Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO
Núm. 325032
Resolución del director de la Fundació Mallorca Turisme por la cual se establecen las condiciones para suscribir contratos de patrocinio de grandes eventos y otras actividades de interés turístico que se realicen del 16 de septiembre al 31 de diciembre de 2022
Hechos
1. El artículo 6 de los estatutos de la Fundació Mallorca Turisme establece que la finalidad de la Fundació es fomentar la promoción turística de Mallorca en los mercados nacional e internacional, la creación de producto turístico, la gestión de los servicios turísticos en general y cualquier otra actividad que tenga por objeto promover el turismo de la isla.
2. El Plan de Actuación de la Fundació para el año 2022 establece, entre otros, que se lleven a cabo diferentes patrocinios con entidades privadas para patrocinar acciones concretas que generen un retorno publicitario para la marca Mallorca (marca establecida en el manual de estilo de la corporación según anexo VIII).
3. El 26 de octubre de 2021 el Patronat de la Fundació Mallorca Turisme aprobó el Plan de Actuación de la Fundació del año 2022 en el cual se incluye una partida para llevar a cabo patrocinios.
4. La voluntad de la Fundació y del Patronat es que la participación en esta convocatoria para formalizar contratos de patrocinio con entidades privadas esté sujeta a los principios de publicidad, transparencia, cooperación y eficiencia en la utilización de los recursos públicos. La participación en esta convocatoria supone la aceptación de los términos y de las condiciones establecidas en esta Resolución.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Aprobar las condiciones generales que tienen que regir los requisitos para suscribir contratos de patrocinio con entidades privadas que mejoren la competitividad turística de Mallorca que se realicen íntegramente dentro del período del 16 de septiembre al 31 de diciembre de 2022.
2. Aprobar las condiciones necesarias para la justificación correcta del evento (anexo VII).
3. Publicar esta Resolución y los anexos que lo acompañan en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el presidente del Patronat de la Fundació Mallorca Turisme en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente de publicarse esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo que establece el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y del artículo 12 de los estatutos de la Fundació.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del recurso de alzada.
Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada, se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimación presunta, que se produce tres meses después de interponer el recurso de alzada sin que se haya notificado la resolución.
No obstante el anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo eso de conformidad con lo que se establece en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y con lo que se establece en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, a la fecha de la firma electrónica (7 de junio de 2022)
El director de la Fundació Mallorca Turisme Miguel Pastor Jordá
ANEXO I Pliego de condiciones generales que tienen que regir la tramitación de los expedientes de contratación.
1. Objeto
El objeto de esta convocatoria, pública y abierta, es ofrecer la posibilidad de suscribir contratos privados de patrocinio que generen un retorno publicitario de la marca Mallorca (marca establecida según el manual de estilo del FMT) como destino turístico y que mejoren la competitividad turística de Mallorca, mediante proyectos, acciones promocionales o actuaciones relacionadas con las finalidades siguientes:
- Impulsar de manera directa proyectos que busquen la competitividad y la diversificación de la oferta turística de Mallorca.
- Desarrollar proyectos y acciones para incrementar la calidad de la oferta turística y el producto turístico de Mallorca.
- Llevar a cabo actuaciones que tengan como objetivo mejorar la calidad, la competitividad y el posicionamiento de las marcas de la Fundació Mallorca Turisme en los mercados emisores con vistas a consolidar la posición de liderazgo en materia turística.
- Dar a conocer la marca Mallorca como destino turístico al mercado nacional e internacional a través de los diferentes productos turísticos con los cuales la Fundació Mallorca Turisme está trabajando.
- Hacer publicidad indirecta de la marca Mallorca (marca establecida según el manual de estilo de la FMT según anexo VIII)
- El conocimiento profundo de los usuarios de los eventos desarrollados a la isla para planificar más estratégicamente los esfuerzos, y entre otras informaciones, la satisfacción del residente y del visitante mediante las encuestas adecuadas.
La intención de estos proyectos y de estas acciones es:
- Impulsar los productos turísticos estratégicos en que trabaja la Fundació, como cultura, deportes, MICE, naturaleza, accesibilidad, turismo activo e identidad local y sostenibilidad.
- Valorar que las actuaciones, las acciones o los eventos lleven en el título la palabra «Mallorca» en cualquier idioma, para conseguir una mayor visualización de la marca Mallorca.
- Conocer la duración del evento y los gastos indirectos hechos para saber si mejora la competitividad y la diversificación.
- Mediante las encuestas, estudiar al público destinatario del evento para poder analizar los proyectos que correspondan a una estrategia de inserción en circuitos nacionales o internacionales, así como conocer los mercados en los cuales se promocionará el proyecto. Conocer igualmente el grado de satisfacción de los participantes, los atributos más valorados del evento y las quejas más frecuentes. En relación a los residentes de la isla, conocer su opinión en lo referente a la realización del evento, los atributos más valorados y las quejas más frecuentes.
- Conocer la proyección internacional que tiene cada acción o evento. Por este motivo, se pide el número de idiomas en que se promocionará la acción o evento y el número de países a los cuales se dirige.
- Promocionar Mallorca y dar a conocer a través de esta promoción, los productos gastronómicos y enológicos de la nuestra isla. Igualmente, difundir la asociación de la marca Mallorca con el compromiso para la sostenibilidad y el alineamiento con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
Se consideran acciones susceptibles de obtener patrocinio:
- Proyectos, actuaciones, celebraciones y eventos que contribuyen a la creación de producto y a la promoción, comercialización y diversificación turística de Mallorca.
- Otras acciones que se puedan valorar de acuerdo con el espíritu de la convocatoria.
- Todas las acciones/eventos se tienen que desarrollar dentro del territorio de Mallorca, exceptuando las acciones/eventos de promoción de producto, cultura popular y tradiciones autóctonas de Mallorca.
Estas acciones tienen que tener repercusión nacional e internacional para ser valoradas. Tienen que tener distribución demostrable fuera de la isla. No se tendrá en cuenta la valoración de la publicidad del evento o actividad en la prensa local y/o medios locales independientemente del idioma utilizado en estos. Se considera prensa o medio local aquel que la mayor parte de su contenido va dirigido a los habitantes/residentes de la isla. En este sentido, no se valorarán tampoco, las ediciones/emisiones de medios nacionales en sus franjas/ secciones/ horarios dirigidos en el ámbito territorial de Islas Baleares.
Los eventos y/o acciones que se presenten a la convocatoria y tengan previsto un servicio gastronómico, tienen que utilizar de manera preferente productos gastronómicos y enológicos de producción local y/o km 0. Es decir, tienen que pertenecer a una IGP, DO... de la isla de Mallorca. Tienen que ser recetas típicas de la gastronomía local, que pueden estar modernizadas, siempre y cuando sean de producto local y tradición mallorquina en la cocina.
La finalidad de hacer una convocatoria abierta de acceso a contratos de patrocinio es difundir la imagen de Mallorca como destino turístico y crear una vía para dar publicidad de la isla, vista la importancia y relevancia del evento, en cuanto al público y la repercusión en los medios de comunicación. Por lo tanto, el elemento fundamental del contrato de patrocinio es el retorno publicitario para las marcas de la Fundació.
Únicamente se valorará la repercusión de la acción desde la perspectiva de retorno en cuanto a la promoción turística de la marca Mallorca (marca registrada) y no del producto/evento en sí mismo. Tenemos que destacar también que en ningún caso se valorará el hecho de que se hable de Mallorca como lugar donde se realiza el evento; este hecho no se considera promoción turística.
Lo que se valorará es la repercusión por la marca Mallorca dentro del evento, no el hecho de darlo a conocer o informar sobre él.
Quedan excluidos de esta convocatoria los patrocinios siguientes:
- Patrocinios de proyectos que incluyan las ferias y/o fiestas integradas en el calendario de ferias de Mallorca.
