Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES
Núm. 306739
Extracto de la Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollan programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondiente a los años 2022 y 2023, para proyectos a ejecutar durante los años 2023 y 2024
Identificador BDNS: 629251
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo se puede consultar a la Base de datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero. Entidades beneficiarias
Pueden resultar beneficiarias de las ayudas que establece esta convocatoria las entidades que cumplan los requisitos que se indican a continuación:
Se excluyen de esta convocatoria las siguientes entidades:
Segundo. Objeto
El objeto de esta convocatoria es establecer subvenciones destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro para financiar los gastos derivados del funcionamiento de servicios y programas de atención social, orientación, valoración e integración para el fomento de la inclusión social, así como de servicios de atención social dirigidos a personas y familias en riesgo de exclusión social mediante programas dirigidos a cubrir necesidades básicas que se lleven a cabo en las Islas Baleares. La financiación se hará con cargo a la asignación del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondiente a los años 2022 y 2023, para financiar actuaciones ejecutadas en los ejercicios 2023 y 2024.
Tercero. Bases reguladoras
Esta convocatoria se rige por la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo).
Cuarto. Cuantía
El importe máximo que se destina a esta convocatoria es de ocho millones de euro (8.000.000,00 €), de acuerdo con la imputación temporal y el desglose siguientes:
Año |
Cuantía |
Partida presupuestaria |
---|---|---|
2022 |
4.000.000,00 € |
17401.313E01.48000.00. FF 22073 |
2023 |
4.000.000,00 € |
17401.313E01.48000.00. FF 23073 (o la alternativa correspondiente) |
El importe total consignado inicialmente en las diferentes partidas se puede ampliar mediante una resolución de modificación de la convocatoria, con los efectos, si procede, que prevé el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes es de doce días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Las personas interesadas deben presentar la solicitud específica del procedimiento y la documentación adjunta, por medios electrónicos, a través del trámite telemático disponible en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Las entidades interesadas pueden presentar solicitudes de subvención para financiar gastos de proyectos relacionados con las actuaciones señaladas a tales efectos.
Sexto. Otros datos
Son subvencionables los proyectos que cumplan los requisitos que establece esta convocatoria y que se lleven a cabo dentro del período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2024, teniendo en cuenta que los proyectos para los que se licite subvención para financiar gastos de funcionamiento deben incluir necesariamente actuaciones en ambos ejercicios.
Palma, documento firmado electrónicamente (31 de mayo de 2022)
La consejera de Asuntos Sociales y Deportes Fina Santiago Rodríguez