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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SA POBLA

Núm. 333660
Constitución bolsa de trabajo de técnico informático del Ayuntamiento de sa Pobla, funcionario interino, grupo C, Subgrupo C1, Escala de administración especial del Ayuntamiento de sa Pobla

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Texto

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía la constitución de las bases de la bolsa de trabajo de técnico informático del Ayuntamiento de sa Pobla, funcionario interino, grupo C, Sugrup C1, Escala de administración especial se hace público el contenido de la misma:

Llorenç Gelabert i Crespí, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de sa Pobla, a la vista la propuesta del Tribunal calificador respecto a la relación definitiva de personas aprobadas por orden de puntuación, y en conformidad con el artículo 22 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo y el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local,

RESUELVO

PRIMERO.- Aprobar la constitución de la bolsa de trabajo de técnico informático del Ayuntamiento de sa Pobla, funcionario interino, grp C, Sugrup C1, Escala de administración.

DNI

RESULTADO TOTAL

**1107***

31,210

**5714***

30,885

**2267***

29.015

**1161***

27,100

**1099***

25,750

**1728***

23,678

SEGUNDO.- Publicar la presente resolución al BOIB y en la sede electrónica con el ofrecimiento de recursos correspondientes

TERCERO.- Proceder en conformidad con las bases octava y docena a los llamamientos correspondientes entre los aspirantes antes relacionados a finales de efectuar los nombramientos correspondientes.

 

Su puebla, a fecha de firma electrónica (7 de junio de 2022

El alcalde Llorenç Gelabert Crespi

 

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente en la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente en la publicación del presente anuncio, en conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara para interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo esto sin perjuicio de que pueda interponer Vè. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.