- Patrocinios de clubs deportivos de Mallorca por el funcionamiento ordinario.
- Patrocinios individuales a deportistas destacados.
- Patrocinios en agencias de publicidad, medio de publicidad o creativo siempre que la participación en el evento sea sólo publicitario.
- Las solicitudes que no cumplan las condiciones establecidas en el objeto de estas bases.
- Programas de cualquier medio de comunicación en su formato habitual, películas, series, obras audiovisuales, y festivales de cine.
- Incompatibilidad con subvenciones de la Fundació Mallorca Turisme. Es incompatible obtener un patrocinio y una subvención por el mismo evento por parte de la Fundació Mallorca Turisme.
- Los que reciban ayudas de marcas de tabaco, de bebidas alcohólicas de más 20º de graduación o de casas de apuestas o juego.
2. Principios generales de la convocatoria
Esta convocatoria pública se lleva a cabo sobre la base de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad y eficiencia para desarrollar el objeto de la acción que mejore la competitividad turística de Mallorca.
Esta convocatoria se basa en el hecho de que las personas promotoras de la acción o del proyecto son las que asumen la organización. La concesión de este patrocinio no supone en ningún caso la alteración del régimen normal de contratación pública ni altera el régimen para obtener las licencias y los permisos necesarios.
Así, las personas o entidades promotoras de la acción solicitan la aportación en forma de patrocinio para dar apoyo a la realización del proyecto, ya que tiene una repercusión turística directa y que la aportación pública mejora la rentabilidad, en concepto de imagen y de notoriedad de la marca Mallorca. En este sentido, pueden ser rechazados los proyectos que puedan suponer cualquier clase de discriminación o menosprecio, incluidos los de tipo sexista o racial y, en cualquier caso, tiene que existir un interés común entre el promotor y el patrocinador en la actividad en desarrollar, sin limitarse la prestación a favor del patrocinador a la publicidad del destino que este pueda hacer.
En cualquier caso, la empresa tiene que acreditar que es la propietaria de la marca de la acción/evento o que tiene autorización para utilizarla.
3. Presupuesto de la convocatoria
Esta convocatoria tiene un presupuesto máximo de 1.000.000,00 € (impuestos incluidos) del
presupuesto de la Fundació Mallorca Turisme del año 2022.
La cuantía solicitada no puede superar en ningún caso el 30% del presupuesto total. Si la factura emitida por el pago del patrocinio incluye una retención por impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) se entiende que esta cuantía está incluida dentro de la cantidad otorgada que serán ingresados por la Fundació Mallorca Turisme directamente en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en vez de abonar este importe a la persona que figura como interesada en el patrocinio.
Las cantidades susceptibles de ser otorgadas, impuestos incluidos, serán:
- Si se han obtenido de 150 a 180 puntos podrán obtener un máximo de 300.000 €
- Si se han obtenido de 125 a 149 puntos podrán obtener un máximo de 200.000 €
- Si se han obtenido de 100 a 124 puntos podrán obtener un máximo de 100.000 €
- Si se han obtenido de 80 a 99 puntos podrán obtener un máximo de 50.000 €
Si se han obtenido menos de 80 puntos en la autobaremación, quedarán excluidos de la convocatoria.
4. Ámbito subjetivo
Pueden ser beneficiarias de esta convocatoria pública las personas físicas (excepto las comunidades de bienes) o las personas jurídicas organizadoras de los eventos y proyectos que se ajusten al objeto y a los requisitos de esta convocatoria.
En el supuesto de que dos entidades diferentes soliciten el patrocinio para un mismo evento tan sólo se valorará la primera propuesta presentada según el registro de entrada, mientras que la otra propuesta quedará excluida.
Únicamente se podrá presentar una solicitud por cada persona física o jurídica organizadora del evento.
Quedan excluidas de la convocatoria:
- Las entidades que no estén al corriente del pago de obligaciones económicas contraídas con la Fundació Mallorca Turisme, al corriente de obligaciones tributarias con el Consell Insular de Mallorca, con la Administración Tributaria del Estado o con la Seguridad Social.
- Las entidades que no hayan cumplido las obligaciones propias de los beneficiarios de patrocinios que la Fundació haya concedido en convocatorias anteriores.
- Los eventos con un presupuesto inferior a 450.000 euros impuestos incluidos.
- Las entidades que se encuentren en un procedimiento administrativo sancionador abierto o las que tengan una sanción firme por la organización de eventos. También se excluyen los eventos que utilicen un nombre igual o parecido cuyo desarrollo haya sido motivo de procedimiento sancionador o sanción firme aunque lo organice otra entidad por causa de asociación del nombre al procedimiento sancionador o sanción.
5. Contraprestación para la Fundació Mallorca Turisme
La Fundació y la entidad adjudicataria formalizarán el contrato privado de patrocinio. En este contrato se establecerá que en todos los medios y materiales correspondientes a la organización del evento, se tienen que reflejar los logotipos corporativos y la marca promocional (marca Mallorca).
La Fundació entregará a la empresa patrocinada un manual corporativo para un uso correcto de la marca Mallorca, en la que se especificará la aplicación de los logotipos. La presentación a la convocatoria implica la obligación, por parte del solicitante, de cumplir con aquello establecido en el manual (anexo VIII). El no cumplimiento implica la renuncia y resolución del contrato privado de patrocinio. Para un mejor funcionamiento, se puede enviar al técnico responsable para su validación.
En caso de que la Fundació comunique discrepancias en la aplicación de los logotipos o de las marcas, la entidad patrocinada se compromete a hacer las actuaciones necesarias para rectificarlas.
Asimismo, la entidad tiene que elaborar un banner clicable de la marca Mallorca y publicarlo en un lugar destacado de la web de la acción/evento. Este baner tiene que contar con la aprobación de la Fundació y se elaborará con las imágenes que se suministren al efecto. Cumplirá con las especificaciones que se indican a continuación según el modelo y tamaño a insertar:
Leaderboard:
Dimensiones: 300x50px/320x50px/728x90px/750x100px/468x60px/970x90px formatos: jpg, png, GIF
Rectángulo: dimensiones 300x250px formados jpg, png, GIF
Skyscraper: dimensiones 160x600 px formados jpg, png, GIF
El banner tiene que redirigir en la web que la Fundació le comunicará. De igual forma publicar un enlace clicable en esta web a todas las comunicaciones del organizador que vayan dirigidas a público general, clientes potenciales, newsletter, peticiones de información, registros, etc relacionadas con el evento. Se informará a la Fundació de las impresiones y visualizaciones generadas a través del baner y de estos enlaces.
La entidad patrocinada elaborará una encuesta propuesta por la Fundació con especificidades para cada evento patrocinado (que tendrá que ser gestionada por los organizadores de los eventos a patrocinar) que permitirá obtener información relevante. El diseño de la encuesta en formato digital lo suministrará la Fundació.
Se fijará desde la Fundació la medida de la muestra y el nivel de significación para cada evento.
La entidad tiene que presentar el resultado de las encuestas realizadas con las características indicadas en el apartado número 10 con el modelo y diseño designado por la Fundació.
La entidad tiene que especificar en la memoria que presente con la solicitud (anexo II) cuáles son las contraprestaciones o las acciones en que estará presente la marca Mallorca y el valor económico en materia de publicidad e inserciones publicitarias, marketing, proyecciones y ediciones.
Asimismo, están obligadas a invitar a la dirección del FMT a los actos de apertura y de clausura, ruedas de prensa, presentaciones y similares. Esta presencia al acto no supone ninguna obligatoriedad para la FMT en la concesión del patrocinio, ni es mesurable a efectos de la valoración del retorno publicitario.
