Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 330223
Resolución de Rectificación de Revocación parcial de las ayudas, Exp. 080 de fecha 1 de junio de 2022, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015, por la cual se convocan subvenciones para Inversiones a las explotaciones agrarias, para los años 2015-2019
El apartado 9.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la cual se convocan subvenciones para Inversiones a las explotaciones agrícolas, para los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos que prevé el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), en cumplimiento del que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas.
El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, con fecha de 1 de junio de 2022, dicta lo siguiente:
“ Informe propuesta de resolución por la que se rectifican unos errores materiales observados en la Resolución del vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, de 12 de abril de 2022 de revocación parcial
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Mesura 4.1- Inversiones en las Explotaciones Agrarias
Convocatoria: INEA2016_2
Código DIR3: A04026954
Código SIA: 208246
Código BDNS: 462613
EXP.: INEA2016_2/080
Antecedentes
1.El 12 de abril de 2022, el vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA dictó la Resolución de revocación parcial de la ayuda concedida, mediante la Resolución del vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA de 29 de octubre de 2018, a Juan Jaime Pons Pons, por importe de 44.411,89 €, relativa a la línea de ayuda «inversiones en las explotaciones agrarias», que se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 53, de 21 de abril de 2022, núm. de edicto 3069.
2. Dado que se han observado unos errores materiales en el anexo de la citada Resolución, por no haberse consignado correctamente las fuentes de financiación de la ayuda, es necesario rectificarlos.
Fundamentos de derecho
1.El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio oa instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
2. Por otra parte, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, también establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o disposición.
Propuesta de Resolución
Por todo ello, se informa favorablemente y proposo al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1.Rectificar los errores materiales observados en el anexo de la Resolución del vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA de 12 de abril de 2022 de revocación parcial de la ayuda concedida a Juan Jaime Pons Pons, en el siguiente sentido:
-Dónde dice:
TITULAR |
NIF |
NºEXPEDIENTE |
Importe ayuda concedida |
Importe ayuda auxiliable |
Importe a revocar |
100 % CAIB |
Anualidad |
Juan Jaime Pons Pons |
***0390** |
INEA2016_2/080 |
167.976,23 |
123.564,34 |
44.411,89 |
44.411,89 |
2018 |
|
|||||||
|
1 |
167.976,23 |
123.564,34 |
44.411,89 |
44.411,89 |
|
-Tiene que decir:
TITULAR |
NIF |
NºEXPEDIENTE |
Importe ayuda concedida |
Importe ayuda auxiliable |
Importe a revocar |
FEADER 53% |
AGE 14,10 % |
CAIB 32,90 % |
Anualidad |
Juan Jaime Pons Pons |
***0390** |
INEA2016_2/080 |
167.976,23 |
123.564,34 |
44.411,89 |
23.538,30 |
6.262,08 |
14.611,51 |
2018 |
|
|||||||||
|
1 |
167.976,23 |
123.564,34 |
44.411,89 |
23.538,30 |
6.262,08 |
14.611,51 |
|
2. Notificar esta resolución a la persona beneficiaria mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
El jefe de negociado de Ayudas al Desarrollo Rural Jordi Company Salaverria Por suplencia del jefe de sección XVI de Ayudas al Desarrollo Rural (BOIB núm. 18, de 03/02/2022) |
El jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural
Josep Xavier Nadal Coll
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Conforme con la propuesta, dicto Resolución
El vicepresidente en matèria agrària del FOGAIBA
Fernando Fernández Such”
(Firmado electrónicamente: 9 de junio de 2022)
El director gerent del FOGAIBA Mateu Morro Marcé