Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE ES CASTELL

Núm. 333583
Corrección convocatoria del proceso selectivo para cubrir como personal funcionario de carrera 4 plazas vacantes de la categoria de Policia Local del Ayuntamiento de Es Castell mediante el procedimiento ordinario

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Habiéndose aprobado, por Decreto de Alcaldía, con fecha de 10 de junio de 2022, corrección de error de la convocatoria del proceso selectivo para cubrir como personal funcionario de carrera 4 plazas vacantes de la categoría de policía local del Ayuntamiento des Castell, aprobada con fecha 27/05/2022; se publica la misma a continuación, en los efectos oportunos.

Firmado por la Sra. Joana Escandell Salom, Alcaldesa del Ayuntamiento des Castell, en la fecha de la firma electrónica que consta al final de este documento.

Primero.- Rectificar la Base primera, tercer párrafo. Objeto de la convocatoria, procedimiento de selección y normativa, quedando de la siguiente manera: Se aplicarán a estas pruebas selectivas las presentes bases; la Ley 4/2013, e 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares, con la modificación efectuada por la Ley 11/2017, de 20 de diciembre y por el Decreto Ley 6/2021; el Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Islas Baleares; Decreto 11/2017, de 24 de marzo, de exigencia del conocimiento de la lengua catalana en los procedimientos selectivos de acceso a la función pública y para ocupar puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad autónoma de las Islas Baleares, el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, y la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, como también el resto de disposiciones legales aplicables a la policía local.

Segundo.- Rectificar la Base tercera punto 3 b). Presentación de solicitudes quedando de la siguiente manera: b) Declaración, si se tercia,de tener el certificado de superación de las pruebas de aptitud física de la EBAP en los términos que se establecen en la Disposición transitoria primera del Decreto Ley 6/2021 a efectos de restar exentas de hacer las pruebas físicas del proceso selectivo. Serán válidos los certificados emitidos desde la entrada en vigor del Decreto 40/2019 ( 26/05/2019) hasta la entrada en vigor del Decreto Ley 6/2021 ( 11/07/2021) con una con una vigencia de dos años contadores desde el día de la superación de las pruebas de acreditación de la aptitud física que certifiquen.

Tercero.- Rectificar la Base séptima, cuarto párrafo, añadiendo: Solo cuando no se consiga en la lista única el objetivo establecido a la Disposición adicional 3.ª de la Ley 4/2013, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares y en estas bases de que el 25% de las plazas ofrecidas en esta convocatoria tienen que ser cubierto por mujeres se dará preferencia a las candidatas mujeres sobre los candidatos hombres, hasta cumplir el objetivo perseguido, siempre que:

a) Haya una equivalencia de capacitación determinada para superar las pruebas y ejercicios de la fase de oposición del sistema selectivo.

b) Jefe de las candidatas mujeres seleccionadas aplicando esta preferencia tenga un diferencial de puntuación en la oposición superior al 15% frente a los candidatos hombres preteridos.

c) No concurran en el otro candidato motivos legalmente previstos que, no siente discriminatorios por razón de sexo, justifiquen la no aplicación de la medida, como la pertenencia a otros colectivos con especiales dificultades para acceder a la ocupación.

Las plazas no cubiertas perdonas en el porcentaje establecido del 25% serán cubiertas por el resto de aspirantes que hayan superado las pruebas.

Cuarto.- Rectificar el Anexo III, título, quedando de la siguiente manera: Resolución de la directora gerente de la Escuela Balear de Administración Pública de 27 de octubre de 2020 por la cual se aprueban los temarios que tienen que regir las convocatorias de pruebas selectivas para el acceso a las diversas categorías de los cuerpos de policía local de las Islas Baleares.

Quinto.- Mantener el plazo general de presentación de solicitudes de veinte días hábiles a partir del día siguiente del día en que se publique la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

 

Sexto.- Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, y a la sede electrónica de este Ayuntamiento. (www.aj-escastell.org).

 

Es Castell, en la fecha de la firma electrónica (10 de junio de 2022)

La alcaldesa del Ayuntamiento des Castell Joana Escandell Salom