6. Plazo y lugar de presentación de la documentación
La convocatoria para presentar proyectos permanecerá abierta desde las 9.00h del día siguiente hábil de publicarse esta Resolución de convocatoria en el BOIB hasta un plazo máximo de 20 días naturales.
Toda la tramitación se hará en línea. No hay que imprimir ningún documento de la convocatoria. Este trámite SÓLO se puede hacer en línea, se tiene que rellenar la solicitud del catálogo de trámites «solicitud de patrocinios de grandes eventos y otras actividades de interés turístico del 16 de septiembre al 31 de diciembre 2022». Es obligatorio hacerla en línea utilizando el trámite creado al efecto. No es válida ninguna otra forma de presentar- la.
La presentación electrónica de las solicitudes se tiene que hacer con el certificado digital de la persona interesada o la tiene que presentar un representante de la entidad que se acreditará con su certificado digital como representante.
En general se admite el DNI electrónico y todos los certificados que se reconocen en la lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Una vez cerrado el periodo de presentación de proyectos, se procederá a la comprobación del autobaremación y se elaborará una lista con todos los proyectos ordenados de mayor a menor según la cantidad de puntos obtenidos.
Se excluirán las propuestas presentadas una vez que el evento se haya llevado a cabo o en un periodo inferior a 20 días naturales desde la publicación antes de llevarse a cabo para poder evaluar la propuesta correctamente.
7. Formalización de la solicitud y documentación
Las solicitudes (trámite en línea), acompañadas de la documentación técnica y de la documentación administrativa, se tienen que formalizar mediante el modelo de solicitud y los anexos que aparecen en el catálogo de trámites “Solicitud grandes eventos y otras actividades de interés turístico del 16 de septiembre a 31 de diciembre 2022” de https://fundaciomallorcaturisme.sedelectronia.es/info.0. El modelo de solicitud es obligatorio y no se admitirán otros modelos de presentación.
El escrito de solicitud de patrocinio servirá de autorización para que el personal del Consell Insular de Mallorca y el personal del FMT comprueben de oficio que la entidad o la persona solicitante está al corriente de obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de la Seguridad Social o del Consell Insular de Mallorca.
Se tiene que adjuntar la documentación administrativa siguiente:
a) Modelo de solicitud de patrocinio con los datos identificativos de la persona interesada y de la representante. En el escrito de solicitud, la persona interesada tiene que indicar la dirección electrónica para recibir las notificaciones que se tramitarán vía notificación electrónica.
b) Fotocopia del DNI, NIE o CIF, según corresponda, de la empresa o de la persona física solicitando, así como de la persona representante, si hay.
c) Fotocopia de la documentación acreditativa de la vigencia del cargo de representante legal en virtud del cual actúa la persona que firma la solicitud.
d) Fotocopia de la escritura de constitución y/o estatutos de la entidad debidamente inscritos en el Registro.
e) Fotocopia del certificado de inscripción al registro correspondiente, si procede.
f) Fotocopia del certificado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) del año en curso o fotocopia del alta de la declaración censal del inicio de la actividad o del alta del IAE en qué conste el epígrafe correspondiente.
En caso de que la entidad ya haya formado parte de un proceso a la Fundació lo puede comunic cuando haga el trámite en línea, en el cual tiene que indicar el número del expediente dónde está la documentación administrativa, siempre que no haya habido ninguna modificación y siempre que la documentación esté vigente.
Además también tiene que presentar la documentación siguiente actualizada:
a) Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y con la Tesorería General de la Seguridad Social.
b) Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias ante el Consell Insular de Mallorca y los organismos autónomos que de él dependen. En este supuesto, el escrito de solicitud de patrocinio servirá de autorización para que el personal del Consell Insular de Mallorca y de los entes dependientes comprueben de oficio esta circunstancia.
c) Acreditación que el proyecto está avalado por corporaciones locales, insulares o autonómicas.
d) Declaraciones responsables siguientes (anexo IV):
- Declaración responsable de no incurrir en ninguna de las prohibiciones de contratar con la Administración según el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Esta declaración responsable o documento análogo tiene que incluir la manifestación expresa que la empresa no incurre en ninguno de los supuestos a que se refiere la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la CAIB.
- Declaración responsable de estar al corriente de pagos con la Fundació Mallorca Turisme, así como de la justificación de otros contratos hechos con la Fundació. Si se constata que hay deudas pendientes o que la justificación de expedientes anteriores ha sido incorrecta sin que se haya renunciado expresamente, la entidad será excluida de la convocatoria del patrocinio.
- Declaración responsable de que la entidad que gestiona el evento, no tiene ningún expediente sancionador abierto ni sanción firme con una administración pública en general y, en particular, relacionado con la organización del evento en ediciones anteriores.
- Declaración responsable que la empresa es la propietaria de la marca de la acción/evento o que tiene autorización para utilizarla.
- Declaración responsable en que se haga constar si se han recibido y/o se han solicitado otras ayudas o colaboraciones de instituciones públicas o privadas para hacer el proyecto, las cuantías económicas y las marcas que tienen que figurar como patrocinadoras. Alternativamente, declaración responsable de no haber recibido ni solicitado ninguna ayuda o colaboración de instituciones o entidades públicas o privadas.
- Declaración responsable de no estar asociado el evento directa o indirectamente ni recibir patrocinio de marcas de tabaco, alcohol o casas de apuestas o juego segundo la legislación vigente que le resulte aplicable al patrocinado por la organización del evento. Tampoco de marcas vinculadas directa o indirectamente con aquellas ni de líneas de productos que se asocien a ellas.
Todas las declaraciones responsables tendrán que ir firmadas mediante certificado digital.
Personas jurídicas o físicas no españolas:
a) En el supuesto de que la entidad pertenezca a un estado de la Unión Europea, la capacidad jurídica de la empresa se tiene que acreditar mediante la presentación del documento de constitución de la entidad según la normativa de su país. Se tienen que adjuntar los estatutos y la acreditación de la representación de la persona que actúa en nombre de la entidad, con fotocopia del CIF (código de identificación fiscal) de la entidad y del DNI/pasaporte de la persona representante que tiene que ser quien firme el contrato de patrocinio. La documentación se presentará junto con una traducción jurada oficial y apostillada de acuerdo con el Convenio de la Haya de 1961.
b) En caso de que la entidad pertenezca a un estado que no es miembro de la Unión Europea, la capacidad jurídica de la entidad se tiene que acreditar mediante la documentación relativa a la sucursal o filial en España de la entidad, debidamente inscrita en el registro correspondiente y con una fotocopia acarada del CIF.
c) En cualquiera de los dos casos anteriores, se tiene que acreditar la capacidad de la persona que representa legalmente la entidad solicitante para actuar en nombre suyo. También se tiene que presentar una copia careada del passaporte/DNI/NIE, traducido por un intérprete jurado o jurada, o una traducción oficial y apostillada de acuerdo con el Convenio de la Haia de 1961.
d) Certificado de la administración tributaria del país del solicitante que acredita que se encuentra de alta a hacienda o de actividades económicas o bien copia del alta en hacienda de su país. Si la persona solicitando tiene sucursal o filial en España, tiene que adjuntar el certificado de situación en el censo de actividades económicas del año en curso o una copia del alta de la declaración censal.
e) Acreditación que el proyecto está avalado por corporaciones locales, autonómicas, insulares o entidades de reconocido prestigio.
f) Acreditación que la sucursal o filial, si procede, está al corriente de obligaciones con el Consell Insular de Mallorca, con la Administración Tributaria del Estado y con la Seguridad Social, mediante la presentación de la certificación oportuna, emitida por el órgano competente. Si se trata de un agente autorizado para actuar en nombre de la entidad no residente que opere mediante una oficina de representación, tiene que aportar la certificación acreditativa correspondiente de estar al corriente de pagos con la administración estatal, insular y con la Seguridad Social, emitida por el órgano competente.
