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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Núm. 293151
Extracto de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para diseñar e implementar proyectos relacionados con la diversidad sexual y de género para erradicar la LGTBIfobia para el año 2022
Identificador BDNS: 625922
En conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de subvenciones para diseñar e implementar proyectos relacionados con la diversidad sexual y de género para erradicar la LGTBIfobia para el año 2022.
El texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index).
Primero
Entidades beneficiarias
Pueden solicitar las subvenciones que establece esta convocatoria las entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas y en activo radicadas en las Illes Balears que lleven a cabo actividades en materia de diversidad sexual y de género. Se entiende por radicadas en las Illes Balears que estén inscritas en el Registro de asociaciones o en el Registro de fundaciones de las Illes Balears o, en el supuesto de que estén inscritas en un registro de ámbito estatal, que dispongan de una sede o delegación permanente y activa en las Illes Balears. Se entiende para disponer de una delegación permanente y activa tener una sede social o una delegación con establecimiento permanente en las Illes Balears y disponer de un equipo de gestión o un órgano de trabajo con capacidad de decisión en las Illes Balears que pueda asumir la responsabilidad directa de los proyectos o las actuaciones para los cuales se solicita la subvención, así como estar en condiciones de facilitar en cualquier momento a la Dirección General de Coordinación, Relaciones con el Parlamento, Derechos y Diversidad, cualquier aclaración, información y documentación sobre la contabilidad y la gestión del proyecto durante las fases de seguimiento, ejecución y justificación.
Así mismo, pueden concurrir a las subvenciones de manera conjunta por un mismo proyecto dos o más entidades siempre que especifiquen claramente cuáles serán las funciones de cada una y cumplan los requisitos anteriores.
Pueden ser beneficiarias de las subvenciones las entidades que cumplan los requisitos del apartado 4.2 de la convocatoria.
Segundo
Objeto
El objeto de esta convocatoria es establecer las subvenciones para ejecutar proyectos relacionados con la diversidad sexual y de género para erradicar la LGTBIfobia.
El objeto de las ayudas son las estrategias, los instrumentos y los materiales que faciliten la incorporación de medidas de responsabilidad social de las empresas en políticas LGTBI; las actividades formativas en diversidad sexual y de género dirigidas a profesionales de cualquiera de los ámbitos sensibles que establece la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales, y para erradicar la LGTBIfobia, y las acciones de búsqueda y los estudios relacionados con las causas, las características y las dificultades de identificación de los problemas y las consecuencias de la LGTBIfobia como una manifestación más de las violencias machistas.
La finalidad o las finalidades de estas intervenciones pueden ser:
a) Desarrollar acciones de responsabilidad social en políticas LGTBI a efectos de evitar situaciones de rechazo y de discriminación de las personas por razón de su orientación sexual, identidad de género o expresión de género.
b) Mejorar la capacitación profesional en materia de diversidad sexual y de género del personal que actúa en ámbitos sensibles a efectos de proporcionarle herramientas para mejorar el buen trato en la intervención que se ofrece desde los servicios de atención en el territorio de las Islas Baleares a las personas LGTBIQ+.
c) Promover el conocimiento de las causas, las características y las dificultades de identificación de los problemas y las consecuencias de la LGTBIfobia, a efectos de disponer de datos sobre esta materia que ayuden a elaborar políticas públicas antidiscriminatorias en clave LGTBI en todo el territorio de las Illes Balears.
Tercero
Bases reguladoras
Esta convocatoria se rige por la Orden de la consejera de Presidencia de 24 de agosto de 2018 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de la Consejería de Presidencia (BOIB núm. 106, de 28 de agosto).
Cuarto
Cuantía
El importe máximo que se destina a esta convocatoria es de 80.000,00 € (ochenta mil euros), con cargo a la partida presupuestaria 11401 316A01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2022:
Modalidad A: 20.000 € (corresponde a las actuaciones susceptibles de ayuda del apartado 2.1.a ).
Modalidad B: 30.000 € (corresponde a las actuaciones susceptibles de ayuda del apartado 2.1.b).
Modalidad C: 30.000 € (corresponde a las actuaciones susceptibles de ayuda del apartado 2.1.c).
La determinación del importe de la subvención se establece en el apartado 12 de la convocatoria, de acuerdo con los criterios previstos en el apartado 11, que se detallan en el anexo 2 de la convocatoria.
Quinto
Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes y la documentación adjunta es de veinte días a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Los modelos para presentar la solicitud están disponibles en la Sede Electrónica de Gobierno de las Illes Balears (http://seuelectronica.caib.es) y en la página web de la Dirección general de Coordinación, Relaciones con el Parlamento, Derechos y Diversidad (http://dgcg.caib.es).
(Firmado electrónicament: 19 de mayo de 2022
La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad Mercedes Garrido Rodríguez)