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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS
Núm. 339477
Extracto de la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para apoyar la proyección exterior de la edición y la promoción de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración de las Illes Balears para el año 2022
BDNS 631370
De acuerdo con lo previsto en los artículos 17.3 y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Beneficiarios
1.1. Son beneficiarios de las subvenciones:
1.1.1. En cuanto al apoyo a la movilidad, al que se hace referencia en el punto 1.2.a), son beneficiarios los autores, los responsables de editoriales, los organizadores de festivales literarios que soliciten movilidad para autores baleares, los investigadores y los agentes culturales de las Illes Balears.
1.1.2. En cuanto al apoyo a la edición y la promoción, líneas b) y c), son beneficiarias las personas jurídicas o físicas que estén dadas de alta en el censo tributario y/o el impuesto de actividades empresariales (IAE) en epígrafes vinculados al sector editorial o bien que tengan como objeto social el desarrollo de actividades de carácter profesional relacionadas con el sector editorial.
1.2. Quedan excluidas como beneficiarias las entidades de derecho público o privado vinculadas o dependientes de administraciones públicas, así como cualquier empresa u organización en la que la participación de estos entes sea mayoritaria.
1.3. No pueden ser beneficiarias de ayudas las siguientes personas físicas o jurídicas:
a) Las que incurran en cualquiera de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de las Illes Balears, entre las que están haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, estar declaradas en concurso, estar sujetas a intervención judicial o haber sido inhabilitadas de acuerdo con la Ley concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
b) Las que hayan sido sancionadas o condenadas por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
c) Las que hayan sido sancionadas mediante una resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener una subvención, de acuerdo con la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar la LGTBI-fobia, o cualquier otra aplicable.
Segundo. Objeto y finalidad
2.1. Esta convocatoria tiene por objeto contribuir a la proyección exterior de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración de las Illes Balears de carácter profesional durante el periodo comprendido entre el 16 de noviembre de 2021 y el 30 de noviembre de 2022, con el fin de fomentar el intercambio y la relación cultural entre Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera y entre las Illes Balears y el exterior.
2.2. Se establecen tres líneas de subvención, la primera de las cuales es excluyente de las otras dos:
a) Apoyo a la movilidad de autores, responsables de editoriales, investigadores y agentes culturales vinculados al ámbito de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración para asistir a ferias, festivales, presentaciones y jornadas profesionales de fuera de la isla de residencia.
La asistencia a ferias y/o festivales tiene que estar vinculada a la participación del solicitante en las actividades profesionales de la feria y/o festival.
En caso de asistencia a jornadas de formación, solo se subvenciona la asistencia a jornadas de formación especializadas, destinadas exclusivamente a atender las necesidades de formación de los profesionales del sector de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración.
b) Apoyo a la edición de proyectos editoriales vinculados a la proyección exterior del libro, independientemente de su soporte, sea físico y/o digital, y de su formato, que se concreten en:
Estos proyectos editoriales tienen que ir acompañados de un proyecto de promoción exterior del libro (distribución nacional o internacional, promoción en entorno digital, promoción en redes, participación en encuentros telemáticos y/o presenciales, presentación fuera de la isla de residencia, difusión en plataformas de ferias profesionales, etc.).
c) Apoyo a actividades de promoción de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración de las Illes Balears.
Se pueden solicitar ayudas para:
2.3. No se pueden subvencionar proyectos que vulneren los derechos de los colectivos LGTBI+, los derechos de las mujeres y los derechos humanos.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio).
Cuarto. Importe e imputación presupuestaria
4.1. El crédito asignado a esta convocatoria es de 240.000 € (doscientos cuarenta mil euros) con cargo al capítulo 4 del presupuesto del IEB de 2022.
4.2. El importe global que comprende esta convocatoria se distribuye en las siguientes líneas de ayudas:
4.3. La concesión de las ayudas previstas en esta convocatoria queda condicionada a la disponibilidad presupuestaria establecida en el apartado anterior.
4.4. Siempre que la disponibilidad presupuestaria lo permita, se puede incrementar el importe de esta convocatoria. El importe consignado inicialmente se puede ampliar mediante una resolución de ampliación del crédito asignado. Esta ampliación, salvo que se establezca otra cosa, no implica que el plazo para presentar solicitudes se amplíe, y no afecta a la tramitación ordinaria de las solicitudes presentadas y no resueltas de forma expresa.
4.5. En caso de que no se llegue a otorgar la totalidad del presupuesto de cada línea, el remanente se tiene que otorgar proporcionalmente a las otras líneas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes, dirigidas al IEB, empieza el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOIB y permanecerá abierto hasta el día 30 de septiembre de 2022.
(Firmado electrónicamente: 13 de junio de 2022)
El presidente del Instituto de Estudios Baleáricos Miquel Company Pons