIB).

2. Se ha advertido un error material que debe corregirse en el apartado 14 y 22 del anexo 2 de la convocatoria, dado que en la relación de plazas se asignó a la especialidad de FOL las materias de FOL y empresa iniciativa emprendedora con un total de 1,5 plazas y también se asignó a la especialidad de orientación los módulos de FOL y tareas de orientación con un total de 0,5 de plazas.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición. Así mismo, la rectificación de errores tiene que especificar, si procede, los efectos jurídicos que se deriven, y debe notificarse o publicarse preceptivamente cuando haga referencia a actos que hayan sido notificados o publicados.

2. Decreto 43/2021 de 8 de noviembre por el cual se regulan las enseñanzas a distancia y semipresenciales y se establece la estructura, la organización y el funcionamiento del Instituto de Enseñanzas a Distancia de las Illes Balears.

Por todo ello, se dicta la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Rectificar el error observado en el apartado 14 y 22 del anexo 2 de la Resolución conjunta del director general de Planificación, Ordenación y Centros y de la directora general de Personal Docente de día 26 de abril de 2022 por la cual se aprueba la convocatoria pública para cubrir, en comisión de servicios, plazas de profesor del Instituto de Enseñanzas a Distancia de las Illes Balears (IEDIB), publicada el 28 de abril de 2022 en el BOE número 56.

Donde dice

Anexo 2 Relación de plazas

(....)

14 Especialidad: FOL

Materias asignadas: FOL y Empresa iniciativa emprendedora.

Número de plazas: 1,5

(....)

22 Especialidad: Orientación.

Módulos asignados: FOL y trabajos de orientación.

Número de plazas: 0,5

Debe decir:

Anexo 2 Relación de plazas

(....)

14. Especialidad: FOL

Materias asignadas: FOL y empresa iniciativa emprendedora.

Número de plazas: 2

(....)

22. Especialidad: Orientación.

Módulos asignados: trabajos de orientación.

Número de plazas: 0,5

2. Publicar esta Resolució en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que no agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y lo establecido en el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, 20 de junio de 2022

El director general de Planificación,Ordenación y Centros

Antonio Morante Milla

La directora general de Personal Docente

Rafaela Sánchez Benítez