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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 328285
Acuerdo del Consejo Ejecutivo por el cual se aprueba la concesión de la convocatoria de ayudas para entidades locales, mancomunidades, consorcios y fundaciones sin ánimo de lucro, para llevar a cabo acciones de fomento en materia de información turística para el año 2022

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Texto

BDNS (611846)

El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, reunido en sesión ordinaria de 8 de junio de 2022, ha adoptado el siguiente:

ACUERDO

Antecedentes

1. El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, a la sesión ordinaria de día 23 de febrero de 2022, aprobó la convocatoria de subvenciones para entidades locales, mancomunidades, consorcios y fundaciones sin ánimo de lucro de Mallorca para llevar a cabo acciones de fomento en materia de información turística (BOIB n.º 30, de 26 de febrero de 2022 y publicación en la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca).

2. En el presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca de 2022 hay crédito adecuado y suficiente para hacer frente al gasto derivado de la presente convocatoria por un importe total de 450.000€ con cargo a las aplicaciones presupuestarías 30.43210.76200, 30.43210.76300, 30.43210.76700 y 30.43210.78900 denominada “convocatoria de subvenciones para entidades locales, mancomunidades, consorcios y fundaciones sin ánimo de lucro, para llevar a cabo acciones de fomento en materia de información turística para el año 2022”, proyecto de financiación afectada núm. 2022 2 30FIT-1 y documento contable “A” n.º 220220005501.

3. El día 11 de abril de 2022, la Comisión evaluadora constituida dentro de los actos de trámite para velar por el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, ha valorado los proyectos presentados. Esta valoración ha servido como base de la propuesta de acuerdo que propone la secretaría técnica de Transición, Turismo y Deportes, órgano instructor de la convocatoria.

4. Informe favorable de cumplimiento de los requisitos de la convocatoria para ser sujeto de concesión, emitido por el órgano instructor de la convocatoria.

5. Informe jurídico favorable sobre la propuesta de aprobación de la concesión de las subvenciones, emitido por la TAG del servicio de Promoción Turística.

6. Día 2 de junio de 2022, la Intervención delegada ha fiscalizado de conformidad la propuesta de aprobación de la concesión de las presentes subvenciones.

Consideraciones jurídicas

  • El artículo 10, letra a) del Decreto de organización del Consejo de Mallorca, de día 28 de diciembre de 2021 (BOIB n.º 180 de día 30 de diciembre de 2021), establece que el Departamento de Transición, Turismo y Deportes tiene atribuidas las competencias relativas a información y promoción turística y apoyo en las oficinas locales de información turística.
  • El Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca (BOIB n.º 89, de día 19 de julio de 2018) en el artículo 36.f) junto con la base 23.4 de las Bases de ejecución del presupuesto de gastos vigente del Consejo de Mallorca, disponen que entre las atribuciones del Consejo Ejecutivo están entre otros aprobar y resolver subvenciones, así como autorizar y disponer gastos de cuantía superior a doscientos cincuenta mil euros (250.000,00€). De los preceptos mencionados se determina que el Consejo Ejecutivo, es el competente para aprobar la concesión de estas subvenciones y para disponer el correspondiente gasto que se deriva.
  • Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca (BOIB n.º 21, de 18 de febrero de 2017) que establece las bases reguladoras.
  • El artículo 18.2.c) y d) de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca. El órgano instructor del procedimiento es la secretaria tècnica del Departamento de Transición, Turismo y Deportes, quien llevará a cabo las actuaciones y los actos de trámite necesarios para velar por el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria, y específicamente, la emisión de un informe en el cual se hará constar que, en base a la información que obra en su poder, se desprende que las personas beneficiarías cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a la subvención.
  • La convocatoria se adecua en las bases 34 y 35 de ejecución del presupuesto de gastos del Consejo Insular de Mallorca para el 2022, relativas a la regulación de la percepción y la justificación de las subvenciones.
  • El punto 10 de la convocatoria fija como obligación de los beneficiarios acreditar con una declaración responsable, antes de dictar la propuesta de acuerdo de concesión de la subvención, el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con el Consejo Insular de Mallorca y sus organismos autónomos, y con la Seguridad Social.
  • El punto 9 de la convocatoria, establece que el procedimiento de selección de las entidades beneficiarias se lleva a cabo mediante concurrencia no competitiva, se exceptúa del requisito de establecer un orden de prelación en el caso en que las solicitudes presentadas reúnan los requisitos establecidos y el crédito sea suficiente, ya que el crédito previsto se repartirá entre todas las solicitudes presentadas otorgando en un primer momento el mismo importe a cada solicitud, puesto que de acuerdo con el importe cierto el máximo otorgable a cada subvención es la cuantía solicitada, el remanente que resulte se volverá a repartir entre las solicitudes que han pedido un importe superior. siempre y cuando el expediente se haya cumplimentado correctamente y vaya acompañado de los documentos preceptivos, hasta agotar el total del crédito presupuestario asignado a la convocatoria.
  • El punto 12.3 de la convocatoria establece que, dentro de los actos de trámite, se constituye una comisión evaluadora para velar por el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria. Su valoración servirá de base a la propuesta de acuerdo que el órgano instructor presentará, y que contiene las solicitudes admitidas (detallando el presupuesto solicitado y la subvención concedida).
  • El expediente de gasto está sometido al régimen de fiscalización e intervención limitada previa de acuerdo con el acuerdo de Pleno del Consejo de Mallorca de 12 de diciembre de 2019 y los extremos que el órgano interventor tiene que comprobar son los establecidos en la ficha 4.1.1) del Anexo 1 de este acuerdo.
  • El punto 12.2 de la convocatoria junto con el artículo 18 de Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca (BOIB n.º 21, de 18 de febrero de 2017) se determina que se adjuntará un informe de la secretaría técnica haciendo constar que de la información que obra en el expediente se desprende que los beneficiarios cumplen con todos los requisitos necesarios para ser beneficiarios de la subvención.
  • La propuesta de acuerdo de concesión del órgano instructor se ajusta a lo previsto en el punto 12 de la convocatoria, dado que incluye las solicitudes admitidas, las reducidas, las desistidas y las excluidas, con el presupuesto solicitado y la subvención concedida. Anexo I, II, III i IV.
  • Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca en el artículo 39.2 establece que los consejeros ejecutivos y las consejeras ejecutivas, como jefes de sus departamentos, ejercen con carácter genérico entre otras las atribuciones, que incluyen la facultad de dictar actos administrativos que afecten terceros, concretamente en este caso el punto e) “Preparar y proponer al Pleno, a la Comisión de Gobierno, al Consejo Ejecutivo y a la Presidencia del Consejo la adopción de los acuerdos oportunos respecto de las materias atribuidas a su departamento, conforme a la competencia de cada órgano mencionado”.

