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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 330223
Resolución de Rectificación de Revocación parcial de las ayudas, Exp. 080 de fecha 1 de junio de 2022, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015, por la cual se convocan subvenciones para Inversiones a las explotaciones agrarias, para los años 2015-2019

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Texto

El apartado 9.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la cual se convocan subvenciones para Inversiones a las explotaciones agrícolas, para los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos que prevé el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), en cumplimiento del que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas.

El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, con fecha de 1 de junio de 2022, dicta lo siguiente:

 Informe propuesta de resolución por la que se rectifican unos errores materiales observados en la Resolución del vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, de 12 de abril de 2022 de revocación parcial

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Mesura 4.1-  Inversiones en las Explotaciones Agrarias

Convocatoria: INEA2016_2

Código DIR3: A04026954

Código SIA: 208246

Código BDNS: 462613

EXP.: INEA2016_2/080

Antecedentes

1.El 12 de abril de 2022, el vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA dictó la Resolución de revocación parcial de la ayuda concedida, mediante la Resolución del vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA de 29 de octubre de 2018, a Juan Jaime Pons Pons, por importe de 44.411,89 €, relativa a la línea de ayuda «inversiones en las explotaciones agrarias», que se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 53, de 21 de abril de 2022, núm. de edicto 3069.

2. Dado que se han observado unos errores materiales en el anexo de la citada Resolución, por no haberse consignado correctamente las fuentes de financiación de la ayuda, es necesario rectificarlos.

Fundamentos de derecho

1.El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio oa instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. Por otra parte, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, también establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o disposición.

Propuesta de Resolución

Por todo ello, se informa favorablemente y proposo al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:

1.Rectificar los errores materiales observados en el anexo de la Resolución del vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA de 12 de abril de 2022 de revocación parcial de la ayuda concedida a Juan Jaime Pons Pons, en el siguiente sentido:

-Dónde dice:

TITULAR

NIF

NºEXPEDIENTE

Importe ayuda concedida

Importe ayuda auxiliable

Importe a  revocar

100 %

CAIB

Anualidad

Juan Jaime Pons Pons

***0390**

INEA2016_2/080

167.976,23

123.564,34

44.411,89

44.411,89

2018

 

 

1

167.976,23

123.564,34

44.411,89

44.411,89

 

-Tiene que decir:

TITULAR

NIF

NºEXPEDIENTE

Importe ayuda concedida

Importe ayuda auxiliable

Importe a  revocar

FEADER 53%

AGE 14,10 %

CAIB

32,90 %

Anualidad

Juan Jaime Pons Pons

***0390**

INEA2016_2/080

167.976,23

123.564,34

44.411,89

23.538,30

6.262,08

14.611,51

2018

 

 

1

167.976,23

123.564,34

44.411,89

23.538,30

6.262,08

14.611,51

 

2. Notificar esta resolución a la persona beneficiaria mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

El jefe de negociado de Ayudas al Desarrollo Rural

Jordi Company Salaverria

Por suplencia del jefe de sección XVI de Ayudas al Desarrollo Rural

(BOIB núm. 18, de 03/02/2022)

El jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

 

Josep Xavier Nadal Coll

 

Conforme con la propuesta, dicto Resolución

El vicepresidente en matèria agrària del FOGAIBA

Fernando Fernández Such”

 

(Firmado electrónicamente: 9 de junio de 2022)

El director gerent del FOGAIBA Mateu Morro Marcé