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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA - PALMAACTIVA-

Núm. 298917
PalmaActiva. - Acuerdo de JGL aprobatorio de la tasa de reposición 2022 y de modificación del Acuerdo JGL_20211209_01_037, de 09/12/2021, de aprobación de la promoción interna, tasa adicional y oferta pública de PalmaActiva (BOIB 172, 16 de diciembre de 2021)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma, en sesión de día 25 de mayo de 2022, aprobó el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Aprobar la tasa de reposición de la siguiente plaza, en aplicación del artículo 19.1.6 de la LPGE 22/2021 de 28 de diciembre

Núm.

Denominación del puesto de trabajo

Grupo Profesional

Nivel

1

Técnico/a de formación, ocupación y autoocupación

TSFOA

TGS

SEGUNDO.- Aprobar la tasa adicional de estabilización de la ocupación temporal para el año 2021, de acuerdo con lo previsto en los artículos 19.u. 6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de presupuestos Generales del Estado para el año 2017, el artículo 19 uno 9 de la Ley 6/2018 de 3 de julio de presupuestos generales del Estado para el año 2018, prorrogada para el año 2020 que incluye las siguientes plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, han estado cubiertas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017 en los sectores y colectivos D), O) i R) del artículo 19. uno, apartado 1 y 3 de la Ley 3/2017, de 27 de junio,

Número de plazas

Denominación en la RLLT PalmaActiva, acuerdo JGL_20211117_01_037

Grupo Profesional

Nivel

2

Técnico/a en comunicación e imagen corporativa

TSCIC

TGS

5

Técnico/a de formación, ocupación y autoocupación

TSFOA

TGS

1

Técnico/a en gestión seguimiento de proyectos

TSSP

TGM

7

Técnico/a de gestión de ocupación y autoocupación

TGOA

TGM

1

Técnico/a en desarrollo de personal

TSDP

TGS

1

Técnico/a en gestión de personal

TGP

TGM

1

Técnico/a de mantenimiento y servicios

TMS

TE

2

Personal de gestión administrativa

ADM

ADM

8

Auxiliar de gestión administrativa

AUX

AUX

1

Auxiliar de mantenimiento y servicios

AMS

AUX

29

 

 

 

TERCERO.- Aprobar la oferta de ocupación pública de la tasa de reposición para el año 2022 de acuerdo con la aplicación del artículo 20 de la Ley 22/2021, de 29 de diciembre, vigente para los Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Núm.

Denominación del puesto de trabajo

Grupo Profesional

Nivel

1

Técnico/a de formación, ocupación y autoocupación

TSFOA

TGS

CUARTO.- Aprobar la oferta de ocupación pública de la tasa adicional para el año 2021 de PalmaActiva, que será la siguiente:

Número de plazas

Denominación en la RLLT PalmaActiva, acuerdo JGL_20211117_01_037

Grupo Profesional

Nivel

2

Técnico/a en comunicación e imagen corporativa

TSCIC

TGS

5

Técnico/a de formación, ocupación y autoocupación

TSFOA

TGS

1

Técnico/a en gestión seguimiento de proyectes

TSSP

TGM

7

Técnico/a de gestión de ocupación y autoocupación

TGOA

TGM

1

Técnico/a en desarrollo de personal

TSDP

TGS

1

Técnico/a en gestión de personal

TGP

TGM

1

Técnico/a de mantenimiento y servicios

TMS

TE

2

Personal de gestión administrativa

ADM

ADM

8

Auxiliar de gestión administrativa

AUX

AUX

1

Auxiliar de mantenimiento y servicios

AMS

AUX

29

 

 

 

QUINTO.- Dejar sin efecto los puntos segundo y tercero del Acuerdo del Consejo Rector de 02/12/2021, de aprobación de la tasa adicional de estabilización de la ocupación temporal para el año 2021 y oferta pública.

SEXTO. -  Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.”

Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición delante del mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado este acuerdo. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo se tendrá que presentar en el Registro de este Organismo o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes citado y lo que dispone la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, delante del Juzgado Contencioso Administrativo, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/98, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado este acuerdo, todo esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

 

Palma, 26 de mayo de 2022

La gerente Susana Rincón Otero