Por todo lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 36.f) del Reglamento orgánico del Consejo Insular de Mallorca, el Consejo Ejecutivo adopta el siguiente,

ACUERDO

1.CONCEDER las subvenciones económicas para ayudar a los servicios municipales de información turística para el año 2022, a los beneficiarios que se relacionan en el anexo I que se adjunta, i por las cantidades indicadas en él.

2. DISPONER un gasto total de 450.000,00 € (cuatrocientos cincuenta mil euros) a favor de los ayuntamientos, la mancomunidad y la fundación que se relacionan en el Anexo I que se adjunta, por los importes que figuran, con cargo a las aplicaciones presupuestarías: 30.43210.76200 30.43210.76300, 30.43210.76700 y 30.43210.78900 denominada “convocatoria de ayudas para entidades locales, mancomunidades, consorcios y fundaciones sin ánimo de lucro, para llevar a cabo acciones de fomento en materia de información turística para el año 2022”, de financiación afectada n.º proyecto 2021 2 30FIT-1, y n.º de documento contable “A” n.º 220220005501.

3. EXCLUIR las solicitudes que figuran al Anexo II, por los motivos que se detallan.

4. REDUCIR la solicitud que figura al Anexo III, por los motivos que se detalla.

5. ACEPTAR LA RENUNCIA de la solicitud que figura al Anexo IV

6. LIBERAR las cantidades indicadas de las siguientes aplicaciones presupuestarías y que se reviertan a la aplicación

  • De la aplicación presupuestaría: 30.43210.76700 la cantidad de 10.000,00€
  • De la aplicación presupuestaría: 30.43210.78900 la cantidad de 1.983,75€
 

Lo que implica:

a) Anulación parcial del documento contable A núm.220220005501 de la aplicación presupuestaría 30.43210.76700 por importe de 10.000€, documento contable A/ n.º 920220005691.

b) Anulación parcial del documento contable A n.º 20220005501 de la aplicación presupuestaría 30.43210.78900 por importe de 1.983,75 €, documento contable A/ n.º 920220005691.

7. ACRECENTAR las aplicaciones siguientes por la cantidad indicada:

  • En la aplicación presupuestaría: 30.43210.76200 la cantidad de 6.766,16 €
  • En la aplicación presupuestaría: 30.43210.76300 la cantidad de 5.217,58 €

8. ORDENAR la publicación de este acuerdo de concesión de las subvenciones para entidades locales, mancomunidades, consorcios y fundaciones sin ánimo de lucro, para llevar a cabo acciones de fomento en materia de información turística para el año 2022, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el web del Consejo Insular de Mallorca.

9. INFORMAR, a las personas interesadas lo siguiente: Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante este Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante (el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma que corresponda o la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares), en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la desestimación del mencionado recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante (el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma que corresponda o la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares), en el plazo de seis meses, a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

No obstante, lo anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”

 

(Firmado electrónicamente: 9 de junio de 2022)

La secretaria técnica de Transición, Turismo y Deportes (Por delegación del consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Transición, Turismo y Deportes Resolución de 30 de julio de 2019, BOIB nº. 109, de 8 de agosto) María Bel Llinàs Pastor

 

ANNEX I  Concessió

AJUNTAMENT

PROJECTE

PRESSUPOST

CONCESSIÓ

MANACOR

Accions de foment en matèria d'informació turística per l'any 2022.

