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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 295631
Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística. GCI 05/04. Aprobación inicial proyecto de cooperación UE 72/03 del PERI La Soledad- Polígono de Levante

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Texto

 

I05040122 ANU-cast

AREA MODELO DE CIUDAD, VIVIENDA DIGNA Y SOSTENIBILIDAD

GERENCIA DE URBANISMO

DEPARTAMENTO DE PLANEAMIENTO  Y GESTIÓN URBANÍSTICA

SERVICIO JURÍDICOADMINISTRATIVO DE GESTIÓN URBANÍSTICA

La Junta de Gobierno de Palma, en sesión que tuvo lugar en fecha 11 de mayo de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:

El 5/11/2020 el Servicio de Valoraciones y Proyectos del Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística, ha redactado Proyecto de cooperación de la unidad de ejecución 72/03, incluido dentro del ámbito del PERI del sector de La Soledad-Polígono de Levante, del vigente Plan General.

Es objeto del presente proyecto la reparcelación mediante el sistema de cooperación consistente en la agrupación de las fincas comprendidas dentro del ámbito de actuación y su división conforme al planeamiento y adjudicación de los solares resultantes a los propietarios en proporción a sus respectivos derechos, siguiendo les directrices de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares.

Detectadas una serie de discrepancias de la ordenación vigente que desarrolla la UE con l'ARU-T/72-03 de la Revisión del PGOU (informe del Servicio de Valoraciones de 27.10.2021), se ha emitido informe el 18.11.2021 por parte del arquitecto Jefe de Servicio de la Oficina del Plan General que dice que las discrepancias de delimitación del ámbito, alineaciones, profundidades edificables, aprovechamiento y de otros posibles, corresponden a errores que efectivamente deberan de ser reparados en la documentación pera la aprobación definitiva.

Como propietario de fincas lucrativas, el Ayuntamiento participa en los gastos de gestión y urbanización en un porcentaje del 13,485% respecto de la cuenta de liquidación provisional, y le corresponde un total de 774.082,87€, el cual se puede dividir en los ejercicios siguientes estableciendo la reserva de crédito con cargo al Patrimonio municipal del Suelo:

PERI  del sector de La Soledad-Polígono de Levante

GASTOS TOTALES PROYECTO

 

 

GASTOS AÑO 2022

 

% del total

EXPROPIACIONES

7.573,56 €

0,98%

INDEMNITZACIONES CONSTRUCCIONES EXISTENTES

139.655,79 €

18,04%

MONETARITZACIÓN DIF. 15% CESSIÓN

19.471,72 €

2,52%

VALOR POR DIFERENCIA DE ADJUDICACIÓN

120.762,34 €

15,60%

TRIBUTOS POR DECLARACIÓN REGISTRO SOLARES + ATROS GASTOS

9.077,29 €

1,17%

HONORARIOS PROYECTO URBANITZACIÓN

22.554,95 €

2,91%

GASTO ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN, COMERCIALES Y FINANCERAS

82.924,59 €

10,71%

HONORARIOS PROJECTO DEMLICIÓN EDIFICIOS EXISTENTES

2.013,03 €

0,26%

GASTOS AÑO 2023

 

% del total

GASTOS URBANITZACIÓN Y  DERIVADAS DE LA  CUENTA DE LIQUIDACIÓN

370.049,60 €

47,80%

 

774.082,87 €

100,00%

Año 2022: 404.033,27 €, cantidad que se dotará presupuestariamente a la partida 081517068000 (Reurbanización la Soledad – Polígono de Levante)

Año 2023: 370.049,60 €, cantidad que se dotará presupuestariamente en su momento.

Atendiendo las instrucciones del Gerente de 23.11.2021 de continuar con la tramitación de la UE según las previsiones del PERI de La Soledad i del PGOU de 1998.

Por eso, conforme con lo que dispone el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de les bases de régimen local, en la redacción dada per la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas de modernización del Gobierno Local, el art. 25 del Texto Refundido de la Ley de Suelo RDLeg 7/2015, de 30 de octubre, así como el artículo 88 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares, 213 del Reglamento general de la Ley 2/2014, los articulos 172 i 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, el TAG que firma proponen a la Junta de Gobierno de Palma  que adopten el siguiente

ACUERDO

1. Aprobar inicialmente el Proyecto de cooperación de la UE 72/03, del PERI La Soledad-Polígono de Levante, redactado por el Servicio de Valoraciones y Proyectos del Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística.

