Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES URBANOS DE PALMA, SA
Núm. 301329
Oferta de ocupación pública de estabilización de la Empresa Municipal de Transports Urbans de Palma SA, en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública
El artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, autoriza una tasa adicional para la estabilización de la ocupación temporal que incluirá las plazas estructurales ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.
La disposición adicional sexta autoriza, con carácter excepcional, una convocatoria de estabilización de empleo temporal de larga duración por el sistema de concurso para las plazas que hayan sido ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente antes del día 1 de enero de 2016.
La disposición adicional octava establece que los procesos de estabilización contenidos en la disposición adicional sexta incluirán en sus convocatorias las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016.
La disposición adicional séptima establece que los preceptos contenidos en la norma relativos a los procesos de estabilización serán de aplicación a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público, sin perjuicio de la adecuación, en su caso, a su normativa específica.
El cálculo de la tasa adicional del proceso de regularización supone la inclusión en esta oferta de 127 puestos de trabajo que se convocarán por el procedimiento de concurso, 94 puestos de trabajo que se convocarán por el procedimiento de concurso oposición y 34 puestos de trabajo que se convocarán por promoción interna.
Por todo ello, el Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Transports Urbans de Palma SA, aprobó en fecha 24 de mayo de 2022 la oferta pública de estabilización de acuerdo con el siguiente de desglose:
Puesto de trabajo |
Número plazas |
Forma de acceso |
---|---|---|
Conductor AU |
115 |
Concurso |
Jefe Departamento |
1 |
Concurso |
Técnico Especialista |
5 |
Concurso |
Encargado Departamento |
2 |
Concurso |
Auxiliar Administración |
3 |
Concurso |
Técnico Taller |
1 |
Concurso |
Puesto de trabajo |
Número plazas |
Forma de acceso |
Conductor AU |
94 |
Concurso oposición |
Puesto de trabajo |
Número plazas |
Forma de acceso |
---|---|---|
Director de Área |
1 |
Promoción interna |
Jefe Departamento |
3 |
Promoción interna |
Técnico especialista |
4 |
Promoción interna |
Técnico Departamento |
1 |
Promoción interna |
Encargado Departamento |
5 |
Promoción interna |
Técnico Administrativo |
7 |
Promoción interna |
Técnico Taller |
4 |
Promoción interna |
Auxiliar movilidad |
9 |
Promoción interna |
En cumplimiento del art. 70 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la oferta de ocupación pública para la estabilización de la ocupación temporal de la EMT-Palma en el Boletín Oficial de les Illes Balears a efectos de dar publicidad a la misma.
Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se podrá interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8.2.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 27 de mayo de 2022
El director-gerente
Mateu Marcús Fiol