g) También tienen que aportar:
a. Un testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable de no incurrir en las prohibiciones de contratar con la Administración según el ordenamiento jurídico español y, por analogía, con el ordenamiento del estado al cual pertenece.
b. Esta declaración responsable tiene que incluir la manifestación expresa que la empresa no incurre en ninguno de los supuestos a que se refiere la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la CAIB.
c. Declaración responsable en que se haga constar si han recibido y/o solicitado ayudas de instituciones públicas o privadas para hacer el proyecto, las cuantías solicitadas y/o concedidas y las marcas que tienen que figurar como patrocinadoras. Alternativamente, declaración responsable de no haber recibido ni solicitado ninguna ayuda o colaboración de instituciones o entidades públicas o privadas.
d. Declaración responsable que diga que la entidad está al corriente de pagos con la Fundació. El hecho de no presentar este documento se considera motivo de exclusión de esta convocatoria de patrocinio.
e. Declaración responsable que diga que la persona o entidad solicitante es titular de la marca o de los derechos de licencia para celebrar u organizar el evento.
Documentación técnica
Junto con la solicitud (anexo II), la documentación administrativa y los anexos III,IV, V y VI, se tiene que presentar el proyecto técnico de la actividad que tiene que estar formado por la documentación siguiente:
- Una memoria que consiste en una explicación del evento, las fechas en que se hará, el público al cual se dirige, el mercado al cual se dirige el evento y las nacionalidades y acciones que se harán para llegar al mercado objeto del evento, el número previsto de asistentes y cualquier otra información necesaria para evaluar el proyecto y con el cual se acredite que es un evento de interés turístico, paquetes turísticos que se hacen y repercusión económica en la isla. Además, la memoria tiene que definir y explicar todos los puntos del anexo II.
- Un plan de comunicación y marketing que incluya las acciones de comunicación mínimas previstas para llegar al público objetivo del evento, las acciones de promoción previstas, los lugares donde aparecerá la marca Mallorca dentro del evento, la publicidad y las inserciones publicitarias que se harán y el lugar donde se pondrá la marca dentro de esta publicidad. Muestra de situación del banner de la Fundació descrito y donde aparecerá el enlace dentro de las comunicaciones según aquello descrito al apartado 5. Se incluirá la información sobre las acciones previas que los organizadores llevan a cabo durante el año anterior a la realización del evento para atraer y mantener el interés del público objetivo. El organizador garantizará que en las comunicaciones se asocia el evento con los valores del plan de sostenibilidad presentado así como las acciones de alineación con los ODS que estén garantizadas por los certificados correspondientes según aquello presentado en el anexo II.
- En caso de servicio gastronómico, resumen de los productos y catering que se utilizarán. Cartas, vinos, bebidas...
- El presupuesto detallado del proyecto con los ingresos y gastos totales del evento. Los gastos tienen que ser demostrables con presentación de factura y su pago o acuerdo o convenio de colaboración.
- Acreditación de la propiedad de la marca del evento o autorización para utilizarla.
- Informe de la exclusividad del evento que justifique la posibilidad de la adjudicación del contrato privado de patrocinio.
8. Procedimiento administrativo para formalizar los patrocinios
La tramitación administrativa para formalizar los contratos de patrocinio es la del negociado sin publicidad establecido en el artículo 168 de la Ley de Contratos del Sector Público.
El personal técnico asignado al expediente revisará las propuestas técnicas para determinar si cumplen o no los requisitos técnicos exigidos de acuerdo con lo que se establece en estas bases.
Fase administrativa
Las propuestas las revisará la asesoría jurídica de la Fundació a medida que entren las solicitudes.
En caso de que la solicitud necesite enmendarse, la dirección de la Fundació requerirá a la entidad o persona interesada para que haga las enmiendas oportunas o aporte los documentos que faltan, con la indicación que si no lo hace en un plazo de diez días hábiles a contar a partir del momento en que recibe el requerimiento, se considerará que desiste de la petición.
El requerimiento de mejora de la solicitud o de aportación de documentación se hace por medios electrónicos (es necesario el certificado digital de la persona representante de la empresa), de manera que queda constancia en el expediente.
Fase técnica: revisión de la documentación técnica
Una vez finalizada la revisión de la documentación administrativa, el órgano de contratación designará a una persona para revisar la propuesta técnica para determinar si se cumplen o no los requisitos técnicos exigidos de acuerdo con lo que se establece en estas bases.
En caso de que en la documentación técnica se detecten deficiencias, se requerirá que se enmienden en el plazo de diez días naturales. Si la enmienda no es correcta o no se enmienda la documentación requerida, la solicitud se excluirá del procedimiento de contratación.
El requerimiento de la documentación se hace por medios electrónicos (es necesario el certificado digital de la persona representante de la empresa), de manera que queda constancia en el expediente.
El titular del órgano de contratación llevará a cabo las negociaciones oportunas de las que quedarán constancia en el expediente. Todas las mejoras que se acuerden con la negociación formarán parte del contrato privado de patrocinio.
Adjudicación y formalización del contrato de patrocinio
Una vez comprobada que la documentación de los patrocinios admitidos cumple con todos los requisitos necesarios, se hará un listado de mayor a menor según la puntuación obtenida. Los patrocinios se adjudicarán por orden de mayor a menor según la puntuación obtenida y hasta el agotamiento de la dotación económica. En caso de empate, se adjudicará por orden de entrada.
El órgano de contratación adjudicará el contrato privado y, posteriormente, formalizará el contrato en el cual constarán las obligaciones de ambas partes, las contraprestaciones que recibirá la Fundació y la forma de justificar el patrocinio.
La entidad patrocinada tiene que ceder de forma expresa las imágenes del proyecto para usos no comerciales.
Este contrato se firmará en el plazo máximo de quince días desde el momento en que se adjudica y siempre antes del evento. En caso contrario, la Fundació puede resolver no continuar el patrocinio.
Les marques de la Fundació tienen que figurar en todos los elementos de promoción previa del proyecto o de la acción, así como en los de promoción que se lleven a cabo durante el desarrollo del proyecto.
En caso de que la Fundació comunique a la entidad adjudicataria alguna discrepancia, la entidad se compromete a hacer las actuaciones necesarias para rectificarla.
9. Justificación del proyecto
La entidad patrocinada tiene que acreditar que se cumplen las condiciones relativas a la presencia de la marca al evento patrocinado.
Por eso tiene que presentar:
- El anexo VII debidamente rellenado en PDF y Excel editable, que se tiene que registrar a través de la Sede electrónica (https://fundaciomallorcaturisme.sedelectronica.es/info.0).
En caso de no presentar el anexo VII correctamente rellenado para su posterior revisión, se precederá solicitar la enmienda, otorgando un plazo improrrogable de diez días naturales. En caso de no presentar este anexo VII de forma correcta y en los formatos indicados, se tendrá por desistido al solicitante del contrato de patrocinio.
