Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MOVILIDAD Y VIVIENDA
Núm. 298236
Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda, a propuesta de la directora general de Vivienda y Arquitectura, por la que se rectifican los errores materiales de la Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de 30 de marzo de 2021 por la que se aprueba la segunda concesión parcial de las ayudas para el alquiler de viviendas durante el año 2020 y se reconoce la obligación a favor de 2469 beneficiarios de la ayuda destinada a subvencionar el alquiler, de conformidad con la Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de mayo de 2020, por la que se convocan las ayudas para el alquiler de viviendas durante el año 2020, en el marco del Real Decreto 106/2018
En fecha 18 de mayo de 2022, el director general de Vivienda y Arquitectura ha formulado la siguiente propuesta de resolución:
Hechos
1. El día 29 de junio de 2017 se publicó en el BOIB n.º 79 la Orden del consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 22 de junio de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones estatales o autonómicas en materia de vivienda, que gestione o establezca la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Estas bases prevén que las convocatorias que se dicten a su amparo se aprobarán con una resolución de la persona titular de la consejería competente en materia de vivienda y se publicarán en el BOIB.
2. El 29 de mayo de 2020, el consejero de Movilidad y Vivienda dictó una resolución por la que se convocaron las ayudas del año 2020 para el alquiler de viviendas, en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (BOIB n.º 98, de 1 de junio de 2020).
3. El 30 de marzo de 2021, el consejero de Movilidad y Vivienda, a propuesta del director general de Vivienda y Arquitectura, dictó la Resolución por la que se aprueba la segunda concesión parcial de las ayudas para el alquiler de viviendas durante el año 2020 y se reconoce la obligación a favor de 2.469 beneficiarios de la ayuda destinada a subvencionar el alquiler, de conformidad con la Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de mayo de 2020, por la que se convocan las ayudas para el alquiler de viviendas durante el año 2020, en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan 2018-2021 (BOIB n.º44, de 1 de abril de 2021).
En el anexo de la mencionada Resolución se incluyen, entre otros, los siguientes beneficiarios de las ayudas y por la cuantía que se indica a continuación:
N.º orden |
Solicitante |
Expediente |
Total |
---|---|---|---|
379 |
41511272K |
PAV-06947/2020 |
1.740,00 € |
809 |
43123874R |
PAV-06947/2020 |
1.740,00 € |
4. El día 15 de marzo de 2022, el consejero de Movilidad y Vivienda, a propuesta del director general de Vivienda y Arquitectura, dictó la Resolución por la que se aprueba la séptima concesión parcial de las ayudas para el alquiler de viviendas durante el año 2020 y se reconoce la obligación a favor de 302 beneficiarios de la ayuda destinada a subvencionar el alquiler, de conformidad con la Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de mayo de 2020, por la que se convocan las ayudas para el alquiler de viviendas durante el año 2020, en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (BOIB n.º 41, de 24 de marzo de 2022).
En el anexo de la mencionada Resolución se incluyen, entre otros, los beneficiarios siguientes de las ayudas y por la cuantía que se indica a continuación:
N.º orden |
Solicitante |
Expediente |
Total |
---|---|---|---|
44 |
41511272K |
PAV-06947/2020 |
1.350,00 € |
83 |
43123874R |
PAV-06947/2020 |
1.350,00 € |
5. Los servicios competentes de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura han revisado el expediente PAV 06947/2020 y han comprobado que el importe de la subvención total de ayuda al alquiler de vivienda 2020 que le corresponde de conformidad con lo establecido en la convocatoria, asciende a 1.350,00 € para cada uno de dos beneficiarios del expediente, habiéndose incluido por error en el anexo de la Resolución por la que se aprueba la segunda concesión parcial de las ayudas con un importe superior.
En consecuencia, existe una duplicidad en la concesión de la ayuda para el alquiler de vivienda 2020 a los beneficiarios que se indican a continuación:
Expediente |
Solicitante |
---|---|
PAV-06947/2020 |
41511272K |
PAV-06947/2020 |
43123874R |
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109. 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el sentido que las administraciones públicas podrán rectificar, asimismo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos (BOE n.º 236, de 2 de octubre de 2015).
2. La Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de mayo de 2020 por la que se convocaron las ayudas para el alquiler de viviendas del año 2020, en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (BOIB n.º 98, de 1 de junio de 2020).
3. La Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de 30 de marzo de 2021 por la que se aprueba la segunda concesión parcial de las ayudas para el alquiler de viviendas durante el año 2020 y se reconoce la obligación a favor de 2.469 beneficiarios de la ayuda destinada a subvencionar el alquiler, de conformidad con la Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de mayo de 2020 por la que se convocaron las ayudas para el alquiler de viviendas del año 2020, en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (BOIB n.º 44, de 1 de abril de 2021).
4. La Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de 15 de marzo de 2022, a propuesta del director general de Vivienda y Arquitectura, por la que se aprueba la séptima concesión parcial de las ayudas para el alquiler de viviendas durante el año 2020 y se reconoce la obligación a favor de 302 beneficiarios de la ayuda destinada a subvencionar el alquiler, de conformidad con la Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de mayo de 2020, por la que se convocan las ayudas para el alquiler de viviendas durante el año 2020, en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (BOIB n.º 41, de 24 de marzo de 2022).
5. La Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 8, de 15 de enero de 2015).
6. La Ley 5/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2022 (BOIB n.º 180, de 30 de diciembre de 2021).
7. El artículo 15.6 del Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre de 2004).
8. La Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears (BOIB n.º 15, de 2 de febrero de 2019).
9. El Decreto 8/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, de modificación del Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que incluye la Consejería de Movilidad y Vivienda (BOIB n.º 20, de 14 de febrero de 2021).
10. El artículo 2.11.b) del Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que establece que la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, que depende de la Consejería de Movilidad y Vivienda, ejercerá sus competencias, entre otros, en el ámbito material de fomento, coordinación y gestión de las ayudas públicas en materia de vivienda (BOIB ext. n.º 21, de 15 de febrero de 2021).
Propuesta de resolución
Propongo al consejero de Movilidad y Vivienda que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Rectificar los errores materiales existentes en la Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de 30 de marzo del 2021, por la que se aprueba la segunda concesión parcial de las ayudas para el alquiler de viviendas durante el año 2020 y se reconoce la obligación a favor de 2.469 beneficiarios de la ayuda destinada a subvencionar el alquiler, de conformidad con la Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de mayo de 2020, por la que se convocan las ayudas para el alquiler de viviendas durante el año 2020, en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (BOIB n.º44, de 1 de abril de 2021) excluyendo del anexo de la misma a los siguientes beneficiarios:
Expediente |
DNI |
---|---|
PAV-06947/2020 |
41511272K |
PAV-06947/2020 |
43123874R |
2. Publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears esta Resolución.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar una resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Movilidad y Vivienda en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se podrá interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 18 de mayo de 2022
El secretario general Francesc Ramis Oliver Por delegación del consejero de Movilidad y Vivienda (BOIB n.º 24, de 18 de febrero de 2021)
La directora general proponente Cristina Ballester Parets