Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 339788
Extracto de la convocatoria de ayudas para apoyar y fomentar la ocupación y la competitividad de las cooperativas y microcooperativas en el ámbito territorial de les Illes Balears

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (identificador): 633058

En conformidad con aquello previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto de la cual se puede consultar a la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Las cooperativas y las microcooperativas legalmente constituidas, con domicilio fiscal y centro de trabajo donde se realiza la actuación en la comunidad autónoma de las Islas Baleares, e inscritas en los registros de cooperativas y de sociedades laborales de la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular.

Segundo. Finalidad:

Esta convocatoria de ayudas tiene como finalidad apoyar y fomentar la ocupación y la competitividad de las cooperativas y microcooperativas en el ámbito territorial de las Islas Baleares.

La convocatoria se dirige a financiar la agrupación de socios fundadores de la cooperativa o microcooperativa fomentando la economía social mediante la promoción de la ocupación.

Tercero. Importe:

El importe de la ayuda será de 6.000 euros para cada socio fundador.

Se puede subvencionar un máximo de 3 socios fundadores.

Cuarto. Actuación elegible:

4.1. El fomento de la ocupación y la mejora de la competitividad de las cooperativas, mediante la agrupación de varias personas como socios fundadores de la cooperativa o microcooperativa. Estos socios fundadores tienen que encontrarse inscritos en demanda de ocupación en el servicio público de ocupación, con anterioridad en la constitución de la cooperativa o de la microcooperativa.

4.2 Las persones socias tienen que darse de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social con carácter previo a la solicitud. La fecha de alta a la Seguridad Social de las incorporaciones de socios o socias se tiene que producir entre el 1 de octubre 2020 y el 30 septiembre de 2021.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

5.1. Las solicitudes se tienen que presentar en el plazo de un mes contador a partir del cuarto día de la publicación de esta resolución al Boletín Oficial de las Islas Baleares.

5.2. El periodo subvencionable comprende del día 1 de octubre de 2020 en el día 30 de septiembre de 2021, ambos incluidos.

Palma, 14 de junio de 2022

El secretario general de Modelo Económico, Turismo y Trabajo Jaume Colom Adrover (Por delegación de competencias del consejero de  Modelo Económico, Turismo y Trabajo BOIB 97/2019