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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 309367
Trámite de información pública del proyecto de decreto por el que se aprueba el Plan de ordenación de los recursos naturales de Llevant y se amplían los límites del Parque Natural de la península de Llevant

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Texto

Mediante el acuerdo del Consejo de Gobierno de 12 de abril de 2019 se inició el procedimiento de elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Península de Llevant y de la ampliación del Parque Natural de la Península de Llevant (BOIB nº 48, de 13 de abril), que se prorrogó por dos años mediante el acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de marzo de 2021 (BOIB nº 43, de 30 de marzo).

De acuerdo con el artículo 9.2.e) de la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO), el anteproyecto de regulación debe someterse a información pública por un período, como mínimo, de un mes.

Por todo ello, se anuncia que el 31/05/2022 se ha dictado una resolución en los siguientes términos:

Resolución

1. Someter al trámite de información pública el proyecto de decreto por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Llevant y se amplían los límites del Parque Natural de la península de Llevant.

2. Poner el Proyecto de Decreto a disposición de la ciudadanía en los siguientes lugares:

  • en la página web de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio, en la sección Destacados (tem.caib.es)
  • en la página web de Participación ciudadana (<http://participaciociutadana.caib.es>) del Gobierno de las Illes Balears
  • en las dependencias de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad de la misma Consejería (c. Gremio de Corredores, 10. Polígono de Son Rossinyol. 07009. Palma).

3. Fijar el plazo de 1 mes a contar desde la publicación del anuncio en el Butlletí Oficial de les Illes Balears para formular observaciones, aportaciones o consideraciones al Proyecto de Decreto.

Los escritos deben dirigirse a la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio y se pueden presentar en la sede de la misma Consejería (c. Gremio de Corredores, 10. Polígono de Son Rossinyol 07009. Palma) o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

4. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos en la web Participación ciudadana (<http://participaciociutadana.caib.es>) del Gobierno de las Illes Balears en el plazo establecido en el apartado anterior.

Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o entidad que realiza las alegaciones, deben incluirse en el expediente de elaboración normativa.

5. Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, en el tablón de anuncios del Consejo de Mallorca y de los ayuntamientos de Artà, Capdepera, Santa Margalida y Sant Llorenç des Cardassar y en dos de los diarios de mayor tirada de la isla de Mallorca."

 

Palma, (firmado electrónicamente: 31 de mayo de 2022)

El director general de Espacios Naturales y Biodiversidad Llorenç Mas Parera