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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 294221
Notificación de Resolución de modificación y revocación parcial a los beneficiarios de las ayudas, R1 Exp. Núm.: 049 de fecha 17 de mayo de 2022, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 13 de diciembre de 2019, por la que se convocan subvenciones para inversiones en la prevención de los daños causados a los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes, para al año 2019

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Texto

El apartado 9.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 13 de diciembre de 2019, por la cual se convocan, para el año 2019, subvenciones para inversiones en la prevención de los daños causados en los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de acuerdo con los términos que prevé el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 30/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 17 de mayo de 2022, firmó la siguiente resolución:

“ RESOLUCIÓN DE MODIFICACIÓN Y DE REVOCACIÓN PARCIAL

PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE LAS ILLES BALEARS 2014-2020

Medida: 8.3 Subvenciones para Inversiones en la Prevención de los daños causados en los bosques  por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes.

Convocatoria: PIFO2019_1  R1 Exp. Núm. 049

Código DIR3: A04026954

Código  SIA: 2249735

Código BDNS: 486786

Hechos

1.Con fecha de 17 de diciembre de 2019 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 169, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el año 2019, subvenciones para inversiones en la prevención de los daños causados en los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes.

2.El 3 de mayo de 2021, el vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA dictó una Resolución de concesión de ayudas para inversiones en la prevención de los daños causados  a los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes (R1), que se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares número 62, de 13 de mayo de 2021, en la que figuraba una concesión, entre otros, a favor de CRISTÒFOL BARCELÓ LLULL, con NIF 431****98W, con un importe de ayuda de 17.920,00 € y un plazo de 12 meses desde el día siguiente de la fecha de notificación, con número de expediente PIFO 2019_1/049.

3.Con fecha 1 de abril de 2022, el representante del beneficiario de la ayuda (Margalida Muntaner Capó) solicita un cambio de las inversiones aprobadas, reduciendo la superficie de faja aprobada pidiendo una zona de aclareo.

4.El artículo 43 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, dispone que «Pertoca la revocación de la subvención cuando, posteriormente a la resolución de concesión válida y ajustada a derecho , el beneficiario incumple total o parcialmente las obligaciones o compromisos contraídos a los que está condicionada la eficacia del acto de concesión de la subvención. Como consecuencia de la revocación de la subvención, queda sin efecto, total o parcialmente, el acto de concesión y procede el reintegro de las cantidades indebidamente percibidas».

5.Por todo ello, se propone realizar la modificación de la Resolución de concesión del Vicepresidente en materia agraria del Fogaiba de 3 de mayo de 2021, por un importe de 17.920,00 €, y llevar a cabo una revocación parcial de 2.200,00 €, dado que es la cantidad que le corresponde según los módulos de la convocatoria.

6. Con fecha 28 de abril de 2022 se publicó la propuesta provisional de modificación y revocación parcial en la web del Fogaiba.

7.Pasados los 10 días hábiles sin haber presentado alegaciones corresponde dictar la resolución definitiva.

Fundamentos de derecho

1.Resolución de 13 de diciembre de 2019 de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el año 2019, subvenciones para inversiones en la prevención de los daños causados en los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes.

2.Orden del conseller de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020 .

3.Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Resolución de modificación y de revocación parcial

Por todo ello, se informa favorablemente y se propone al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:

1.Modificar la Resolución del vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA de 3 de mayo de 2021 de concesión (R1), por el importe y los datos detallados en el anexo I de esta Resolución, que es del total de 1 expediente que comienza con CRISTOFÒL BARCELÓ LLULL y termina con CRISTOFÒL BARCELÓ LLULL, relativa a la línea de ayudas Subvenciones para las inversiones en la prevención de los daños causados en los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes, a solicitud del beneficiario.

2.Revocar parcialmente la resolución de ayuda antes mencionada, concedida al beneficiario por el importe y con los datos detallados en el anexo II de esta resolución, que es de un total de 1 expediente y que comienza con CRISTOFÒL BARCELÓ LLULL y termina con CRISTOFÒL BARCELÓ LLULL, relativa a la línea de ayudas Subvenciones para las inversiones en la prevención de los daños causados en los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes”.

3.Declarar concluido el procedimiento y archivar el expediente PIFO2019_1/049.

4.Notificar esta resolución a la persona interesada, mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la consellera de  Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

El jefe de Negociado de Ayudas al Desarrollo Rural

(Por suplencia de la jefe de Sección XVI de Ayudas al Desarollo Rural

BOIB núm. 18, de 03/02/2022)

Jorge Company Salaverria

El jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

Josep Xavier Nadal Coll

Conforme con la propuesta, dicto resolución

Palma, 17 de mayo de 2022

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA

Fernando Fernández Such”

 

 

ANEXO I IMPORTES A REVOCAR

NOMBRE

NIF

EXPEDIENTE

FECHA DE RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN

IMPORTE A REVOCAR (€)

ANUALIDAD

CRISTÒFOL BARCELÓ LLULL

***9979**

PIFO2019_1/049

13/05/2021

21.641,00

2019

 

(Firmado electrónicamente: 24 de mayo de 2022)

El director gerente del FOGAIBA Mateu Morro Marcé