Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
INSTITUTO RAMON LLULL
Núm. 298647
Resolución de 24 de mayo de 2022, relativa a la publicidad de la oferta pública de estabilización del Consorcio Institut Ramon Llull
Teniendo en cuenta lo que dispone el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante, TREBEP), de aplicación, en lo que sea procedente, al personal laboral al servicio de los organismos públicos, agencias y otras entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas (artículo 2.1 d) y las previsiones relativas al acceso a la ocupación pública y adquisición de la relación de servicio (título IV, capítulo I).
De conformidad con la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública (BOE n.º 312, de 29 de diciembre), y la previsión de que los preceptos contenidos en la norma relativos a los procesos de estabilización sean de aplicación a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público, sin perjuicio de la adecuación, en su caso, a su normativa específica (disposición adicional séptima).
De acuerdo con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que dispone de una regulación básica de los consorcios que se integren en el sector público institucional estatal, autonómico y local.
Visto el Acuerdo de Gobierno 119/2017, de 1 de agosto, mediante el que se aprueban los nuevos Estatutos del Consorcio Institut Ramon Llull (DOGC n.º 7426, de 3 de agosto), en cuanto al régimen de personal del Consorcio (artículo 18), especialmente, la previsión del apartado 2.3 relativa al régimen jurídico de aplicación al personal del Institut, que es el que corresponde al personal de la Administración de la Generalidad de Cataluña, así como los criterios establecidos por la Dirección General de la Función Pública en cuanto a los consorcios con participación mayoritaria de la Administración de la Generalidad de Cataluña. En este sentido, es de aplicación el Convenio Colectivo de Trabajo del Personal del Institut Ramon Llull para los años 2010-2011 (código 0815941).
De acuerdo con las previsiones sobre la oferta de ocupación pública del artículo 70.2 del TREBEP y en uso de las atribuciones que me confiere la normativa vigente,
RESUELVO
Anunciar la remisión expresa a la publicación de la oferta pública de estabilización del Consorcio Institut Ramon Llull que apruebe el máximo órgano de Gobierno, correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública (BOE n.º 312, de 29 de diciembre), en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña y en la página web de la entidad (www.llull.cat).
Barcelona, 24 de mayo de 2022
El director del Consorcio Institut Ramon Llull Pere Almeda Samaranch