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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 333821
Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales de modificación de la composición del Tribunal Calificador de la bolsa extraordinaria única de la especialidad de Enfermero/Enfermera

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

I. En fecha 30 de marzo de 2022, la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (en lo sucesivo IMAS) aprobó las bases específicas y la convocatoria del concurso para constituir una bolsa extraordinaria única de la especialidad de Enfermero/Enfermera (BOIB n.º 46, de 5 de abril de 2022).

II. En el ANEXO I de las bases específicas de esta bolsa consta en el punto 6 la composición del Tribunal Calificador y se nombró como vocal 1.º suplente, al señor Miquel Mas Fiol.

III. En fecha 6 de junio de 2022 se ha recibido informe justificativo del Servicio de Gestión de Personal sobre la situación personal del señor Miquel Mas Fiol que le impide formar parte del Tribunal Calificador.

IV. Por todo lo expuesto, en fecha 7 de junio de 2022 se ha realizado un nuevo sorteo entre el personal funcionario de carrera o laboral fijo, en presencia del representante de la Junta de Personal para designar un nuevo vocal 1.º suplente del Tribunal Calificador. La señora Catalina García Gari será la vocal 1.ª suplente del Tribunal Calificador de la bolsa extraordinaria de la especialidad Enfermero/Enfermera

Fundamentos de derecho

1. El Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.

2. El artículo 4.6 del Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la administración de la comunidad autónoma.

3. El Tribunal Calificador es un órgano colegiado que se rige por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y por lo establecido en el artículo 7.4 de la Resolución de la Presidencia del IMAS de día 20 de mayo de 2021 (BOIB n.º 68, de 25 de mayo de 2021) por la cual se aprueban las bases generales que deben regir los procesos selectivos para la cobertura de personal funcionario interino o personal laboral temporal.

Resuelvo

Primero.- Modificar la composición del Tribunal Calificador establecida en el ANEXO I de la Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, de día 30 de marzo de 2022, relativa a la aprobación de las bases específicas y a la convocatoria de un concurso para constituir una bolsa extraordinaria única de la especialidad de Enfermero/Enfermera, y designar como vocal 1.ª suplente a la señora Catalina Garcia Gari.

Segundo.- Publicar esta Resolución en el tablón de edictos electrónico del IMAS y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28 de los Estatutos del Institut Mallorquí d' Afers Socials, aprobado en fecha 11 de abril de 2019 (BOIB n.º 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consell Executiu del Consell Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica del documento (13 de junio de 2022

La consellera executiva de Drets Socials i presidenta de l'IMAS Sofia Alonso Bigler)