30.000,00 €

        4.000,00 €

FELANITX

Traducció de continguts informatius per a promoció turística.

4.138,20 €

         4.138,20 €

SELVA

Banc d'imatges de recursos turístics del municipi de Selva.

4.598,00 €

         4.598,00 €

BUNYOLA

Redacció del Pla Municipal d'Estratègia Turística.

6.655,00 €

         6.655,00 €

SES SALINES

Equipament oficina d'informació turística de Ses Salines.

6.963,56 €

         6.963,56 €

ESTELLENCS

Rutes turístiques d'Estellencs.

8.000,00 €

         8.000,00 €

FUNDACIO TURISME PALMA DE MALLORCA 365

Estudi previ de situació per al rebranding de marca Ciutat de Palma.

8.016,25 €

         8.016,25 €

BÚGER

Banc d'imatges complet del municipi de Búger.

8.470,00 €

         8.470,00 €

DEIA

Plana web turística municipal.

8.470,00 €

         8.470,00 €

PUIGPUNYENT

Realització d'un banc d'imatges i vídeo.

8.499,04 €

         8.499,04 €

SÓLLER

Pla estratègic Turístic de Sóller.

8.499,04 €

         8.499,04 €

CONSELL

Visit Consell 2022.

8.712,00 €

         8.712,00 €

SANT LLORENÇ DES CARDASSAR

Punt accessible de la platja de Cala Millor.

8.754,35 €

         8.754,35 €

MANCOMUNITAT DEL PLA

EMPLATAM

130.217,58 €

        130.217.58 €

INCA

Inca, el lloc on passen petites coses.

9.559,00 €

         9.559,00 €

ESPORLES

Descobreix Esporles.

9.680,00 €

         9.680,00 €

ARTÀ

Banc d'imatges i fotografies d'Artà.

10.000,00 €

       10.000,00 €

MANCOR DE LA VALL

Pla Municipal d'estratègia turística de Mancor de la Vall.

10.000,00 €

       10.000,00 €

SA POBLA

Audioguies rutes turístiques del centre del municipi de Sa Pobla.

10.799,25 €

       10.799,25 €

BANYALBUFAR

Nova web informació turística Banyalbufar.

10.890,00 €

       10.890,00 €

LLOSETA

Municipi de Lloseta 2022.

11.616,00 €

       11.616,00 €

SANTA MARGALIDA

Can Picafort, la nova imatge del futur.

13.310,00 €

       13.310,00 €

FORNALUTX

Serveis d'informació turística de Fornalutx i el seu entorn.

13.500,00 €

       13.500,00 €

MURO

Punts Accessibilitat.

16.252,50 €

       14.072,53 €

BINISSALEM

Promoció Turística de Binissalem.

16.335,00 €

       14.072,53 €

CAMPANET

Campanet Turístic.

17.571,62 €

       14.072,53 €

ESCORCA

Pla Estratègic Turisme Sostenible Ajuntament d'Escorca.

17.607,92 €

       14.072,53 €

SANTANYÍ

Millora d'accessibilitat de la platja Cala Llombards.

18.130,58 €

       14.072,53 €

ANDRATX

Fons Audiovisual i promoció del Cicloturisme.

18.651,90 €

       14.072,53 €

POLLENÇA

Punts d'informació multi Touch.

20.691,00 €

       14.072,53 €

LLUCMAJOR

Instal·lació de passarel·la a la platja de s'Arenal.

30.250,00 €

       14.072,53 €

CALVIÀ

Senyalització i adaptació de les zones d'accessibilitat  per a persones amb mobilitat reduïda de les platges del Municipi de Calvià.

63.920,72 €

       14.072,48€

 

 

ANNEX II ​​​​​​​Exclusió

AJUNTAMENT

PROJECTE

PRESSUPOST

CAUSA  D'EXCLUSIÓ

ALARÓ

Infopoint Alaró

12.717,10 €

El projecte presentat no es correspon en cap de les línies previstes en la convocatòria

CAPDEPERA

Visit Capdepera Castle

8.000,00 €

Incompliment de la base 4 de la convocatòria amb la declaració de que les despeses del projecte que han presentat no son imputables al capítol 6 del pressupost de despeses del seu Ajuntament (Bens de naturalesa inventariable considerats inversions reals).

 

ANNEX III ​​​​​​​Reducció

AJUNTAMENT

PROJECTE

PRESSUPOST

CONCESSIÓ

CAUSA  REDUCCIÓ

MANACOR

Accions de foment en matèria d'informació turística per l'any 2022.

30.000,00 €

4.000,00 €

Diferents accions del projecte presentat no son objecte de subvenció. No es corresponen en cap de les línies previstes a la subvenció.

 

ANNEX IV  Renúncia

AJUNTAMENT

PROJECTE

PRESSUPOST

CONCESSIÓ

SANTA MARÍA DEL CAMÍ

Visitsantamariadelcami.com

13.285,80 €

       12.788,56 €