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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE DEIÀ

Núm. 312839
Acuerdo del Pleno de fecha 27 de mayo de 2022 del Ayuntamiento de Deià por el cual se aprueba definitivamente la modificación de la Ordenanza Reguladora del sistema de pago de fianzas, tasas, precios públicos, sanciones e impuestos municipales

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Texto

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de la Ordenanza Reguladora del sistema de pago de fianzas, tasas, precios públicos, sanciones e impuestos municipales en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

ORDENANZA REGULADORA DEL SISTEMA DE PAGO DE FIANZAS, TASAS, PRECIOS PÚBLICOS, SANCIONES E IMPUESTOS MUNICIPALES

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Congreso de los Diputados del Estado en sesión de 24 de abril de 2020 acordó “medidas para la eliminación gradual del pago en efectivo, con el horizonte de su desaparición definitiva”.

El mes de septiembre de 2021 cerró la oficina de la última entidad bancaria que operaba en el municipio, quedando también sin ningún cajero automático ni ninguna forma posible de sacar dobleros en metálico.

A raíz de estos hechos, el Ayuntamiento de Deià ha acelerado la transición hacia pagos digitales. En este sentido, y fruto de su colaboración con la Agencia Tributaria de las Islas Baleares, algunas de las tasas, sanciones e impuestos municipales ya se hacen exclusivamente a través de sistemas de pago telemático, ya sea por domiciliación bancaria, pago en línea o pago en cajero.

Para seguir avanzando en este sentido, el Ayuntamiento ha adquirido un aparato datáfono para posibilitar el pago con tarjeta a las oficinas municipales.

Por todo esto hay que estructurar y reglamentar las formas de pago de las diferentes fianzas, tasas, precios públicos, sanciones e impuestos municipales.

Artículo 1

Esta Ordenanza Reguladora se basa en el artículo 100 y siguientes de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.

Artículo 2

Esta Ordenanza regula el sistema de pago de fianzas, tasas, precios públicos, sanciones e impuestos municipales derivados de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para la utilización de espacios y materiales municipales, de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por clases de lengua catalana, de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida, tratamiento y eliminación de basura, de la Ordenanza fiscal tasa barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones en terrenos de uso público, industrias calle, ambulantes y rueda, de la Ordenanza reguladora del precio público por los servicios de la Escuela Municipal de Música de Deià, de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para establecer vados y zonas de prohibición o reserva de aparcamiento a iniciativa de particulares, de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos, de la Ordenanza fiscal de licencia de apertura de establecimientos, de la Ordenanza fiscal para la exoneración extraordinaria del límite de tonelaje determinado en las calles del municipio de Deià, de la Ordenanza municipal reguladora de la obligación de mantenimiento, limpieza y observancia de salubridad de las parcelas urbanas, de la Ordenanza reguladora de las tarifas del servicio público de escuela infantil de Deià, de la Ordenanza reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de servicio de cementerio, de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO), de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de licencias urbanísticas, de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, materiales de construcción, escombros, barreras, puntuales y caballetes, bastimentos y otras instalaciones análogas, de la Ordenanza reguladora sobre el uso del fuego en los cascos urbanos del municipio de Deià, de la Ordenanza municipal de medidas para regular la promoción, venta y consumo de bebidas alcohólicas, de la Ordenanza para el fomento de la convivencia ciudadana en los espacios públicos del municipio de Deià, de la Ordenanza tenencia animales, de la Ordenanza reguladora del ruido y las vibraciones en el término municipal de Deià y de todas las ordenanzas que supongan una fianza, tasa, precio público, sanción o impuesto que no contemple un sistema de pago específico.

Artículo 3

Como norma general, se debe tender a la desaparición de los pagos en metálico, priorizando el pago mediante tarjeta o transferencia bancaria. A tal efecto, en caso de poderse realizar el pago en metálico, el personal del Ayuntamiento ofrecerá preferentemente el pago mediante tarjeta.

Artículo 4

Las fianzas iguales o inferiores a 100€ se abonarán en metálico en las oficinas municipales.

Las fianzas superiores a 100,01€ se abonarán mediante transferencia bancaria.

Artículo 5

Las tasas se podrán abonar mediante transferencia bancaria, pago con tarjeta en las oficinas municipales o en metálico en las oficinas municipales y en la biblioteca si se trata de una cantidad inferior a 5€.

Las tasas se podrán abonar mediante transferencia bancaria o pago con tarjeta en las oficinas municipales si se trata de una cantidad igual o inferior a 100€.

Las tasas se tendrán que abonar mediante transferencia bancaria si se trata de una cantidad superior a los 100,01€ o mediante transferencia bancaria o pago en línea se trata de una tasa la gestión  la cual el Ayuntamiento tenga cedida a la Agencia Tributaria de las Islas Baleares.

Artículo 6

Los precios públicos derivados de la Ordenanza fiscal reguladora de los precios públicos para actos de carácter cultural y festivo del Ayuntamiento de Deià se podrán abonar en metálico o mediante pago con tarjeta a las oficinas municipales o en metálico en la entrada del acto en cuestión.

El resto de precios públicos se tendrán que abonar mediante transferencia bancaria.

Artículo 7

Las sanciones se tendrán que abonar mediante transferencia bancaria o pago en cajeros automáticos, según prevea la propia sanción.

Artículo 8

Los impuestos municipales se tendrán que abonar mediante transferencia bancaria o pago en línea.

Disposición final

La presente Ordenanza entrará en vigor el día de su publicación definitiva en el “Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares”, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación exprés.

 

 Deià, en fecha de la firma electrónica (2 de junio de 2022)

El alcalde

Lluís Enric Apesteguia Ripoll