Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 339946
Notificación de Resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, 2ª Prórroga de fecha 2 de junio de 2022, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 17 de marzo de 2015 por la que se aprueba la convocatoria de ayudas destinadas a la Protección de variedades autóctonas en riesgo de Erosión Genética, para el año 2015 (Prórroga 2021)
El apartado 8.4. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 17 de marzo de 2015 por la que se aprueba la convocatoria para la Protección de variedades autóctonas en riesgo de Erosión Genética, para el año 2015 (Prórroga 2021), especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, con fecha 2 de junio de 2022, firmó la siguiente resolución,
"PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 10.1.3- Protección de variedades autóctonas en riesgo de Erosión Genética.
Segunda Prórroga 2015 - Campaña 2021
Código DIR3: A04026954
Código SIA: 2405524
Código BDNS: 546194
Antecedentes
1.Con fecha 26 de febrero de 2015, se publicó en el BOIB núm. 29 la Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014- 2020.
2.Con fecha de 19 de marzo 2015 se publicó, en el BOIB núm. 38, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas a la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética.
3.Con fecha 11 de junio de 2015 se publicó, en el BOIB núm. 87, una modificación de la Resolución citada anteriormente.
4.Con fecha 30 de enero de 2021 se publicó, en el BOIB núm. 13, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2021, de las ayudas para prorrogar los compromisos asumidos para la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética.
5.Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.
6.Con fecha 13 de mayo se publicó en la web del FOGAIBA la propuesta provisional resolución de concesión indicando los motivos de reducción
7.Los interesados señalados en el Anexo I adjunto no han presentado alegaciones, en tiempo y forma.
Fundamentos de derecho
1.Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 17 de marzo de 2015 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas para la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética.
2.Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 22 de julio de 2016 (BOIB núm 95 de 28 de julio) por la que se modifican los créditos y las cofinanciaciones de diversas convocatorias de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a las medidas contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
3.Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 30 de enero de 2021, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2021, de las ayudas para prorrogar los compromisos asumidos para la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética.
4.Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 12 de febrero de 2022 (BOIB núm 23 de 12 de febrero) por la que se modifican los créditos y las cofinanciaciones de diversas convocatorias de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a las medidas contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
5.Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.
6.Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.
7.Reglamento delegado (UE) núm. 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en cuanto al sistema integrado de gestión y control y las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural ya la condicionalidad .
8.Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
9.Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.
10.Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
11.Real decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de soporte a la cosecha en verde, en el sector vitivinícola.
12.Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
13. Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
14.Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
15.Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
16.Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
17.Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Islas Baleares.
18.Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), a la comunidad autónoma de las Islas Baleares BOIB núm. 082 de 2007; en virtud de la Orden de la consejera de Agricultura y pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero por parte del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, establece en el artículo 1 que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consejería de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero, a partir de 1 de enero de 2006.
19.Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Propuesta de Resolución de concesión
Por todo ello, se informa favorablemente y propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1.Conceder la ayuda solicitada a los beneficiarios por los importes y con los plazos detallados en el anexo 1, que son un total de 6 expedientes y que comienza con MARIA EULÀLIA ADROVER LÓPEZ y termina con FRANCINA DELS ÀNGELS MATEU JUAN que suma un importe total de QUINCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA EUROS Y SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS (15.240,78 €euros) relativa a la línea de ayudas “Fomento de protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética”.
2.Autorizar y disponer el gasto señalado en cada una de las personas beneficiarias con los porcentajes de cofinanciación detallados en el anexo 1.
3.Determinar la superficie comprometida por persona beneficiaria y grupo de cultivo detallados en el anexo 1.
4.Determinar que, de acuerdo con lo que establece la convocatoria de referencia, las obligaciones de los beneficiarios serán las indicadas la convocatoria.
5.Informar a los beneficiarios de que sus expedientes se encuentran a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA (calle de Reina Constança, nº 4 de Palma).
6. Publicar la resolución en el BOIB.
Interposición de recursos
1.Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conseller de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma,
El jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural José Javier Nadal Coll |
Conforme con la propuesta, dicto resolución Palma, 2 de junio de 2022 |
El vicepresidente del FOGAIBA Fernando Fernández Such” |
ANEXO 1:LISTADO PERCEPTORES INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN/ RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN
Núm. Expediente |
CIF_NIF |
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL APELLIDOSS |
Grupo de Cultivo |
SOLICITADO |
SPF. Concedida |
Importe concedido |
Importe total |
Importe FEADER |
Importe MAGRAMA |
Importe CAIB |
Importe reducido |
MOTIVO |
|
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
VARIETAT REG |
SPF |
||||||||||||
04000615 |
***6003** |
MARIA EULÀLIA ADROVER LÓPEZ |
HORTÍCOLES |
PEBRE TAP DE CORTÍ |
0,67 |
0,67 |
2339,34 |
2319,52 |
1159,76 |
115,98 |
1043,78 |
-19,82 |
incompliment codi 6,requisit de compromís secundari 10% |
FAVES MALL. |
5,47 |
3,07 |
|||||||||||
BLAT XEIXA |
3,44 |
2,05 |
|||||||||||
04001725 |
***6524** |
LLUIS CIRERA PLANAS |
HERBACIS |
FAVES MALL. |
3,78 |
2,55 |
2819,32 |
2410,01 |
1205,01 |
120,5 |
1084,5 |
-409,31 |
incompliment codi 6,requisit de compromís secundari, 5% |
CIVADA ROSSA |
4,51 |
2,27 |
|||||||||||
BLAT XEIXA |
7,84 |
2,21 |
|||||||||||
04002272 |
***8266** |
FRANCESC XAVIER MORATINOS JAUME |
HERBACIS |
BLAT MORT |
0,75 |
0,75 |
1101,29 |
1017 |
508,5 |
50,85 |
457,65 |
-84,29 |
incompliment codi 6,requisit de compromís secundari 10% |
BLAT XEIXA |
2,09 |
2 |
|||||||||||
04003969 |
***8611** |
JORGE SASTRE SACARES |
HERBACIS |
FAVES MALL. |
16,1 |
6,36 |
7272,55 |
6402,01 |
3201,01 |
320,1 |
2880,9 |
-1101,54 |
incompliment codi 6,requisit de compromís secundari 10% |
CIVADA ROSSA |
4,93 |
2,31 |
|||||||||||
CIURÓ MALL. |
4,43 |
4,43 |
|||||||||||
BLAT MORT |
1,19 |
1,19 |
|||||||||||
BLAT XEIXA |
49,36 |
3,73 |
|||||||||||
04005116 |
***9154** |
JAIME ROIG SALOM |
HERBACIS |
CIURÓ MALL. |
3,49 |
3,49 |
2238,63 |
1535,67 |
767,84 |
76,78 |
691,05 |
-702,96 |
incompliment codi 6,requisit de compromís secundari 10% |
BLAT XEIXA |
4,59 |
2,09 |
|||||||||||
04005414 |
***1905** |
FRANCINA DELS ANGELS MATEU JUAN |
FRUITERS |
FIGUERES |
0,53 |
0,53 |
2042,58 |
1556,57 |
778,29 |
77,83 |
700,45 |
-486,01 |
incompliment codi 6,requisit de compromís secundari 5% |
HERBACIS |
CIVADA ROSSA |
25,01 |
4,47 |
||||||||||
6 expedientes |
TOTAL |
15240,78 |
7620,41 |
762,04 |
6858,33 |
|
|
(Firmado electrónicamente: 15 de junio de 2022)
El director gerente del FOGAIBA
Mateu Morro Marcé