Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ
Núm. 336178
Constitución de la bolsa de trabajo de personal funcionario interino TAE ingeniero industrial del Ayuntamiento de Santanyí
Mediante este anuncio se hace público que, en fecha 9 de junio de 2022, se ha emitido decreto de Alcaldía, cuyo tenor literal dispone:
“Constitución de la bolsa de trabajo de personal funcionario interino TAE ingeniero industrial del Ayuntamiento de Santanyí.
Antecedentes
1. Vista la convocatoria del proceso selectivo para la creación de una bolsa de trabajo, de personal funcionario interino, TAE ingeniero industrial, grupo A, subgrupo A1, mediante concurso-oposición, del Ayuntamiento de Santanyí, las bases de la que se publicaron en el BOIB núm. 33, de 5 de marzo de 2022.
2. Visto que, en fecha 09 de junio de 2022, han sido publicados, en la página web del Ayuntamiento, los resultados definitivos del citado proceso selectivo.
Por todo lo expuesto, en virtud de las facultades que me son conferidas por la legislación vigente,
DISPONGO:
Primero. Constituir la bolsa de trabajo de personal funcionario interino, ingeniero industrial, escala de Administración especial, del grupo A, subgrupo A1, a efectos de cualquier supuesto de nombramiento como personal funcionario interino, de acuerdo con el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 15 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de las Islas Baleares, con el siguiente orden de prelación de acuerdo con el orden de puntuación obtenida en el proceso selectivo:
Orden |
Nombre y apeliidos |
DNI |
Total |
1 |
MONSERRAT QUETGLAS CATALINA M. |
***3889** |
60,82 |
2 |
COMPANY SASTRE FRANCISCO |
**5161*** |
59,19 |
3 |
MITJÀ SERRA PERE |
****4513* |
37,19 |
Segundo. Publicar el anuncio de esta resolución en la página web www.ajsantanyi.net y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.”
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de este edicto, ante la alcaldesa de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Documento firmado electrónicamente al margen (14 de junio de 2022)
La alcaldesa
María C. Pons Monserrat