- La documentación siguiente en soporte digital en archivos independientes con el nombre indicado, que se tiene que enviar por servicio de transferencia de archivos en la nube (We Transfer o Google Drive) o con un usb.
a) Memoria del proyecto con el presupuesto liquidado, resumen de la acción, que incluirá aquello marcado en el anexo II.
b) Reportaje fotográfico del proyecto. Contará con un mínimo de 50 fotografías del evento orientadas a la promoción turística de 20x15 en alta (300 dpi o ppt en formato JPG) y baja resolución. La mitad de estas fotografías tienen que ser con formato de imagen vertical.
c) Resumen de la repercusión mediática: clipping en PDF con el valor económico equivaliendo tanto de la marca Mallorca como del evento y la inversión en inserciones publicitarias en los medios indicando el tipo (televisión, prensa escrita o digital, radio, redes sociales, páginas web), el país y ámbito (local o nacional) de publicación; imprimidos, audiovisuales y en línea. Esta repercusión se valorará en función de usuarios únicos diarios.
d) Material gráfico y audiovisual hecho durante el desarrollo del proyecto patrocinado. Incluirá un mínimo de 10 vídeos profesionales con resolución 4k con las mejores imágenes del evento orientadas a la promoción turística, de 20 segundos de duración cada uno sin ninguna rotulación.
e) Fotografías de las bebidas y comida servidas durante la acción/ evento, así como listado definitivo de lo que se ha servido a los asistentes.
f) Certificado de titularidad bancaria. Certificado de titularidad bancaria en el cual conste que se trata de una cuenta bancaria abierta a nombre de la persona solicitante de la ayuda. Si es una empresa, a nombre de esta empresa y, si es autónomo, a nombre del autónomo.
g) Declaración responsable del gasto efectivamente hecho del proyecto: el presupuesto liquidado (listado de las facturas con su número, proveedor, concepto e importe, acuerdo o convenio de colaboración con CIF, entidad e importe)
h) Perfil de los asistentes y/o participantes con los datos mínimos de: número de participantes, grupos de edad expresado en % (0-12, 12-19, 18-30, 31-50, 51-65, >65), género, lugar de residencia habitual (comunidad autónoma o país de origen), canal de distribución para acceder al evento (venta directa en establecimiento del organizador, plataforma en línea, agencia de viajes, paquete de touroperador), motivación principal del viaje.
i) Encuesta de participantes, acompañantes y residentes. La medida de la muestra representativa tiene que ser suficiente para un nivel de confianza del 95% y un margen de error del 5% para cada conjunto estudiado. En el caso de acompañantes, una muestra suficiente con un mínimo de 100 personas. Como mínimo tiene que reflejar la información sobre el grado de satisfacción de los participantes, los atributos más valorados del evento, las quejas más frecuentes y condiciones de Mallorca como destino. En relación a los residentes de la isla, conocer su opinión en relación a la celebración del evento, los atributos más valorados y las quejas más frecuentes. Opinión de aspectos mejorables en todos los grupos. Las muestras estudiadas tienen que ser representativas para un nivel de confianza del 95% con un margen de error del 5% de cada grupo.
La encuesta utilizada por la entidad patrocinada será la facilitada por la Fundació para cada evento concreto.
j) Declaración responsable sobre procedimientos sancionadores abiertos, de las propuestas de sanciones, de las sanciones firmes y cualquier otro incidencia relacionada con sanciones administrativas que tengan que ver con el evento patrocinado, con la entidad organizadora o los proveedores que haya contratado.
k) Justificación documentada de las acciones que implican alineación con Objetivos de
Desarrollo Sostenible (ODS) de la ONU
La aceptación del patrocinio implica que la Fundació puede utilizar el material gráfico, fotográfico y audiovisual presentado con las justificaciones para hacer difusiones y uso en actividades promocionales. El organizador garantiza que dispone de los derechos de uso de todo el material y de aquello que aparece en las imágenes suministradas y será responsable de la acreditación de la disponibilidad de estos derechos y de las responsabilidades que se deriven.
El valor económico de la repercusión mediática del patrocinio para la marca Mallorca (según el manual del FMT anexo VIII) tiene que ser igual o superior a la cantidad otorgada. En caso de que el valor económico de la repercusión mediática para la marca Mallorca sea inferior, se pagará la parte de lo que se justifique.
Para facilitar lo que se valora en el clipping (retorno publicitario de la marca Mallorca como destino turístico), se informa de que lo que se dará como válido será la repercusión de la acción desde la perspectiva de retorno turístico de la marca Mallorca (marca promocional según el manual del FMT anexo VIII) y no de la acción/evento en sí mismo. Es decir, lo que se valora es la repercusión para la marca Mallorca que refleja el clipping de la acción/evento, no dar a conocer el evento. Hay que destacar también que no se valorará el hecho de que se hable de Mallorca como el sitio donde se hace el evento, ya que eso no se considera promoción turística.
Por lo tanto, se valorará que en la fotografía, anuncio o vídeo aparezca la marca o que en el artículo o noticia aparezca una noticia de la Fundació. En caso de redes sociales, la etiqueta o hashtag.
La repercusión en medios digitales se valorará en función de usuarios únicos y las páginas visitadas de cada media por día, no mensual.
En caso de no tener valor oficial, se fijará un mínimo de 150 euros por noticia.
La justificación se tiene que presentar en la Sede electrónica en el plazo de los sesenta días naturales posteriores a la finalización del proyecto.
Sin embargo, en caso de que el proyecto/acción/evento haya recibido otros patrocinios y/o ayudas (convenios de colaboración, subvenciones, entre otros) por parte de cualquier institución pública (ayuntamientos, consejos insulares, ministerios, entre otros), el valor económico de la repercusión mediática del patrocinio tiene que ser igual o superior a la suma de la cantidad otorgada o con la cual colabora la FMT y las entidades públicas correspondientes. Por este motivo, el patrocinado tiene la obligación de informar a la FMT de las condiciones e importes (impuestos incluidos) del patrocinio y/o ayuda firmados con la entidad pública.
La Fundació se reserva la potestad de hacer a posteriori cualquier comprobación que considere pertinente.
Una vez validada la justificación técnica, la FMT lo comunicará electrónicamente a la entidad adjudicataria para que presente la factura correspondiente.
10. Pago
La entidad interesada tiene que presentar la factura a través de la plataforma FACE para poder pagar el patrocinio, una vez presentada y aceptada la justificación por parte de la Fundació.
La factura se tiene que presentar por medios electrónicos (es necesario el certificado digital de la persona representante de la empresa) en un plazo máximo de treinta días naturales una vez que la FMT haya enviado la resolución de aceptación de la justificación.
11. Lenguas de utilización en este procedimiento
Toda la documentación administrativa y técnica que se tiene que presentar en esta convocatoria tiene que ser en una de las dos lenguas oficiales de las Islas Baleares. En caso de que la documentación administrativa o de la justificación sea en un idioma diferente de los oficiales, se tiene que aportar una traducción jurada.
12. Protección de datos
De conformidad con lo que establece la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantia de los derechos digitales, las entidades solicitantes aceptan que se incorporen los datos facilitados en el fichero que cree la Fundació y quedan informados de esta incorporación.
Las entidades solicitantes están obligadas a cumplir lo que establecen la LOPD y el RD 1720/2007, de 21 de diciembre, de despliegue de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, en relación con los datos personales en los cuales puedan tener acceso durante la vigencia de los contratos que se hagan en el desarrollo y en la ejecución de esta convocatoria.
13. Confidencialidad
La entidad patrocinada tiene que mantener la confidencialidad de cualquier información que la Fundació le revele mientras dure la vigencia del patrocinio. Además, la entidad se compromete a utilizar esta información únicamente para la finalidad para la cual le ha sido revelada, excepto por imperativo legal.
La entidad receptora tiene que proteger la información confidencial que la Fundació le revele contra cualquier uso no autorizado o contra la revelación en terceros, de la misma manera que protege su información confidencial. El acceso a esta información tiene que quedar restringido sólo al personal de la entidad que lo tenga que conocer para cumplir el objeto que se tiene que desarrollar.