Como propietario de fincas lucrativas, el Ayuntamiento participa en los gastos de gestión y urbanización en un porcentaje del 13,485% respecto de la cuenta de liquidación provisional, y le corresponde un total de 774.082,87€, el cual se puede dividir en los ejercicios siguientes estableciendo la reserva de crédito con cargo al Patrimonio municipal del Suelo, tal como ha quedado desglosado en la parte expositiva de este acuerdo:

Año 2022 404.033,27 € cantidad que se dotará presupuestariamente a la partida 081517068000 (num. referencia 22022006717; núm de operación 220220017148) (Reurbanización la Soledad – Polígono de Levante)

Año 2023 370.049,60 € cantidad que se dotará presupuestariamente en su momento

 

2. Aceptar en concepto del 15 % de aprovechamiento del sector que corresponde al Ayuntamiento la cesión de la parcela resultante PR-06 de uso residencial de superficie 2.505,62 m2, y el resto se materializa en la cantidad de 144.394,89 € en concepto de monetaritzación, en aplicación del artículo 30.2 b) de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares.

4. Solicitar al Registro de la Propiedad la afectación de las fincas que conforman el ámbito de actuación a la reparcelación, de acuerdo con el art. 5 del reglamento sobre inscripción en el registro de la propiedad de actos de naturaleza urbanística, RD 1093/1997.

5. Someter este acuerdo a información pública por un plazo de un mes, mediante el Boletín Oficial de les Islas Baleares, de conformidad con lo que dispone el artículo 213.5 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del suelo de las Islas Baleares. Así mismo se deberá de publicar en la dirección o en el punto de acceso electrónico correspondiente, donde se insertará su contenido íntegro.

6. Notificar el presente acuerdo, a los propietarios afectados por el sistema de actuación para que dentro del plazo de un mes a partir de la notificación puedan alegar delante esta administración municipal, lo que consideren adecuado a su derecho.

7. Dar traslado de este acuerdo al Servicio de Información Urbanística y a la Sección de proyectos de urbanización para su conocimiento.------------------------------------------------------

En cumplimiento del artículo 83 de la Ley 12/2017 de 29 de diciembre de Urbanismo de les Illes Balears; el 213.5 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y uso del suelo para la Isla de Mallorca (BOIB 66 DE 30-04-15); el 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril, se publica, junto con la documentación técnica aprobada que pueden consultar en la Sección de Información Urbanística del Área de Modelo de Ciudad, Urbanismo y Vivienda Digna (Avda. Gabriel Alomar, núm 18, bxos, Edificio Municipal de las Avenidas) y en la sede electrónica municipal en la dirección

https://urbanisme.palmademallorca.es/IMI/URBANISME/PRD/Planejament_urbanistic_pdf/Images%20Arxiu/GCI-Compensacions/GCI-200500040000/GCI-20050004_PORTADA.pdf

para que se tome general conocimiento y a los efectos pertinentes.

Pueden presentar sus escritos en el Ayuntamiento en los Registros Generales (OAC) siguientes:

OAC Cort: Plaza Santa Eulalia, 9, bxos                                                       OAC Avingudes:Av. Gabriel Alomar, 18(Ed. Avingudes)

OAC Sant Ferran: Av. St Ferran (Edif. Policia Local)                                 OAC Son Ferriol: Av. Cid, 8 (Son Ferriol)

OAC l´Escorxador: C/ Emperatriz Eugenia, 6                                             OAC St. Agustí: C/ Margaluz, 30 (St. Agustí)

OAC l'Arenal: Av. América, 11 (s'Arenal)                                                  OAC Pere Garau: Pere Llobera, 9, baixos

 

Palma, 20 de mayo de 2022 El jefe del Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26 de febrero de 2014 publicado en el BOIB 30 de 04/03/2014 Jaume Horrach Font