Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
FUNDACIÓN BIBLIOTECA DE ALCUDIA CAN TORRÓ
Núm. 304028
Resolución de la Presidencia de 24 de mayo de 2022 de la Fundació Biblioteca d’Alcúdia se ha aprobado la Oferta de Empleo Público para la estabilización de la ocupación temporal, que cumple las previsiones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo público
Mediante Resolución de la Presidencia de 24 de mayo de 2022 de la Fundació Biblioteca d'Alcúdia se ha aprobado la Oferta de Empleo Público para la estabilización de la ocupación temporal, que cumple las previsiones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo público, correspondiente a las plazas que a continuación se relacionan:
ANEXO OFERTA PÚBLICA POR TASA ADICIONAL DE ESTABILIZACIÓN AÑO 2022
PERSONAL LABORAL. APLICACIÓN ART. 2 LEY 20/2021. |
||||
Denominación plaza |
Grupo profesional |
Nº. plazas |
Sistema selectivo |
Turno |
DIRECTOR/A |
Grupo 1 |
1 |
Concurso-oposición (art. 2) |
Libre |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO |
Grupo 4 |
1 |
Concurso-oposición (art. 2) |
Libre |
En cumplimiento del artículo 70.2 del Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Empleo Público para la estabilización de ocupación temporal de la Fundación Biblioteca de Alcudia, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la presidenta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses , a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél se haya resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Alcúdia, en fecha de la firma electrónica (25 de mayo de 2022)
La presidenta de la Fundación Biblioteca de Alcúdia Bárbara Rebassa Bisbal