14. Suspensión del patrocinio
Son causas de extinción del patrocinio:
a) La falsedad de los datos aportados.
b) La extinción jurídica de la personalidad de cualquiera de las partes.
c) El acuerdo mutuo de las partes.
d) El incumplimiento total o parcial de todas o alguna de las condiciones generales y particulares pactadas.
e) La realización por parte de la entidad patrocinada de actuaciones contrarias a los objetivos y a las finalidades de la Fundació.
f) Que la documentación justificativa del patrocinio (anexo VII) no se entregue o no se haga con las especificaciones que se indican o que se entregue fuera de plazo.
g) Cuando se considere que, en el evento, la acción supone una publicidad negativa de imagen y notoriedad de la marca Mallorca y la Fundació.
h) Circunstancias fortuitas y de fuerza mayor que hagan imposible la ejecución del proyecto, como pueden ser las derivadas de la crisis sanitaria del Covid-19 que no permitan la celebración del evento. Son circunstancias fortuitas aquellos hechos que no se hayan podido prever, o que previstos, sean inevitables. De acuerdo con el artículo 1105 del Código Civil, fuera de los casos expresamente mencionados en la Ley, nadie responderá de aquellos sucesos que no se hayan podido prever, o que previstos, fueran inevitables.
i) Estar incurso en un proceso sancionador relacionado con el evento patrocinado.
15. Régimen jurídico aplicable
El orden jurisdiccional civil es el competente para resolver las controversias derivadas de la formalización de los contratos privados de patrocinio, sin que se pueda interponer ninguna clase de recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial civil.
Las partes se someten de manera expresa a los tribunales y juzgados de Palma, y renuncian, en consecuencia, a su fuero y vecindad.
ANEXO II
El método de evaluación persigue que los proyectos objeto de patrocinio sean los que contribuyan verdaderamente a la promoción turística de la isla de Mallorca.
Todas las respuestas que se marquen en este documento, tienen que ir explicadas y detalladas en la memoria.
En relación a las puntuaciones del anexo II obtenidas en la valoración, si se comprueba que la condición o condiciones que otorgan la puntuación, no han sido realizadas según la propuesta presentada y valorada, no se tendrá en cuenta para la justificación de los puntos y se retirarán de su autobaremación, disminuyendo la cantidad económica de la adjudicación obtenida.
La puntuación otorgada en cada uno de los criterios, la forma de cumplimentación, así como la documentación acreditativa de cada criterio será la siguiente:
1. Título
Se ponen en valor los proyectos con la presencia de “Mallorca” al título. Se podrá
seleccionar como máximo una opción, según corresponda, en las indicadas.
La puntuación asignada para este criterio por deporte, cultura y otros es la siguiente:
TIPOLOGÍA |
PUNTUACIÓN |
Marcar con una x la opción |
---|---|---|
Aparición de “Mallorca” dentro del título |
25 |
|
Aparición de “Mallorca” en el subtítulo |
5 |
|
Se tendrá que indicar el título entero del proyecto dentro de la memoria y este se tendrá que mantener durante todo el evento. Para clasificar la opción “Mallorca” dentro del título, las letras tienen que tener el mismo tamaño/relevancia que el resto del texto que forma el título. En otro caso, se considerará subtitulo.
2. Plan de sostenibilidad
Podemos definir el desarrollo sostenible como "aquel que garantiza las necesidades de las generaciones actuales, sin comprometer las posibilidades de desarrollo de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades." Y esta misma sostenibilidad la podemos y tenemos que aplicar a la organización y desarrollo de cualquier tipo de evento, teniendo así como resultado, un evento sostenible, respetuoso con la salud del entorno y la salud de las personas.
Se incluyen los servicios gastronómicos del evento que tienen que utilizar productos gastronómicos y enológicos de producción local y/o km 0. Es decir, tienen que pertenecer a una IGP, DO... de la isla de Mallorca. Tienen que ser recetas típicas de la gastronomía local, que pueden estar modernizadas, siempre y cuando sean de producto local y tradición mallorquina en la cocina. Adjuntar a la memoria el detalle del servicio gastronómico que se utilizará durante el evento (marcas de los productos, menús...). Si se comprueba que el producto de Mallorca no ha sido utilizado según la propuesta presentada y valorada, no se tendrá en cuenta para la justificación de los puntos y se retirarán de su autobaremación, disminuyendo la cantidad de adjudicación obtenida.
Indicar las acciones obligatorias que por ley se tienen que cumplir, especialmente la 8/2019 de 19 de febrero de residuos y suelos contaminantes de las Islas Baleares. Indicar separadamente otras iniciativas propias de mejoras de la sostenibilidad que rebasen las obligatorias. En este apartado, se pueden obtener como máximo 10 puntos.
Cumplen: |
Puntuación |
Marcar cono una x si procede |
---|---|---|
Memoria de sostenibilidad ambiental que garantice medidas preventivas y correctoras para evitar efectos negativos en el medio ambiente, relativos a generación de residuos y selección, ruidos y vibraciones, gases, contaminación lumínica, limpieza, vertidos o empleo del suelo. (Definir lo que se hace a la memoria) |
5 |
|
Gastronomía local, utilización de producto local/Km 0 en una proporción superior al 70% |
5 |
|
3. Presupuesto
Se puede patrocinar como máximo el 30% del coste del evento.
No se pueden presentar proyectos que su presupuesto sea inferior a 450.000 euros impuestos incluidos.
Sólo se puede escoger una casilla:
Categoría del evento |
Coste de la producción de el evento |
PUNTUACIÓN |
Marcar con una x la opción |
---|---|---|---|
Cultura |
Presupuesto superior a 500.000 |
15 |
|
|
Presupuesto superior a 550.000 |
20 |
|
|
Presupuesto superior a 600.000 |
25 |
|
|
Presupuesto superior a 900.000 |
30 |
|
|
|||
Deporte |
Presupuesto superior a 500.000 |
15 |
|
|
Presupuesto superior a 750.000 |
20 |
|
|
Presupuesto superior a 1.000.000 |
25 |
|
|
Presupuesto superior a 3.000.000 |
30 |
|
|
|||
Otras actividades de interés turístico, vinculadas al Plan Estratégico 2020-23 del FMT |
Presupuesto superior a 600.000 |
15 |
|
|
Presupuesto superior a 1.000.000 |
20 |
|
|
Presupuesto superior a 2.000.000 |
25 |
|
|
Presupuesto superior a 3.000.000 |
30 |
|
4. Mercados internacionales en los cuales se realizarán acciones promocionales del evento.
Este punto como máximo puede obtener 10 puntos. Sólo se puede escoger una opción.
El material promocional (web, folletos, redes sociales, newsletters, publirreportaje, información del evento...) además de las dos lenguas oficiales, tiene que estar en los idiomas oficiales del mercado al que va dirigida la acción.
Mercado internacional |
PUNTUACIÓN |
Marcar con una x la opción |
---|---|---|
Inglés |
2 |
|
Alemán |
2 |
|
Inglés y alemán |
3 |
|
Inglés, alemán y 1 más |
6 |
|
Inglés, alemán y 2 más |
10 |
|
En la memoria se tiene que adjuntar el programa provisional en el que conste la relación prevista de participantes, nacionalidad, actividades a realizar y sedes a utilizar y se tienen que explicar las acciones que se harán para llegar a cada uno de los mercados. Las acciones promocionales tienen que ser homogéneas en número, intensidad y calidad en cada uno de los mercados internacionales donde se harán.
Dentro del concepto de acciones promocionales se excluyen específicamente las inserciones publicitarias que constarán en el apartado siguiente ya que se consideran campañas publicitarias.
Se considera acción promocional un evento que comunica la realización del objeto del patrocinio, con la presencia de la marca Mallorca dentro de un contexto donde se promueven turísticamente las excelencias del destino de la isla de Mallorca como escenario, lugar o sede donde se desarrolla dicho evento.
5. Euros invertidos en publicidad
Se pretende conocer el nivel de inversión en materia publicitaria (inserciones en medios de comunicación, no el diseño ni gasto en comunicación).
