Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 324444
Notificación de la Resolución de Modificación de Inversiones y Revocación parcial de las ayudas, Exp. 437 de fecha 27 de mayo de 2022, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015, por la cual se convocan subvenciones para Inversiones a las explotaciones agrarias, para los años 2015-2019
El apartado 9.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la cual se convocan subvenciones para Inversiones a las explotaciones agrícolas, para los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears de acuerdo con los términos que prevé el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), en cumplimiento del que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas.
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha de 27 de mayo de 2022, dicta lo siguiente:
“Informe/Propuesta de Resolución de acceptación de Modificación de Concesión y Revocación parcial de la Resolución de concesión Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020 Medida 4.1 Inversiones a las explotaciones agrarias Convocatòria INEA 2019_1Código DIR3: A04026954 Código SIA: 208246 Código BDNS: 497979
Hechos
1.Con fecha de 16 de julio de 2015 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 106, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de fecha 17 de diciembre de 2015 (BOIB núm. 185), en fecha 22 de junio de 2016, (BOIB núm. 81) y en fecha 26 de junio de 2018 (BOIB núm. 80).
2.El 4 de febrero de 2022, el vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA dictó una Resolución de concesión de ayudas para inversiones en las explotaciones agrarias, que se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares número 23, de 12 de febrero de 2022, en la que figuraba una concesión a favor del interesado señalado en el anexo adjunto.
3.El 24 de mayo de 2022, el interesado BARTOMEU CIRER MIR, con NIF ***8602**, con registro de entrada núm. L95E91076, ha presentado un escrito de modificación de las inversiones en maquinaria, concretamente quiere comprar una astilladora hidráulica 15TN horizontal modelo T15E y una motosierra Husqvarna 550XP en lugar de la maquinaria aprobada (las tijeras de podar electrocoup, el subsolador jympa, el elevador hidráulico, el remolque de un eje).
4.El importe de la nueva maquinaria solicitada es de 2.329,75 €.
5. La inversión inicialmente aprobada era de 64.426,16 €, por tanto hay una diferencia de 23.285,62 € que debe revocarse.
6.Considerando todo ello, se propone aceptar la modificación de inversiones y realizar la revocación parcial de la ayuda concedida al beneficiario como se indica en el anexo adjunto de esta resolución.
Fundamentos de derecho
Propuesta de Resolución
Por todo ello, se propone al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1.Aceptar la modificación de inversiones propuesta y revocar parcialmente la resolución de ayuda concedida al beneficiario detallado en el anexo adjunto, que es un total de 1 expediente, que comienza y termina por BARTOMEU CIRER MIR, NIF ***8602* * (exp. INEA2019_1/437), por un importe de 23.285,62 €, y que corresponde a la cofinanciación siguiente: un 53 % en el FEADER (12.341,37 €), un 14,10 % en la AGE (3.283,27 €) y un 32,90% en la CAIB (7.660,98 €)
2.Notificar esta resolución al beneficiario mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
La gestora de la línea |
El jefe de negociado de Ayudas al Desarrollo Rural |
El jefe de Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural |
Mª Isabel Jiménez Vidal |
Jorge M. Company Salaverría Por suplencia de la jefe de sección XVI de Ayudas al Desarrollo Rural (BOIB núm. 18, de 03/02/2022) |
Josep Xavier Nadal Coll |
Conforme con la propuesta, dicto Resolución |
El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA |
Fernando Fernández Such” |
ANEXO I IMPORTES A REVOCAR
TITULAR |
NIF |
NÚM. EXPEDIENTE |
Importe ayuda concedida |
Importe ayuda auxiliable |
Importe a revocar |
FEADER |
AGE |
CAIB |
Anualitat
|
53% |
14,10% |
32,90% |
|||||||
BARTOMEU CIRER MIR |
***8602** |
INEA2019_1/437 |
64.426,16 € |
41.140,54 € |
997,20 € |
|
|
|
2022 |
TOTAL IMPORTE A REVOCAR 997,20 € |
12.341,37 |
3.283,27 |
7.660,98 |
|
(Firmado electrónicamente: 8 de junio de 2022)
El director gerente del FOGAIBA Mateu Morro Marcé