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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 336107
Rectificación error material del Acuerdo de la Junta de Gobierno de día 18 de mayo de 2020 por el cual se aprueba la Oferta de Ocupación Pública del Ayuntamiento de Llucmajor que articula los procesos de estabilización de ocupación temporal de la Ley 20/2021, del 28 de diciembre

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La junta de Gobierno, en sesión llevada a cabo día 1 de junio de 2022, ha adoptado el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Rectificar el error detectado en el Bloc A del Anexo que recoge las plazas que son objeto de estabilización, el sistema de selección de las cuales es el de concurso-oposición, en el siguiente sentido:

DONDE DICE:

- Personal laboral del Ayuntamiento de Llucmajor

Personal laboral

CATEGORÍA

DESCRIPCIÓN

NIVEL

NÚMERO

Titulado universitario grado medio

Agente de desarrollo local

N2

2

Técnico/a grado medio

Encargado/a

N3.3

1

Personal especializado

Oficial 1ª sin especialidad

N5

1

Personal especializado

Chófer

N5

1

Técnico de grado básico

Trabajador/a familiar

N6

3

Personal auxiliar

Peón especialista

N7

1

Total plazas:

9

HA DE DECIR:

Personal laboral

CATEGORÍA

DESCRIPCIÓN

NIVEL

NÚMERO

Titulado universitario grado medio

Agente de desarrollo local

N2

2

Técnico/a grado medio

Encargado/a

N3.3

1

Personal especializado

Oficial 1ª sin especialidad

N5

1

Personal especializado

Chófer

N5

1

Técnico de grado básico

Trabajador/a familiar

N6

3

Personal auxiliar

Peón sin especialidad

N8

1

Total plazas:

9

SEGUNDO.- Rectificar el error detectado en el Bloc A y B del Anexo que recoge las plazas que son objeto de estabilización del personal laboral del Patronato de la Residencia de Personas mayores de Llucmajor, en el siguiente sentido:

DONDE DICE:

Bloque B: Plazas el sistema de selección de las cuales es el de concurso (Disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre)

a. Disposición adicional sexta

- Personal laboral del Patronato de la Residencia de Llucmajor

 

Personal laboral

CATEGORÍA

DESCRIPCIÓN

NIVEL

 

NÚMERO

Personal Titulado universitario de grado medio

D.U.E.

N2

2

Personal Técnico/a de grado básico

Técnico/a auxiliar de enfermería

N6

6

Personal auxiliar

Cocinero/a 2ª

N7

3

Personal subalterno

Pinche

N8

1

Personal subalterno

Personal limpieza

N8

6

Total plazas:

18

HA DE DECIR:

Bloque A: Plazas con sistema de selección mediante concurso-oposición (artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre)

- Personal laboral del Patronato de la Residencia de Llucmajor

Personal laboral

CATEGORÍA

DESCRIPCIÓN

NIVEL

NÚMERO

Personal Técnico/a de grado básico

Técnico/a auxiliar de enfermería

N6

4

Personal auxiliar

Cocinero/a 2ª

N7

1

Personal subalterno

Pinche

N8

2

Personal subalterno

Personal limpieza

N8

1

Total plazas:

8

a. Disposición adicional sexta

- Personal laboral del Patronato de la Residencia de Llucmajor

Personal laboral

CATEGORÍA

DESCRIPCIÓN

NIVEL

NÚMERO

Personal Titulado universitario de grado medio

D.U.E.

N2

2

Personal Técnico/a de grado básico

Técnico/a auxiliar de enfermería

N6

6

Personal auxiliar

Cocinero/a 2ª

N7

2

Personal subalterno

Pinche

N8

1

Personal subalterno

Personal limpieza

N8

6

Total plazas:

17

TERCERO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, para el general conocimiento e interposición de los recursos que, si procede, los interesados consideren oportuno.

Contra esta resolución los interesados podrán interponer un recurso potestativo de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También podrán interponer alternativamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo con sede en Palma, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.1 c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En caso de optar por interponer el recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que se haya notificado la resolución expresa del recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en que se podrá entender desestimado por silencio administrativo.

 

​​​​​​​Todo esto sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.

 

Llucmajor, 13 de junio de 2022

El alcalde ​​​​​​​Eric Jareño Cifuentes