Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE LLUBÍ
Núm. 292887
Oferta pública ocupación 2022
Por Decreto de Alcaldía número 2022/134 del Ayuntamiento de Llubí de fecha 23 de mayo de 2022, se aprobó la Oferta de Empleo Público para la estabilización de la ocupación temporal correspondientes a las plazas que a continuación se relacionan:
“Visto el acuerdo de Pleno de día 23 de mayo de 2022 de aprobación de estimación del recurso de reposición contra el acuerdo de Pleno de día 21 de marzo de 2022 de modificación de la plantilla de personal (publicada en el BOIB núm. 41 de día 24 de marzo de 2022).
De conformidad con lo que se ha fijado en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, RESUELVO:
PRIMERO. Aprobar la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal antes del 31 de mayo de 2022, con la siguiente relación de plazas:
PERSONAL FUNCIONARIO:
Grupo/Subgrupo |
Escala |
Subescala |
Vacantes |
Turno y forma de acceso |
---|---|---|---|---|
C2 |
Administración general |
Auxiliar administrativo |
3 |
Libre y concurso |
C2 |
Administración general |
Auxiliar administrativo |
1 |
Libre y concurso oposición |
PERSONAL LABORAL:
Grupo clasificación |
Categoría laboral |
Vacante |
Turno y forma de acceso |
---|---|---|---|
C2 |
Auxiliar biblioteca |
1 |
Libre y concurso |
C2 |
Limpiador/a |
3 |
Libre y concurso |
C2 |
Limpiador/a |
1 |
Libre y concurso |
C2 |
Peón Brigada |
1 |
Libre y concurso |
C2 |
Peón Brigada |
1 |
Libre y concurso |
SEGUNDO. Publicar antes del 31 de mayo de 2022 en la sede electrónica (https://llubisedelectronica.es), en el tablón de anuncios de la Corporación y en el BOIB.
TERCERO. La publicación de la convocatoria para la cobertura de las plazas incluidas en la oferta para la estabilización temporal deberá ser antes del 31 de diciembre de 2022 y su resolución antes del 31 de diciembre de 2024.
CUARTO. Certificar al Ministerio de Hacienda, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, el número de plazas ocupadas de forma temporal existente en cada uno de los ámbitos afectados
QUINTO. Proporcionar la información estadística correspondiente a los resultados del proceso de estabilización de empleo temporal a través del Sistema de Información Salarial del Personal de la Administración.”
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley reguladora de las bases de régimen local y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Llubí, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el alcalde, en el plazo de un mes a comprar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses , a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél se haya resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente su derecho.
Llubí, documento firmado electrónicamente (24 de mayo de 2022)
La alcaldesa Magdalena Perelló Frontera