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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 332540
Resolución de la Presidencia del Institut Mallorquí d'Afers Socials de fecha 25 de mayo de 2022 de concesión, autorización y disposición de ayudas económicas a familias acogedoras correspondiente al mes de mayo de 2022

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Texto

ANTECEDENTES

1. El artículo 70.8 del texto consolidado del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares (BOE núm. 52 de 1 de marzo de 2007), otorga al Consell de Mallorca como propia la competencia en tutela, acogimiento y adopción de menores.

2. La Ley 8/1997, de 18 de diciembre, de atribución de competencias en materia de tutela, acogida y adopción de menores (BOCAIB núm. 157 ext. de 20/12/1997), con el artículo 2 de los Estatutos del Institut Mallorquí d'Afers Socials aprobados en el Pleno del 1/04/2019 (BOIB núm. 67 de 18/05/2019), la Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Islas baleares (BOIB núm. 26 de 28/02/2019), la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor y modificación parcial del Código Civil i de la LEC.

3. Vista la resolución de la presidenta del Institut Mallorquí d'Afers Socials (IMAS) de 16 de marzo de 2018 relativa a las prestaciones económicas por acogimientos permanentes con familia extensa o aliena, temporales con familia extensa y temporales con familia aliena y por acogimientos preadoptivos (BOIB núm 36, de 22 de marzo de 2018).

4. Vista la resolución de la Presidencia del Institut Mallorquí d'Afers Socials (IMAS) de fecha 28 de enero de 2022 relativa a la modificación de la resolución de 16 de marzo de 2018, de prestaciones económicas por acogimiento familiar permanente con familia extensa o aliena, temporales con familia extensa y temporales con familia aliena y por acogimientos preadoptivos, por la cual se actualizan los importes a percibir (BOIB núm. 18, de 3 de febrero de 2022).

5. El artículo 1.2 i) de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, establece que están exentos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las prestaciones económicas recibidas de instituciones públicas con motivo de la acogida de menores.

6. Los ingresos que perciben las familias acogedoras en concepto de acogida de menores con medida de protección son renta exentas de acuerdo con lo que dispone el art. 7.i) de la Ley 35/2006, de 28 de diciembre, del IRPF.

7. Según los dictámenes aprobados en las Comisiones Técnicas Económicas (CTE) que se llevan a cabo semanalmente donde se determinan los motivos por los cuales se conceden ayudas económicas a las familias acogedoras de menores, así como los motivos para dejar sin efecto las citadas ayudas.

Fundamentos de derecho

El artículo 7.2.7 de los Estatutos otorgan a la Presidencia del Institut Mallorquí d'Afers Socials la competencia para resolver el procedimiento de ayudas y prestaciones.

Vista la propuesta anterior y el informe favorable de requisitos básicos nº 2022/0713, emitido por la Intervención Delegada, en fecha 25 de mayo de 2022, haciendo uso de las atribuciones que me han sido otorgadas por el art. 7.2, apartado 23) de los Estatutos del Institut Mallorquí d'Afers Socials, aprobados por acuerdo del Pleno del Consell Insular de Mallorca, de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67 de 18 de mayo de 2019).

Por todo lo expuesto anteriormente,

RESUELVO

Primero.- Conceder ayudas económicas, escolares y periódicas desde el mes de mayo hasta el mes de junio de 2022, en el caso de las ayudas escolares; y desde el mes de mayo hasta el mes de diciembre de 2022, en el caso de las ayudas periódicas, según los dictámenes aprobados en la Comisión Técnica Económica a favor de las personas, en cualidad de acogedoras, relacionadas en el Anexo I y de acuerdo con la relación contable Q/2022/439, por importe total de 66.755,07 €.

Segundo.- Autorizar y disponer créditos por importe total de 66.755,07 repartidos con cargo a las partidas presupuestarias de la siguiente manera: 8.088,05 €, 39.843,20 €, 10.080,00 € y 8.743,82 € a la 20.23135.48000, 20.23135.48001, 20.23135.48002 y 20.23135.48006 respectivamente, del presupuesto de gastos del IMAS de 2022.

Tercero.- Publicar esta resolución en el BOIB.

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28.1 de los Estatutos del Institut Mallorquí d'Afers Socials (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019) aprobados por acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de 11 de abril de 2019, recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sobre el objeto y plazo de este recurso.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

DNI

IMPORTE

CÓDIGO ECONÓMICO

X3670589L

4.040,00 €

2022 20 23135 48001

X3670589L

4.040,00 €

2022 20 23135 48001

X4950931C

4.040,00 €

2022 20 23135 48001

41690885G

4.040,00 €

2022 20 23135 48001

43062216Y

3.440,00 €

2022 20 23135 48000

43062216Y

430,00 €

2022 20 23135 48000

43167967A

330,00 €

2022 20 23135 48006

43167967A

495,00 €

2022 20 23135 48006

22604112B

358,25 €

2022 20 23135 48000

43013859H

176,19 €

2022 20 23135 48000

42994304J

3.440,00 €

2022 20 23135 48000

42994304J

243,61 €

2022 20 23135 48000

24277095C

560,00 €

2022 20 23135 48006

24277095C

560,00 €

2022 20 23135 48006

43118419C

45,00 €

2022 20 23135 48006

18225110W

300,00 €

2022 20 23135 48006

18225110W

600,00 €

2022 20 23135 48006

78208716E

4.040,00 €

2022 20 23135 48001

78208716E

100,98 €

2022 20 23135 48001

78208716E

4.040,00 €

2022 20 23135 48001

78208716E

100,98 €

2022 20 23135 48001

42973656L

4.040,00 €

2022 20 23135 48001

42973656L

740,62 €

2022 20 23135 48001

42973656L

4.040,00 €

2022 20 23135 48001

42973656L

740,62 €

2022 20 23135 48001

23763212A

150,00 €

2022 20 23135 48006

23763212A

150,00 €

2022 20 23135 48006

31613364W

150,00 €

2022 20 23135 48006

31613364W

75,00 €

2022 20 23135 48006

43123481E

330,00 €

2022 20 23135 48006

43123481E

660,00 €

2022 20 23135 48006

43123481E

562,21 €

2022 20 23135 48006

72127258V

5.840,00 €

2022 20 23135 48001

43112478J

300,00 €

2022 20 23135 48006

43112478J

150,00 €

2022 20 23135 48006

74234396X

40,00 €

2022 20 23135 48006

74234396X

80,00 €

2022 20 23135 48006

74234396X

51,66 €

2022 20 23135 48006

X3726488M

80,00 €

2022 20 23135 48006

X3726488M

160,00 €

2022 20 23135 48006

X3726488M

103,29 €

2022 20 23135 48006

X3726488M

300,00 €

2022 20 23135 48006

X3726488M

600,00 €

2022 20 23135 48006

49772087H

40,00 €

2022 20 23135 48006

49772087H

80,00 €

2022 20 23135 48006

49772087H

51,66 €

2022 20 23135 48006

43112478J

300,00 €

2022 20 23135 48006

43112478J

600,00 €

2022 20 23135 48006

43044661T

840,00 €

2022 20 23135 48006

37337985S

10.080,00 €

2022 20 23135 48002

 

Palma, 9 de junio de 2022

La presidenta del IMAS Sofía Alonso Bigler