Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE LLOSETA
Núm. 319430
Aprobación inicial Reglamento interno del Teletrabajo
Se hace saber para el general conocimiento que en sesión ordinaria celebrada por el Pleno de la Corporación el 25 de mayo de 2022 se aprobó inicialmente el Reglamento interno del Teletrabajo del Ayuntamiento de Lloseta que consiste en la inclusión de un nuevo apartado dentro del Artículo 7 del Reglamento que dice: “En el caso que el número de días hábiles o de trabajo efectivo que tenga la semana sea igual o inferior a 3, sólo podrá realizarse la modalidad de teletrabajo durante un máximo de un día. Además, no se podrán disfrutar de manera continuada días de vacaciones o asuntos propios con días de teletrabajo”.
De acuerdo con el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, se somete a información pública y audiencia a los interesados por plazo de 30 días hábiles, para la presentación de reclamaciones y/o sugerencias. Si se presentan reclamaciones serán resueltas por el Pleno de la Corporación.
En el caso de no presentar reclamaciones o sugerencias, el Reglamento se entenderá aprobado definitivamente sin necesidad de una nueva comprobación del Pleno del Ayuntamiento.
Lloseta, documento firmado electrónicamente (27 de mayo de 2022
El alcalde
José Maria Muñoz Perez)