Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Núm. 344811
Propuesta de resolución del director general de Energía y Cambio Climático por la que se aminora la cantidad de la ayuda en el marco de la convocatoria pública para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a particulares, entidades sin ánimo de lucro, empresas y asociaciones empresariales
Hechos
1. El 31 de diciembre de 2020 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica dirigida a particulares, entidades sin ánimo de lucro, pequeñas y medianas empresas y asociaciones empresariales mediante la Resolución del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 23 de diciembre de 2020.
2. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta propuesta obtuvieron una subvención para la implantación de instalaciones renovables.
3. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta propuesta presentaron la documentación justificativa de las actuaciones realizadas, donde se acredita que el importe de la actuación ha sido inferior al previsto inicialmente o se ha reducido la instalación.
4. Los servicios técnicos competentes han informado favorablemente el pago de las subvenciones descritas en el anexo, donde se incluye una minoración del importe proporcional a las modificaciones realizadas, las cuales se han calculado de acuerdo con la Resolución de convocatoria de estas ayudas.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).
2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre de 2004).
3. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB n.º 72, de 24 de mayo 2008).
4. La Resolución del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 23 de diciembre de 2020 por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a particulares, entidades sin ánimo de lucro, pequeñas y medianas empresas y asociaciones empresariales (BOIB n.º 216, de 31 de diciembre de 2020).
Propuesta de resolución
Propongo al consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Reconocer la obligación y proponer el pago de una subvención a los beneficiarios que figuran en el anexo, de acuerdo con el importe que se indica.
2. Establecer que los beneficiarios están obligados a cumplir lo dispuesto en el apartado undécimo de la Resolución del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 23 de diciembre de 2020.
3. Disponer que toda alteración de las condiciones establecidas para la concesión de la subvención, así como la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones públicas o entes públicos, nacionales o internacionales, dará lugar a la revisión parcial o total de la subvención y, por lo tanto, al reintegro de la cantidad correspondiente más los intereses de demora.
Contra esta propuesta de resolución, podrá alegar lo que considere conveniente en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears. En caso contrario, se entenderá que está conforme con el contenido de la propuesta.
Palma, 17 de junio de 2022
El director general de Energía y Cambio Climático José Guillermo Malagrava Rigo
ANEXO Lista de beneficiarios propuestos
Núm. Expediente |
Solicitante |
NIF |
Subvención a pagar |
Subvención propuesta |
Importe a desvincular |
Motivo |
---|---|---|---|---|---|---|
FOTEMPAR-314/2021 |
EIVINVEST SL |
***5795** |
3.111,50 |
8.640,00 |
5.528,50 |
Se trata de una empresa vinculada y con aportación de albaranes justifica el importe de 10.371,66€ para 19.92 kWp |
FOTEMPAR-533/2021 |
DIEGO JAVIER RUBERT JIMENEZ |
***2816** |
1.125,34 |
1.947,00 |
821,66 |
No presenta justificante de pago de la factura n.º 19461 con fecha de 12/08/2021.no presenta justificante de pago de la factura n.º 19461 con fecha de 12/08/2021. |
FOTEMPAR-703/2021 |
AMADIP ESMENT FUNDACIÓ |
***0657** |
8.992,68 |
15.456,00 |
6463,32 |
La única factura presentada DENTRO DEL PLAZO De EJECUCIÓN tiene un importe de 22.481,69€ para 37,85 kWp |
FOTEMPAR-1169/2021 |
PEDRO JUAN RIBAS |
***4572** |
2.167,15 |
2.202,75 |
35,60 |
Reduce el precio del Wp de 1,65€/Wp a 1,44€/Wp |
FOTEMPAR-1224/2021 |
FRANCISCO PEREZ URBANO |
***2123** |
1.847,24 |
2460,64 |
613,41 |
Reduce el precio del Wp de 1,64€/Wp a 1,23€/Wp |
FOTEMPAR-2135/2021 |
BARTOLOME VACHIANO ARROM |
***1542** |
2.069,62 |
2.475,00 |
405,38 |
Reduce el precio del Wp de 1,65€/Wp a 1,38€/Wp |
FOTEMPAR-2364/2021 |
INVERSIONES LLAÜT SLU |
***3355** |
4.816,80 |
5.392,80 |
576,00 |
Reduce potencia FV de 14.98 kWp a 13,38 kWp |
FOTEMPAR-2714/2021 |
MEDIKA CB |
***7454** |
3.753,00 |
4.185,00 |
432,00 |
Reduce capacidad de acumulación de litio de 14.4 kWh a 9,6 kWh |