Toda esta publicidad puede ser impresa (diarios, revistas...), radio y televisión y publicidad online.
Todas estas acciones tienen que llevar la marca Mallorca. Si no se pretende ponerla, se tiene que indicar en la memoria y no se puede poner en este apartado. El gasto en publicidad que se pide no puede ser publicidad local, tiene que ser la inversión en publicidad nacional e internacional.
Tampoco se cuenta como gasto publicitario el gasto que por este concepto se hace en la propia web o cualquier medio propio, tanto del evento como en la empresa organizadora.
El gasto en publicidad se tendrá que presentar en auditoría contable o el acuerdo con la empresa publicitaria con el valor de publicidad del medio.
Categoría del evento |
Gasto en publicidad |
PUNTUACIÓN |
Marcar con una x la opción |
---|---|---|---|
Cultura |
Presupuesto entre 30.000 y 40.000 euros |
15 |
|
|
Presupuesto entre 40.001 y 75.000 |
20 |
|
|
Presupuesto superior a 75.001 |
25 |
|
|
|||
Deporte |
Presupuesto entre 40.000 y 60.000 euros |
15 |
|
|
Presupuesto entre 60.001 y 90.000 |
20 |
|
|
Presupuesto superior a 90.001 |
25 |
|
|
|||
Otros actividades de interés turístico, vinculadas al Plan Estratégico 2020-23 de la FMT |
Presupuesto entre 50.000 y 100.000 |
15 |
|
|
Presupuesto entre 100.001 y 200.000 |
20 |
|
|
Presupuesto superior a 200.001 |
25 |
|
6. Alineación con Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la ONU
En este apartado se valora disponer de una certificación de calidad (vigente durante el ejercicio en el cual se haga el evento) expedida por una empresa certificadora oficialmente acreditada en el Entidad Nacional de Acreditación (ENA), en relación a la economía circular y contribución empresarial a la sostenibilidad y a los ODS. Para obtener la máxima puntuación hay que disponer de las dos certificaciones de forma individualizada. Las acciones amparadas con estos certificados se tienen que explicar en el plan de sostenibilidad y justificar su realización dentro de la justificación del patrocinio.
Certificación |
Vigencia |
Empresa certificadora |
Puntos |
|
---|---|---|---|---|
Sostenibilidad/ contribución a los ODS |
|
|
10 |
|
Economía circular |
|
|
10 |
|
7. Potencial desestacionalizador por periodo de realización
En este apartado se valoran las fechas de realización del evento donante más puntuación en los que se realizan fuera de la temporada turística (o cuando empieza usualmente el descenso de visitantes) por su potencial desestacionalizador. Los eventos se tienen que realizar íntegramente en el periodo temporal objeto del patrocinio. Si el evento se realiza en dos fechas consecutivas que abarca puntuaciones diferentes, se otorgará la puntuación de menor valor. Si la duración es superior a tres días consecutivos, se otorgará la puntuación del periodo donde tenga lugar la mayor parte de realización del evento. Sólo se puede marcar una opción.
Periodo |
puntos |
|
---|---|---|
Octubre |
5 |
|
Noviembre/Diciembre |
10 |
|
8. Retransmisión del evento en directo o en diferido, de forma parcial o completa por televisión.
No se contará con la retransmisión vía streaming. Sólo se puede seleccionar una de las opciones.
Se tendrá que presentar declaración responsable de que se dispone de un acuerdo con los medios o con la entidad correspondiente para cumplir esta cláusula. En caso de no verificarse se restará la puntuación obtenida y se minorará la cantidad otorgada en el patrocinio. Los países/mercados internacionales a considerar son: Alemania, Reino Unido, Francia, Italia, EE.UU., Canadá, mercado escandinavo (Suecia, Noruega, Dinamarca, Finlandia), mercado Benelux (Bélgica, Países Bajos, Luxemburgo). Cada mercado cuenta como una unidad en el cómputo, no por el número de países que comprenden; las retransmisiones tendrán que ser como mínimo en dos de los países incluidos en él.
Se considera TV nacional, las emisiones de televisiones con un 90% de contenido de ámbito nacional en la programación.
Puntos |
Retransmisión parcial en TV en directo o diferido, duración mínima de 5 minutos. |
Retransmisión completa del evento desde el inicio hasta el final, de un día duración |
Retransmisión completa del evento de desde el inicio hasta el final, más de un día de duración |
---|---|---|---|
TV Nacional |
10 |
20 |
30 |
TV Nacional e internacional 3 países o mercados |
20 |
30 |
40 |
TV Nacional e internacional más de 5 países o mercados |
30 |
40 |
50 |
ANEXO III Declaración responsable
Nombre y apellidos/ Nombre o razón social: ..........................................................................................
Actuando en nombre propio / en representación de la entidad: ................................................................
Nombre del Proyecto: ......................................................................................................................
Con la finalidad de participar en la convocatoria para suscribir contratos de patrocinio para proyectos que generen un retorno publicitario para la Fundació,
DECLARO:
□ Que la persona física o jurídica a la cual represento, sus administradores o representantes, no incurren en ninguno de los supuestos de en la aplicación del artículo 25.6 de la ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares, de acuerdo con lo que establece la Instrucción técnica 1/2021 de 9 de marzo de 2021 del Director General de Residuos y Educación Ambiental para la aplicación de este artículo (publicada en el BOIB No. 34 d'11 de marzo de 2021)
........................................................., .............. de ................................. de 20--
(Firma)
FUNDACIÓ MALLORCA TURISMO
ANEXO IV Declaración responsable
(No incluye los avales de otras instituciones, otras ajudas,certificados AEAT/Seguridad Social/Consell de Mallorca)
Nombre y apellidos/ Nombre o razón social: ......................................................................................
Actuando en nombre propio / en representación de la entidad: .......................................................
Nombre del Proyecto: ......................................................................................................................
Con la finalidad de participar en la convocatoria para suscribir contratos de patrocinio para proyectos que generen un retorno publicitario para la Fundació,
DECLARO:
□ No incurrir / Que la persona física o jurídica a la cual represento, ni sus administradores o representantes, no incurren en ninguno de los supuestos de prohibición de contratación con las administraciones públicas, a las que se refiere el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, ni ninguno de los supuestos a que se refiere la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Comunidad Autónoma de Illes Balears.
□ Estar al corriente de pago con la Fundació Mallorca Turisme, así como de la justificación de otros contratos hechos con la Fundació.
□ Ser titular de la marca o de los derechos o licencias para la celebración/organización del evento o que tengo la autorización del legítimo titular.
........................................................., .............. de de 20--
(Firma)
FUNDACIÓ MALLORCA TURISMO
ANEXO V Declaración responsable procedimiento sancionador
No tener ningún expediente sancionador abierto con una administración pública ni haber organizado un evento con la marca, el mismo nombre o parecido, que tiene un expediente sancionador abierto.
ANEXO VI Declaración responsable solicitud otras ayudas
Nombre y apellidos/ Nombre o razón social: ..........................................................................................
Actuando en nombre propio / en representación de la entidad: ................................................................
Nombre del Proyecto: ......................................................................................................................
Con la finalidad de participar en la convocatoria para suscribir contratos de patrocinio para proyectos que generen un retorno publicitario para la Fundació,
DECLARO:
□ Que la persona física o jurídica a la cual represento, ha recibido y/o ha solicitado otras ayudas o colaboraciones de instituciones públicas o privadas para hacer el proyecto, las cuantías económicas y las marcas a patrocinar siguientes:
Institución y objeto Cuantía Marca
-
-
-
-
□ Que la persona física o jurídica a la cual represento, no ha recibido ni solicitado otras ayudas o colaboraciones de instituciones públicas o privadas
........................................................., .............. de ................................. de 20--
(Firma)
FUNDACIÓ MALLORCA TURISMO
ANEXO VII JUSTIFICACIÓN PATROCINIO DE GRANDES EVENTOS Y OTROS ACTIVIDADES DE INTERÉS TURÍSTICO
Nombre del proyecto:
Entidad solicitante:
CIF:
Fecha de presentación de la solicitud:
Importe adjudicado por la FMT:
Relación de documentación que se tienen que entregar (toda la documentación se tiene que entregar en formato digital):
- Relación de la documentación que se entrega con los datos de la empresa, del proyecto y firmada.
