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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE CAMPOS

Núm. 293250
Ordenanza fiscal reguladora del precio público por la prestación del servicio de escuelas de verano del término municipal de Campos

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Texto

Una vez finalizado el plazo de exposición pública sin que se hayan presentado alegaciones, ha resultado aprobada definitivamente la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ESCUELAS DE VERANO DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE CAMPOS. publica el texto íntegro de la misma, para su entrada en vigor y aplicación, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 103 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local, que es el siguiente:

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ESCUELAS DE VERANO DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE CAMPOS. (Pleno 31/MARZO/2022)

Artículo 1. Concepto

Con arreglo a lo previsto en el artículo 127, en relación con el artículo 41, ambos del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece el precio público por la prestación del servicio de las escuelas de verano, especificado en la tarifa contenida en el artículo 3 siguiente, que se regirá por la presente ordenanza.

Artículo 2. Obligados al pago

Están obligadas al pago del precio público regulado en la presente ordenanza las personas solicitantes de las prestaciones del servicio o, en su defecto, los padres y tutores del niño beneficiado.

Artículo 3. Cuantía

La cuantía del precio público regulado en esta ordenanza se llevará a cabo conforme a las siguientes tarifas:

Las cuantías en horario escolar (de 09:00 a 14:00 horas) serán las siguientes:

Cuantía mes de junio

70,00 €

Cuantía mes de julio

195,00 €

Cuantía mes de agosto

195,00 €

Cuantía mes de septiembre

75,00 €

Cuantía por  15 días o 2 semanas, comprendidas entre los períodos del 1 al 15 o del 16 a 30/31 de cada mes.

110,00 €

Las cuantías en horario de mañana (de 07:00 a 09:00 horas) serán las siguientes:

Cuantía por 1 mes de los comprendidos entre julio y agosto

42,00 €

Cuantía por  15 días o 2 semanas, comprendidas entre los períodos del '1 al 15 o del 16 a 30/31 de cada mes.

24,00 €

Las cuantías por el servicio de comedor (de 14:00 a 16:00 horas) serán las siguientes:

Cuantía por un mes de los comprendidos entre  julio y agosto

42,00 €

Cuantía por  15 días o 2 semanas, comprendidas entre los períodos del 1 al 15 o del 16 a 30/31 de cada mes.

24,00 €

Artículo 4.- Exenciones y bonificaciones

Para las familias que no tienen la consideración de familia numerosa y que tienen al menos dos hijos que se encuentren matriculados en la guardería de verano, se establece una bonificación del 10% de la tarifa de cada hijo.

Para las familias que tienen la consideración de familia numerosa y que tienen al menos dos hijos que se encuentren matriculados en la guardería de verano, se establece una bonificación del 20% de la tarifa de cada hijo.

Artículo 5. Normas de gestión.

El precio público se considerará devengado simultáneamente en la prestación del servicio. Su cobro se hará efectivo en el momento de la asignación de las plazas solicitadas a los turnos pertinentes de las escuelas de verano.

Matrícula

Se abrirá un plazo de preinscripción que se hará público en su momento, ésta deberá darse publicidad como mínimo en la página web del Ayuntamiento y en el Tablón de anuncios de la Sede Electrónica de este Ayuntamiento. Las solicitudes de matrícula se acompañarán de la siguiente documentación: Hoja de inscripción; Recibo del ingreso efectuado conforme a las formas de pago previstas en la normativa vigente; Autorizaciones.

No se formalizará la matrícula en caso de que figuren pendiente de pago recibidos correspondientes a actividades anteriores.

Liquidación e ingreso

Las cuotas exigidas por este Precio Público se liquidarán en el momento de matrícula y asignación de las plazas.

Disposición transitoria

Las referencias al articulado de esta ordenanza deben entenderse sin perjuicio de que hayan podido ser modificadas por normativa posterior al momento que se ha aprobado.

Disposición final

Esta ordenanza entrará en vigor una vez que se publique su texto íntegro en el Boletín Oficial de las Illes Balears y transcurrido el plazo de quince días hábiles previsto en los artículos 103.1 y 113.1 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, continuando su vigencia hasta su modificación o derogación expresa.”

El concejal delegado de hacienda,

Sebastià Sureda Mas

DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE”

 

Campos, en la fecha de la firma electrónica (24 de maig de 2022)

La alcaldesa Francisca Porquer Manresa