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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 315156
Decreto de medidas para la agilización en la tramitación de subvenciones

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Texto

Esta Presidencia, hoy, ha decretado:

"Primero. Antecedentes

La guerra en Ucrania ha agravado la tensión en los mercados energéticos y ha puesto en peligro la recuperación económica iniciada en el momento en que se empezaba a ver el final de la pandemia de la COVID-19.

Así, las instituciones de la Unión Europea, el Estado Español y las comunidades autónomas, entre ellas las Islas Baleares, han considerado imprescindible adoptar, de manera urgente, medidas extraordinarias destinadas a asegurar el bienestar de la ciudadanía, medidas de contención ante los daños que se producen para el consumo y la reactivación económica a consecuencia del incremento de precios de la energía y de las materias primas,  medidas para facilitar la acogida de las personas desplazadas a causa del conflicto bélico, así como medidas para rebajar la dependencia energética de Rusia a través del impulso del hidrógeno verde y de las energías renovables.

Por otra parte, la Ley 38/2004, de 17 de noviembre, general de subvenciones, norma básica aplicable a los consejos insulares, los habilita a través de las bases reguladoras de las subvenciones u ordenanza general, a fijar aspectos concretos de tramitación de las subvenciones. El Pleno del Consell de Mallorca aprobó la Ordenanza General de Subvenciones en sesión celebrada el 23 de diciembre de 2016 y fue modificada por acuerdo de día 14 de junio de 2018.

Segundo. Medidas autonómicas para agilizar la tramitación de subvenciones.

En este contexto el Consejo de Gobierno de las Islas Baleares aprobó el Decreto-ley 4/2022, de 30 de marzo, por el que se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para paliar la crisis económica y social producida por los efectos de la guerra en Ucrania (en adelante, Decreto).

Tal y como detalla su exposición de motivos resulta de primordial importancia agilizar y simplificar todos los procesos administrativos asociados a la concesión de subvenciones y ayudas incluidas dentro de las Medidas de diálogo social de las Islas Baleares para hacer frente al impacto económico y social generado por la guerra en Ucrania, aprobadas el 23 de marzo de 2022 dentro del marco del Pacto de Reactivación de las Islas Baleares.

En este documento se explicitan una serie de medidas que, por un lado, atenderán las necesidades más urgentes que sufren las personas desplazadas a las Islas Baleares a consecuencia del conflicto bélico, y, por el otro, un conjunto de políticas de protección a la sociedad y al ámbito económico y laboral, con actuaciones dirigidas a paliar los efectos de la guerra,  tanto para las empresas como para los trabajadores de las Islas Baleares. La respuesta de la Administración ante esta cruenta situación debe ser rápida y eficiente y, por este motivo, se introducen nuevamente las medidas de agilización de los procesos incentivables en términos parecidos a los que se establecen en la sección 1ª del capítulo IV de la Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19, que, de esta manera, estarán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2022.

Las normas para agilizar la tramitación se encuentran contenidas en el Capítulo IV del Decreto (artículo 11 y siguientes).

Tercero. Necesidad de acuerdo del Consejo para entender aplicables las medidas de agilización en materia de subvenciones

Bajo el nombre de normas para las administraciones insulares y locales la Disposición adicional primera del Decreto regula la posibilidad de aplicar las normas de agilización de la actividad consorciado que se contienen en este Decreto.  Eso si, siempre que lo acuerde el órgano competente de la administración públicaca insular o local correspondiente.

Considerando que no se determina cuál es el órgano competente para la aprobación de la aplicabilidad de estas medidas al Consejo debe entenderse de aplicación el artículo 34.1.o) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local así como el artículo 9.2.x) de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consejos Insulares que atribuyeen a la presidencia el ejercicio de aquellas atribuciones que la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas asigne a la Diputación y no sean expresamente atribuidas a otros órganos.

 

Por todo ello, decreto:

Primero. Declarar aplicable al Consell Insular de Mallorca y a sus entes vinculados las normas en materia de agilización en la tramitación de subvenciones establecidas en el Capítulo IV del Decreto Ley 4/2022, de 30 de marzo, por el que se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para paliar la crisis económica y social producida por los efectos de la guerra en Ucrania.

Segundo. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Consell Insular de Mallorca. "

 

Palma, 30 de mayo de 2022

La presidenta del Consell Insular de Mallorca Catalina Cladera Crespí