- Dossier explicativo y justificativo que tiene que incluir:
a. Memoria del proyecto y presupuesto liquidado de la acción.
b. Encuestas realizadas según se indica en las bases, apartado 10. letra y)
c. Reportaje fotográfico de, como mínimo, 50 fotografías de 20x15 en alta (300 dpi o ppt en formato JPG) y baja resolución del proyecto.
d. 10 vídeos, como mínimo, de 20' según de duración máxima, editables Full HD (1920x1080) y formado MP4
e. Resumen de la repercusión mediática: clipping con el valor económico equivalente e inversión publicitaria en medios (impresos, audiovisuales y en línea) con el valor económico equivalente, en formato PDF y Excel editable en el formato indicado a cada apartado. La repercusión en medios digitales se valorará en función de usuarios únicos y las páginas visitadas de cada medio por día, no mensual.
En caso de no tener valor oficial, se fijará un mínimo de 150 euros por noticia.
d.1 Soportes impresos: revistas y prensa escrita
Noticias: hay que acreditarlas con la recopilación de recortes de prensa original o copia de la página completa donde quede constancia el media de comunicación de que se trata, el país y ámbito territorial y la fecha de publicación. No los de distribución local.
Anuncios: hay que acreditarlos con un certificado del medio en el cual se indique el importe de la tarifa de inserción o el formato, país y el alcance territorial de la difusión, y la fecha de publicación. Original completo de la publicación y factura de pago. Si no se tienen, el recorte de prensa, la captura de pantalla... de la página completa.
Nº. |
Nombre medio comunicación |
Fecha de publicación |
Incluye marca/ mención |
Descripción dock. acreditativa |
Observaciones |
Formato* |
País |
Ámbito territorial |
valoración |
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*Indicar el formato de la publicación: ejemplo color-laborable-página-impar. Ejemplo: B/N- domingo-módulo 3x2 impar
d.2 RADIO Y TELEVISIÓN:
Noticias: hay que acreditarlas con copia digital de la emisión de la noticia.
Anuncios: hay que acreditarlos con copia digital del anuncio. Acreditar con un certificado del medio en el cual se indique el importe de la tarifa de inserción y la duración, la fecha y la franja horaria de la inserción. Factura y pago de la inserción.
Nº. |
Nombre medio comunicación |
Soporte |
Días de visibilidad |
Incluye marca/ mención |
Descripción dock. acreditativa |
Observaciones |
País |
Ámbito territorial |
valoración |
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d.3 SOPORTES EN LÍNEA: revistas y prensa online.
Noticias: hay que acreditarlas con una recopilación de recortes de prensa (captura de pantalla) donde quede constancia del medio de comunicación y la fecha de publicación.
Anuncios: hay que acreditarlos con un recorte de prensa (captura de pantalla) en el cual quede constancia del medio de comunicación y la fecha de publicación. Hay que acreditarlos con un certificado del medio en que se indique el importe de la tarifa de la inserción o el formato y la fecha de publicación. Factura y pago de la inserción.
Nº. |
Nombre medio comunicación |
Fecha de publicación |
Incluye marca/ mención |
Descripción doc. acreditativa |
Observaciones |
Formato* |
País |
Ámbito territorial |
valoración |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
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*Indicar el formato de la publicación. Ejemplo: banner o megabanner 980x90 y su rotación.
d.4 REDES SOCIALES Y CONTENIDOS: Facebook, Twitter, Instagram, Youtube...
Noticias/ información: hay que entregar todas las publicaciones (post, tuit, publicaciones...) que se han hecho en los medios, además de los datos siguientes, según la red social que se justifica. También hay que entregar una copia del informe que genera la misma red social con los datos solicitados en el cuadro.
- Facebook y Twitter: hay que indicar la repercusión o las impresiones desde que se ha presentado la documentación a la FMT hasta haber presentado la justificación.
- Instagram, Youtube.. fuera de las redes sociales: hay que indicar el sumatorio del número global de impresiones o visualizaciones en relación a todas las publicaciones que hacen referencia al evento.
- Anuncios: hay que acreditar con un recorte de prensa (captura de pantalla) donde quede constancia del medio de comunicación y la fecha de publicación. Hay que acreditar con un certificado de los medios en que se indique el importe de la tarifa de inserción.
La valoración de las redes será de 50 céntimos por cada mil impresiones o 10 céntimos por cada mil seguidores.
Nº. |
Nombre medio comunicación |
Repercusión/ sumatorio |
Incluye marca/ mención |
Descripción doc. acreditativa |
Observaciones |
País de origen |
valoración |
---|---|---|---|---|---|---|---|
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d.5 WEB PROPIA
Hay que entregar una captura de pantalla de la portada donde se vea el banner que indican los pliegos y que redirecciona a la web que la Fundació ha indicado.
Por norma general, se calculará CPM 96 € por web del evento. En el caso de más de
2.000 impactos, hay que presentar un informe obtenido a través de una plataforma de control (Google Analytics, por ejemplo) en qué se detalle el número de usuarios que se han obtenido.
Nº. |
URL WEB |
Usuarios |
Incluye marca/mención |
Descripción doc. acreditativa |
Observaciones |
valoración |
---|---|---|---|---|---|---|
|
|
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f. Material gráfico y audiovisual que se ha hecho en el desarrollo del proyecto patrocinado.
g. Resumen, facturas y fotografías de los productos locales utilizados.
Sólo se tendran en cuenta las publicaciones que hagan referencia a Mallorca como destino turístico y de la marca Mallorca según el manual entregado.
No se tendrá en cuenta la valoración de los medios de alcance local, autonómico y/o provincial referido en las Islas Baleares.
Recordar que tal como se indica en las bases:
«El valor económico de la repercusión mediática del patrocinio para la marca Mallorca tiene que ser igual o superior a la cantidad otorgada. En caso de que el valor económico de la repercusión mediática para la marca Mallorca sea inferior, se pagará lo que se justifique.
Únicamente se valorará la repercusión de la acción desde la perspectiva de retorno en cuanto a promoción turística de la marca Mallorca y no del producto/evento en sí mismo. Tenemos que destacar también que en ningún caso se valorará el hecho de que se hable de Mallorca como lugar donde se realiza el evento; este hecho no se considera promoción turística.
Lo que se valorará es la repercusión para la marca Mallorca dentro del evento, no el hecho de darlo a conocer o informar sobre él.
Sólo se tendran en cuenta las publicaciones que hagan referencia a Mallorca como destino turístico y de la marca Mallorca, según manual entregado.
Estas acciones tienen que tener repercusión nacional e internacional para ser valoradas. No se tendrá en cuenta la valoración de prensa y otros medios de alcance local, autonómico, provincial o nacional en las secciones territoriales referidas a Illes Balears.»
Declaración responsable:
DECLARO: que todos los datos que contienen estos documentos, referidos en esta justificación son ciertas, y que el proyecto se ha hecho según se describe en la memoria y cumple, por lo tanto, con el fin que ha servido de fundamento para firmar el contrato privado de patrocinios de referencia.
Palma, a la fecha de la firma electrónica.
Nombre, apellido y firma de la persona representante legal de la entidad:
DNI
FUNDACIÓ MALLORCA TURISMO